Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 71

Fecha del Boletín 
24-03-2022

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220324-83

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VILLAR DEL OLMO

RÉGIMEN ECONÓMICO

83
Villar del Olmo. Régimen económico. Calendario fiscal

Por Decreto de Alcaldía (2022-0241), de 15 de marzo de 2022, se ha adoptado resolución por la que se modifica el período de pago voluntario de los siguientes tributos del municipio de Villar del Olmo, que estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento https://www.villardelolmo.es/ , en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 24 y 25 del Reglamento General de Recaudación aprobado por el Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, en los términos que se exponen a continuación:

Calendario fiscal 2022

— Impuestos sobre vehículos de tracción mecánica año 2022: del 1 de abril al 31 de mayo de 2022.

— Tasa de basura (2.o semestre 2021): del 1 de abril al 31 de mayo de 2022.

— Tasa paso carruajes año 2022: del 1 de abril al 31 de mayo de 2022.

— Impuesto de actividades económicas 2021: del 1 de abril al 31 de mayo de 2022.

Lugar de pago: en la oficina de Recaudación ubicada en las Dependencias Municipales, calle Pililla, número 2, en Villar del Olmo.

Medios de pago: de acuerdo con lo establecido en los artículos 23 a 31 del Reglamento General de Recaudación, en relación con los artículos 59 y 60 de la Ley General Tributaria, los medios de pago son: el dinero de curso legal o cheque conformado, nominativo a favor del Ayuntamiento.

El presente anuncio se complementa con el publicado en el mismo BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 13, de lunes 17 de enero de 2022, página 381, respetándose el calendario de pago de los restantes tributos.

Villar del Olmo, a 15 de marzo de 2022.—La alcaldesa-presidenta, Lucila Toledo Moreno.

(01/5.320/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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