Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 71

Fecha del Boletín 
24-03-2022

Sección 1.3.34.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220324-17

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE

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ORDEN 324/2022, de 10 de marzo, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se revocan o minoran determinadas subvenciones concedidas mediante la Orden 1140/2021, de 27 de septiembre, a los Ayuntamientos de municipios de la Comunidad de Madrid de menos de 2.500 habitantes, para la mejora de la seguridad, accesibilidad y mantenimiento de las instalaciones deportivas municipales para el año 2021.

Mediante la Orden 171/2021, de 25 de marzo, del Consejero de Deportes, Transparencia y Portavoz del Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 13 de abril de 2021), se hace pública la convocatoria de subvenciones a Ayuntamientos de municipios de la Comunidad de Madrid de menos de 2.500 habitantes, para la mejora de la seguridad, accesibilidad y mantenimiento de las instalaciones deportivas municipales para el año 2021.

El artículo 10 del Decreto 42/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 21 de junio), atribuye las competencias en materia de deportes a la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte.

En virtud del Decreto 229/2021, de 13 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, atribuye a la Dirección General de Deportes, en el artículo 13.f), la competencia para proponer la concesión de subvenciones a entidades públicas de la Comunidad de Madrid, en el ámbito material de competencias de la Dirección General.

Por Orden 1140/2021, de 27 de septiembre, del Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, se conceden subvenciones a los Ayuntamientos de municipios de la Comunidad de Madrid de menos de 2.500 habitantes, para la mejora de la seguridad, accesibilidad y mantenimiento de las instalaciones deportivas municipales para el año 2021, de acuerdo con la Orden 171/2021, de 25 de marzo, anteriormente citada.

El apartado duodécimo “Justificación del pago de la subvención” de la citada Orden 171/2021, de 25 de marzo, establece los requisitos necesarios que han de cumplir los Ayuntamientos beneficiarios antes de proceder al pago de las cuantías concedidas.

El apartado quinto de la Orden 1389/2021, de 16 de noviembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias y se desconcentra el protectorado de Fundaciones, prevé la delegación en el titular de la Dirección General la revocación de subvenciones, en el caso de que el importe de las mismas no supere los 150.000 euros.

Por lo anterior, y en base a las competencias que tengo atribuidas y a lo dispuesto en la normativa citada,

DISPONGO

Primero

Revocar la subvención concedida de 9.393,71 euros al Ayuntamiento de Buitrago del Lozoya, por no presentar la documentación justificativa establecida en el apartado duodécimo de la Orden 171/2021, de 25 de marzo.

Revocar la subvención concedida de 9.445,26 euros al Ayuntamiento de Pozuelo del Rey, por no presentar la documentación justificativa establecida en el apartado duodécimo de la Orden 171/2021, de 25 de marzo.

Revocar la subvención concedida de 10.950,00 euros al Ayuntamiento de Prádena del Rincón, por no presentar la documentación justificativa establecida en el apartado duodécimo de la Orden 171/2021, de 25 de marzo.

Revocar la subvención concedida de 10.849,13 euros al Ayuntamiento de Robregordo, por no presentar la documentación justificativa establecida en el apartado duodécimo de la Orden 171/2021, de 25 de marzo.

Revocar la subvención concedida de 9.450,00 euros al Ayuntamiento de Santa María de la Alameda, por no presentar la documentación justificativa establecida en el apartado duodécimo de la Orden 171/2021, de 25 de marzo.

Revocar la subvención concedida de 7.277,77 euros al Ayuntamiento de Somosierra, por no presentar la documentación justificativa establecida en el apartado duodécimo de la Orden 171/2021, de 25 de marzo.

Revocar la subvención concedida de 10.200,00 euros al Ayuntamiento de Valdepiélagos, por no presentar la documentación justificativa establecida en el apartado duodécimo de la Orden 171/2021, de 25 de marzo.

Segundo

Minorar en 671,10 euros la subvención concedida al Ayuntamiento de Pinilla del Valle, por justificar válidamente un importe de 10.237,66 euros de los 10.908,76 euros concedidos.

Tercero

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 53 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, podrá interponerse recurso de reposición ante el propio órgano que lo ha dictado, en el plazo de un mes desde el siguiente al de la publicación de esta Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o directamente recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses, sin perjuicio de cuantos otros recursos estime oportuno deducir.

Madrid, a 10 de marzo de 2022.—La Consejera de Cultura, Turismo y Deporte, P. D. C. (Orden 1389/2021, de 16 de noviembre; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 29 de noviembre de 2021), la Directora General de Deportes, Coral Astrid Bistuer Ruiz.

(03/5.403/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.34.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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