Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 32

Fecha del Boletín 
08-02-2022

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220208-52

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ARGANDA DEL REY

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

52
Arganda del Rey. Organización y funcionamiento. Delegación funciones

Se hace público el siguiente Decreto del alcalde-presidente del Ayuntamiento de Arganda del Rey:

“Decreto de Alcaldía número 2022000310, de fecha 21 de enero de 2022

Visto que con fecha 17 de junio de 2019, mediante Decreto número 2019003008, esta Alcaldía nombró concejala-delegada de Deporte y Actividades Saludables a doña Alicia Amieba Campos, el ejercicio de las siguientes atribuciones:

1. Planificación, construcción, conservación y mantenimiento de instalaciones deportivas así como la organización de los servicios de las Escuelas Deportivas Municipales.

2. Dirección, ordenación, gestión e inspección de los Servicios Deportivos municipales, así como la elaboración, aprobación y gestión de programas y actuaciones en materia de Deporte.

3. Promoción, fomento y difusión del deporte y de actividades saludables, que incluirá la organización y celebración de campeonatos, olimpiadas escolares, etc.

4. La cooperación con otras administraciones públicas, entidades de derecho público, entidades de derecho privado y particulares que tengan como fin la ejecución de las competencias que son objeto de delegación, incluyendo la aprobación de la celebración de convenios.

5. La sanción de las faltas de desobediencia a la autoridad o por infracción de ordenanzas municipales en aquellas materias relacionadas con las competencias atribuidas en este Decreto.

6. La publicación, ejecución y cumplimiento de los acuerdos del Ayuntamiento en aquellas materias relacionadas con las competencias atribuidas a la citada Concejalía.

7. La adopción de medidas provisionales que, según la Legislación de Procedimiento Administrativo Común puedan adoptarse en el ejercicio de las competencias delegadas.

8. La concesión y aprobación de subvenciones, ayudas, becas y premios otorgados por parte del Ayuntamiento a favor de particulares, entidades privadas o públicas o a otras administraciones o entes públicos, que correspondan a su concejalía, y justificación de las concedidas al Ayuntamiento.

9. La propuesta para la aprobación de gastos como órgano gestor correspondientes a los contratos menores y a los procedimientos recogidos en el artículo 159.6 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público que afecten a los servicios propios de esta concejalía. La adopción de acuerdos respecto a los procedimientos negociados de contratación y a los procedimientos recogidos en el artículo 159.6 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público en materias que afecten a las delegaciones efectuadas.

10. La publicación, ejecución y cumplimiento de los acuerdos del Ayuntamiento en aquellas materias relacionadas con las competencias atribuidas a la citada Concejalía.

11. La adopción de medidas provisionales que, según la Legislación de Procedimiento Administrativo Común puedan adoptarse en el ejercicio de las competencias delegadas.

12. La concesión y aprobación de subvenciones, ayudas, becas y premios otorgados por parte del Ayuntamiento a favor de particulares, entidades privadas o públicas o a otras administraciones o entes públicos, que correspondan a su concejalía, y justificación de las concedidas al Ayuntamiento.

Visto que dicha delegación comprende las facultades de dirección y de gestión, así como la de resolver los procedimientos administrativos oportunos mediante la adopción de actos administrativos que afecten a terceros.

Atendiendo a que por razones de enfermedad de la concejala-delegada, que impide el normal desarrollo de la ejecución de las funciones atribuidas, es conveniente avocar el ejercicio de todas las competencias delegadas, por los motivos expuestos hasta que dicha concejala pueda retomar sus funciones con normalidad una vez recuperada de la enfermedad que se lo impide.

Por todo ello, en virtud de lo dispuesto en los artículos 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de acuerdo con los artículos 43, 44, 45, 114 a 118, 120 y 121 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre,

DISPONGO

Primero.—Avocar todas las competencias delegadas por Decreto de la Alcaldía número 2019003008, de 17 de junio de 2019, en la concejala-delegada de Deporte y Actividades Saludables, doña Alicia Amieba Campos, de nuevo en la Alcaldía Presidencia de la Corporación como órgano que fue el delegante de la misma, para el ejercicio de todas las atribuciones que sean necesarias, durante el período en el que perdure el impedimento de la concejala-delegada, que ostenta las mismas, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y 116 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2868/1986, de 28 de noviembre.

Segundo.—Remitir anuncio del presente Decreto al BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sin perjuicio de la efectividad de la avocación a partir del día siguiente al de la firma del presente Decreto.

Tercero.—Notificar la presente Resolución a todas las áreas municipales que sean afectadas por este Decreto, de conformidad con lo establecido en el artículo 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Cuarto.—Dar cuenta de la presente Resolución al Pleno del Ayuntamiento a efectos de que quede enterado de su contenido, de conformidad con lo establecido en el artículo 44.4 en relación con el 38.d) del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales”.

Arganda del Rey, a 25 de enero de 2022.—El alcalde-presidente, Guillermo Hita Téllez.

(03/1.694/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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