Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 58

Fecha del Boletín 
09-03-2022

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220309-82

Páginas: 3


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VILLA DEL PRADO

RÉGIMEN ECONÓMICO

82
Villa del Prado. Régimen económico. Prescripción de obligaciones

Por acuerdo de pleno ordinario del Ayuntamiento de Villa del Prado del día 2 de febrero de 2022, se aprobó el expediente instruido para la prescripción de obligaciones y órdenes de pago.

Habiéndose instruido por los servicios competentes de este Ayuntamiento, expediente de prescripción de obligaciones que se detallan a continuación, se convoca, por plazo de veinte días (artículo 82 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas), trámite de audiencia trámite y, en su caso, de información pública, a fin de que quienes pudieran tenerse por interesados en dicho expediente, puedan compadecer y formular cuantas alegaciones, sugerencias o reclamaciones tengan por conveniente.

Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento (dirección https://sede.villadelprado.es).

Relación de titulares de créditos que figuran en el expediente y que pueden verse afectados por el mismo:



El presente anuncio servirá de notificación a los interesados, en caso de que no pueda efectuarse la notificación personal del otorgamiento del trámite de audiencia.

Lo mando y firmo.

En Villa del Prado, a 8 de febrero de 2022.—El alcalde, Hector Ortega Otero.

(02/3.513/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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