Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 26

Fecha del Boletín 
01-02-2022

Sección 1.3.34.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220201-15

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE

15
ORDEN 74/2022, de 25 de enero, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se corrigen errores aritméticos en la Orden 1747/2021, de 29 de diciembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se establecen las bases reguladoras que han de regir la convocatoria pública para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a la financiación de proyectos de inversión en infraestructuras escénicas y musicales con cargo al “Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (financiado por la Unión Europea) Nextgeneration EU” y se efectúa la convocatoria del año 2021.

Con fecha 30 de diciembre de 2021, se publicó en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID la Orden 1747/2021, de 29 de diciembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se establecen las bases reguladoras que han de regir la convocatoria pública para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a la financiación de proyectos de inversión en infraestructuras escénicas y musicales con cargo al “Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (financiado por la Unión Europea) Nextgeneration EU” y se efectúa la convocatoria correspondiente al año 2021, que se resolverá en el primer semestre de 2022.

Advertidos errores aritméticos en los apartados a) y b) del artículo 12 del citado texto, y de conformidad con el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común, es necesario proceder a su subsanación.

Por lo anteriormente expuesto,

DISPONGO

Uno

Subsanar los errores aritméticos advertidos en los citados apartados en los términos que se indican a continuación.

Donde dice:

“Artículo 12

Criterios de valoración

Serán criterios de valoración para la concesión de estas ayudas:

a) Interés cultural e implantación territorial en la Comunidad de Madrid de la actividad del espacio para el que se solicita ayuda: hasta 35 puntos.

i. Trayectoria de los solicitantes teniendo en cuenta las actividades realizadas en los dos últimos años, hasta 15 puntos.

ii. Implicación e impacto cultural de las actividades desarrolladas por el espacio cultural en la región, hasta 15 puntos.

b) Viabilidad económica del proyecto: hasta 35 puntos.

i. Adecuación del proyecto y de las inversiones respecto a las finalidades previstas en la convocatoria, hasta 7 puntos.

ii. Impacto del proyecto y las inversiones para la modernización digital, la transición verde, y la transformación del espacio escénico y o musical impulsen una gestión sostenible, hasta 7 puntos.

iii. Plan de financiación y esfuerzo inversor del solicitante, hasta 16 puntos”.

Debe decir:

“Artículo 12

Criterios de valoración

Serán criterios de valoración para la concesión de estas ayudas:

a) Interés cultural e implantación territorial en la Comunidad de Madrid de la actividad del espacio para el que se solicita ayuda: hasta 35 puntos.

i. Trayectoria de los solicitantes teniendo en cuenta las actividades realizadas en los dos últimos años, hasta 20 puntos.

ii. Implicación e impacto cultural de las actividades desarrolladas por el espacio cultural en la región, hasta 15 puntos.

b) Viabilidad económica del proyecto: hasta 35 puntos.

i. Adecuación del proyecto y de las inversiones respecto a las finalidades previstas en la convocatoria, hasta 12 puntos.

ii. Impacto del proyecto y las inversiones para la modernización digital, la transición verde, y la transformación del espacio escénico y o musical impulsen una gestión sostenible, hasta 7 puntos.

iii. Plan de financiación y esfuerzo inversor del solicitante, hasta 16 puntos”.

Dos

Entrada en vigor

La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 25 de enero de 2022.

La Consejera de Cultura, Turismo y Deporte, MARTA RIVERA DE LA CRUZ

(03/1.606/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.34.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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