Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 17

Fecha del Boletín 
21-01-2022

Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220121-61

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE FRESNEDILLAS DE LA OLIVA

RÉGIMEN ECONÓMICO

61
Fresnedillas de la Oliva. Régimen económico. Presupuesto general

Aprobado definitivamente el presupuesto general del Ayuntamiento para el 2022, y comprensivo aquel del presupuesto general de este Ayuntamiento, bases de ejecución, plantilla de personal funcionario y laboral, de conformidad con el artículo 169 del texto refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y el artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se publica el resumen del mismo por capítulos:

Plantilla de personal

1) Funcionarios:

a) Administración General:

— Secretaría-Intervención: 1 plaza, grupo A1.

b) Administración Especial:

— Policía Local: Agente: 4 plazas, Grupo C1.

2) Personal laboral fijo:

— AEDL: 1 plaza.

— Auxiliar Administrativo 1 plaza.

— Informadora Turismo: 1 plaza.

3) Personal Laboral Indefinido:

c) Administración General:

— Arquitecto: 1 plaza (tiempo parcial).

— Auxiliar Administrativo: 3 plazas.

— Ayudante Tareas Hogar Jubilado: 1 plaza (tiempo parcial).

— Educadores Educación Infantil: 2 plazas.

d) Administración Especial:

— Operario Servicios Múltiples: 1 plaza.

— Barrendero Asimilado: 1 plaza.

Dicha aprobación podrá ser impugnada ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, con los requisitos, formalidades y causas señaladas en el artículo 170 y 171 del texto refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y en la forma y plazos que establecen las normas de dicha Jurisdicción.

Fresnedillas de la Oliva, a 7 de enero de 2022.—El alcalde-presidente, José Damián de la Peña Alonso.

(03/395/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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