Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 17

Fecha del Boletín 
21-01-2022

Sección 1.3.34.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220121-17

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE

17
ORDEN 35/2022, de 12 de enero, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se revocan subvenciones concedidas en virtud de la Orden 1400/2021, de 1 de diciembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte por la que se conceden subvenciones destinadas a Asociaciones Deportivas Madrileñas, excepto Federaciones Deportivas, para la participación en competiciones deportivas oficiales para el año 2021.

Mediante Orden 602/2018, de 28 de mayo, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes, se establecen las bases reguladoras de subvenciones destinadas a Asociaciones Deportivas Madrileñas, excepto Federaciones Deportivas, para la participación en competiciones deportivas oficiales.

Por Orden 718/2021, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, se aprueba la convocatoria para el año 2021 de subvenciones destinadas a Asociaciones Deportivas Madrileñas, excepto Federaciones Deportivas, para la participación en competiciones deportivas oficiales.

El artículo 10 del Decreto 42/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, atribuye las competencias en materia de deportes a la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte. En virtud de lo establecido en el artículo 9.3 del Decreto 88/2021, de 30 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, se crea la Dirección General de Deportes, que asume las competencias de las extintas Dirección General de Planificación, Coordinación, Investigación y Formación de la Actividad Física y Deporte y Dirección General de Infraestructuras y Programas de Actividad Física y Deporte.

Por Orden 1400/2021, de 1 de diciembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte se conceden subvenciones destinadas a Asociaciones Deportivas Madrileñas, excepto Federaciones Deportivas, para la participación en competiciones deportivas oficiales para el año 2021.

Con posterioridad a la concesión, ha habido tres entidades que no han justificado la ayuda concedida en la forma prevista en el artículo 9.2 de la Orden 602/2018 y el dispongo 8.2 de la Orden 718/2021, debido a que, desde la concesión de la subvención, el beneficiario no se ha mantenido de alta en la federación y/o no sigue participando en competición federada en alguna de las competiciones a las que se refiere el apartado primero de la citada Orden 718/2021.

El dispongo quinto de la Orden 1389/2021, de 16 de noviembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias, la firma de convenios y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones, prevé la delegación en el titular de cada Dirección General la revocación de subvenciones, en el caso de que el importe de las mismas no supere los 150.000 euros.

Por lo anterior, y en base a las competencias que tengo atribuidas y a lo dispuesto en la normativa citada,

DISPONGO

Primero

Revocar las ayudas concedidas por Orden 1400/2021, de 1 de diciembre, con cargo al subconcepto 48099 del programa 336A del Presupuesto de Gastos de la Comunidad de Madrid para el año 2019, prorrogado hasta la entrada en vigor de los Presupuestos Generales para el año 2021 mediante Decreto 122/2020, de 29 de diciembre, del Consejo de Gobierno, al no cumplir los requisitos establecidos para la justificación de la ayuda, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 9.4 y 10.1 de la Orden 602/2018, de 28 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras y el dispongo 8.4 de la Orden 718/2021, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para el año 2021, a las siguientes Asociaciones Deportivas Madrileñas:

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de reposición ante el propio órgano que lo ha dictado en el plazo de un mes, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, contados en ambos casos desde el día siguiente al de su publicación, sin perjuicio de cuantos otros recursos estime oportuno interponer.

Madrid, a 12 de enero de 2022.—La Consejera de Cultura, Turismo y Deporte, P. D. (Orden 1389/2021, de 16 de noviembre), la Directora General de Deportes, Coral Astrid Bistuer Ruiz.

(03/810/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.34.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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