Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 71

Fecha del Boletín 
24-03-2022

Sección 1.3.34.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220324-18

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE

18
ORDEN 330/2022, de 12 de marzo, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se revocan determinadas subvenciones concedidas mediante la Orden 1159/2021, de 5 de octubre, a los Ayuntamientos de municipios de la Comunidad de Madrid de 2.500 a 10.000 habitantes, para el mantenimiento y la mejora de las instalaciones deportivas municipales para el año 2021.

Mediante la Orden 172/2021, de 25 de marzo, del Consejero de Deportes, Transparencia y Portavoz del Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 13 de abril de 2021), se hace pública la convocatoria de subvenciones a Ayuntamientos de municipios de la Comunidad de Madrid de 2.500 a 10.000 habitantes, para el mantenimiento y mejora de las instalaciones deportivas municipales para el año 2021.

El artículo 10 del Decreto 42/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 21 de junio), atribuye las competencias en materia de deportes a la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte.

En virtud del Decreto 229/2021, de 13 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, atribuye a la Dirección General de Deportes en el artículo 13.f) la competencia para proponer la concesión de subvenciones a entidades públicas de la Comunidad de Madrid, en el ámbito material de competencias de la Dirección General.

Por Orden 1159/2021, de 5 de octubre, del Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, se conceden subvenciones a los Ayuntamientos de municipios de la Comunidad de Madrid de 2.500 a 10.000 habitantes, para el mantenimiento y la mejora de las instalaciones deportivas municipales para el año 2021, de acuerdo con la Orden 172/2021, de 25 de marzo, anteriormente citada.

El apartado undécimo, “Justificación del pago de la subvención”, de la citada Orden 172/2021, de 25 de marzo, establece los requisitos necesarios que han de cumplir los Ayuntamientos beneficiarios antes de proceder al pago de las cuantías concedidas.

El apartado quinto de la Orden 1389/2021, de 16 de noviembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias y se desconcentra el protectorado de Fundaciones, prevé la delegación en el titular de la Dirección General la revocación de subvenciones, en el caso de que el importe de las mismas no supere los 150.000 euros.

Por lo anterior, y en base a las competencias que tengo atribuidas y a lo dispuesto en la normativa citada,

DISPONGO

Primero

Revocar la subvención concedida de 11.400,00 euros al Ayuntamiento de Hoyo de Manzanares, por no presentar la documentación justificativa establecida en el apartado undécimo de la Orden 172/2021, de 25 de marzo.

Revocar la subvención concedida de 14.059,83 euros al Ayuntamiento de Los Molinos, por no presentar la documentación justificativa establecida en el apartado undécimo de la Orden 172/2021, de 25 de marzo.

Revocar la subvención concedida de 13.867,27 euros al Ayuntamiento de Moraleja de Enmedio, por no presentar la documentación justificativa establecida en el apartado undécimo de la Orden 172/2021, de 25 de marzo.

Revocar la subvención concedida de 12.900,00 euros al Ayuntamiento de Morata de Tajuña, por no presentar la documentación justificativa establecida en el apartado undécimo de la Orden 172/2021, de 25 de marzo.

Revocar la subvención concedida de 8.713,98 euros al Ayuntamiento de Navacerrada, por no presentar la documentación justificativa establecida en el apartado undécimo de la Orden 172/2021, de 25 de marzo.

Revocar la subvención concedida de 12.866,21 euros al Ayuntamiento de Nuevo Baztán, por no presentar la documentación justificativa establecida en el apartado undécimo de la Orden 172/2021, de 25 de marzo.

Revocar la subvención concedida de 11.400,00 euros al Ayuntamiento de San Martín de Valdeiglesias, por no presentar la documentación justificativa establecida en el apartado undécimo de la Orden 172/2021, de 25 de marzo.

Revocar la subvención concedida de 15.900,00 euros al Ayuntamiento de Los Santos de la Humosa, por no presentar la documentación justificativa establecida en el apartado undécimo de la Orden 172/2021, de 25 de marzo.

Revocar la subvención concedida de 12.900,00 euros al Ayuntamiento de Villa del Prado, por no presentar la documentación justificativa establecida en el apartado undécimo de la Orden 172/2021, de 25 de marzo.

Revocar la subvención concedida de 12.900,00 euros al Ayuntamiento de Villarejo de Salvanés, por no presentar la documentación justificativa establecida en el apartado undécimo de la Orden 172/2021, de 25 de marzo.

Segundo

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 53 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, podrá interponerse recurso de reposición ante el propio órgano que lo ha dictado, en el plazo de un mes desde el siguiente al de la publicación de esta Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses, sin perjuicio de cuantos otros recursos estime oportuno deducir.

Madrid, a 12 de marzo de 2022.—La Consejera de Cultura, Turismo y Deporte, P. D. C. (Orden 1389/2021, de 16 de noviembre; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 29 de noviembre de 2021), la Directora General de Deportes, Coral Astrid Bistuer Ruiz.

(03/5.414/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.34.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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