Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 23

Fecha del Boletín 
28-01-2022

Sección 1.2.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220128-15

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL

15
ORDEN 43/2022, de 17 de enero, de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, por la que se resuelve la convocatoria aprobada por Orden 1170/2021, de 8 de julio (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 21 de julio de 2021), Consejería de Familia, Juventud y Política Social, para la provisión por el sistema de selección objetiva de dos puestos de carrera de naturaleza laboral.

Mediante Orden 1170/2021, de 8 de julio (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 21 de julio de 2021), de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, se aprobó convocatoria pública para la provisión por el sistema de selección objetiva de los puestos de carrera de naturaleza laboral de “Jefe de Servicio de Centros Específicos” (NPT: 22160) y “Jefe de Servicio de Centros” (NPT: 48911).

De conformidad con lo establecido en la base octava de la citada Orden, concluido el proceso de selección, la Comisión de Valoración elevará su propuesta para cada una de las plazas con el candidato que, cumpliendo los requisitos exigidos, haya obtenido la mayor puntuación en el proceso de valoración de méritos. La propuesta de la Comisión de Valoración tendrá carácter vinculante y se procederá a la adjudicación mediante Orden de Consejería de Familia, Juventud y Política Social que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID,

RESUELVO

Primero

Adjudicar el puesto “Jefe de Servicio de Centros Específicos (NPT: 22160) a doña Consuelo Barbadillo Esteban, con DNI **2522***, y el puesto de “Jefe de Servicio de Centros” (NPT: 48911) a don Francisco Javier Suárez Pose, con DNI **8129***.

Segundo

1. La presente Resolución tendrá efectos desde el día siguiente de su publicación, debiéndose producir la incorporación dentro de los tres días hábiles siguientes a la misma en su centro directivo de destino y, en su caso, el cese de los trabajadores adscritos con carácter provisional a los mismos. Igualmente deberá formalizarse en el contrato de trabajo de los seleccionados la oportuna diligencia del consentimiento respecto de las nuevas condiciones laborales. En cuanto al régimen de remoción del puesto, de dedicación y de retribuciones se estará a las prescripciones contenidas en el Convenio Colectivo.

2. Si el día de la publicación alguno de los adjudicatarios se encuentra disfrutando de permisos o licencias que, en su caso, les hayan sido concedidos o en situación de incapacidad temporal, el cómputo para la incorporación se iniciara el día siguiente al de la finalización de los permisos o licencias o al día siguiente a aquel en el que se produzca el alta médica.

Tercero

Contra la presente Orden cabe la interposición de demanda, en el plazo de dos meses, ante el Juzgado de lo social de Madrid, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10.4.a) en relación con el artículo 6.2.b) de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social, y en el artículo 69 de la mencionada Ley, en la redacción dada por la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Madrid, a 17 de enero de 2022.—La Consejera de Familia, Juventud y Política Social, P. D. (Orden 1558/2021, de 28 de septiembre), la Secretaria General Técnica, Lubima Jivkova Kosseva.

(03/1.059/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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