Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 58

Fecha del Boletín 
09-03-2022

Sección 1.2.29.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220309-9

Páginas: 9


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO

9
ORDEN 348/2022, de 23 de febrero, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se procede a la ampliación del número de plazas correspondientes a las pruebas selectivas para el acceso a plazas de personal laboral de la categoría profesional de Personal Auxiliar de Servicios (Grupo V, Nivel 1, Área B) de la Comunidad de Madrid, convocadas mediante Orden 557/2021, de 8 de noviembre de 2021, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo.

Mediante Orden 557/2021, de 8 de noviembre de 2021, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 287, de 2 de diciembre), se convocaron pruebas selectivas para el acceso, a través del sistema general de acceso libre, a plazas de la categoría profesional de Personal Auxiliar de Servicios (Grupo V, Nivel 1, Área B) de la Comunidad de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en Decreto 144/2017, de 12 de diciembre, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2017 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 297, de 14 de diciembre) y en el Decreto 170/2018, de 18 de diciembre, del Consejo de Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 303, de 20 de diciembre), por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2018, corrección de errores (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 3, de 4 de enero de 2019).

Por otra parte, el Decreto 15/2019, de 26 de marzo, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2019 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 74, de 28 de marzo), incluye, en su anexo I, 193 plazas de personal laboral de la categoría profesional de Personal Auxiliar de Servicios (Grupo V, Nivel 1, Área B), de la Comunidad de Madrid.

En el artículo 6.2 del Decreto 15/2019, de 26 de marzo, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2019, establece que, por razones de eficacia y eficiencia en la gestión, podrán acumularse las plazas de convocatorias de procesos selectivos correspondientes a ofertas anteriores o que se aprueben con posterioridad.

En virtud de lo expuesto, esta Consejería, de conformidad con el referido Decreto de Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid, y en el ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 2.bis.9 del Decreto 74/1988, de 23 de junio (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 158, de 5 de julio), por el que se atribuyen competencias entre los Órganos de la Administración de la Comunidad, de sus Organismos Autónomos, Órganos de Gestión y Empresas Públicas en materia de personal, en relación con el Decreto 234/2021, de 10 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 270, de 12 de noviembre),

HA DISPUESTO

Primero

Plazas convocadas

1.1. Ampliar en 193 el número de plazas convocadas por la Orden 557/2021, de 8 de noviembre de 2021, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 287, de 2 de diciembre), una vez tomado en consideración lo dispuesto en el artículo 22.5 de la Ley 4/2021, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2022 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 310, de 29 de diciembre), siendo 552 el total de plazas objeto de la convocatoria para el turno de acceso libre.

Segundo

2.1. Habilitar un nuevo plazo de presentación de solicitudes para participar en el proceso selectivo de referencia de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión de la persona aspirante.

2.2. Las personas interesadas que, a la vista de esta ampliación de plazas, deseen participar en las citadas pruebas selectivas, deberán cumplimentar y presentar su solicitud de conformidad con lo dispuesto en la base tercera de esta Orden y, en lo que no resulte contradictorio, con la base tercera de la Orden 557/2021, de 8 de noviembre de 2021, la base octava de la Orden 913/2019, de 26 de marzo, por la que se aprueban las bases generales por las que se regirán las convocatorias de procesos selectivos de personal laboral de nuevo ingreso al servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 79, de 3 de abril) y en las instrucciones de cumplimentación de la solicitud que se contemplan en el anexo de la presente Orden.

2.3. No será necesario que presenten nueva solicitud de participación en estas pruebas selectivas aquellos aspirantes que, en la forma y en el plazo establecido en la Orden 557/2021, de 8 de noviembre, ya hayan presentado la correspondiente solicitud de inscripción.

Tercero

Modificar el anexo de la Orden 557/2021, de 8 de noviembre, relativa al temario sobre el que versarán las pruebas selectivas, que será sustituido por el anexo que se acompaña a la presente orden que será sobre el que versará el examen.

Cuarto

Recursos

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer con carácter potestativo recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ambos plazos contados a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, significándose que en caso de interponer recurso de reposición no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto.

Dado en Madrid, a 23 febrero de 2022.—El Viceconsejero de Hacienda, por delegación del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo (Orden de 3 de diciembre de 2021, BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 21 de diciembre), José Ramón Menéndez Aquino.













(01/4.337/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.29.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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