Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 15

Fecha del Boletín 
19-01-2022

Sección 1.4.27.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220119-11

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDADES, CIENCIA Y PORTAVOCÍA

11
ADENDA de 14 de diciembre de 2021, para la prórroga del convenio interadministrativo entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Alcobendas, para el sostenimiento del Centro de Educación de Personas Adultas “Universidad Popular Miguel Delibes”.

De una parte, D. José María Rodríguez Jiménez, Director General de Educación Secundaria, Formación Profesional y Régimen Especial de la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía de la Comunidad de Madrid.

De otra parte, D. Aitor Retolaza Izpizua, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Alcobendas.

INTERVIENEN

El primero, en nombre y representación de la Comunidad de Madrid, actuando por delegación del Consejero de Educación, Universidades, Ciencia y Portavoz del Gobierno, en virtud de la Orden 11634/2012 de 27 de noviembre, por la que se desconcentran y delegan determinadas competencias en los titulares de diferentes Centros Directivos de la citada Consejería.

El segundo, en nombre y representación del Ayuntamiento de Alcobendas, de conformidad con lo previsto en el artículo 124.4.a) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en uso de las atribuciones que le otorga el artículo 30.1.a) de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid en orden a la formalización de convenios y contratos en que sea parte el Ayuntamiento.

En virtud de la capacidad jurídica necesaria que tienen y acreditan para formalizar la presente Adenda de prórroga:

EXPONEN

1. Que con fecha 9 de junio de 2021 se suscribió el Convenio interadministrativo entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Alcobendas para el sostenimiento del Centro de Educación de Personas Adultas “Universidad Popular Miguel Delibes” para el año 2021.

2. Que la cláusula octava del mismo establece que, con el acuerdo de ambas partes, podrá ser objeto de prórroga en los términos del art. 49.h de la ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

3. Que ambas partes desean seguir manteniendo durante el ejercicio 2022 la colaboración para el sostenimiento del Centro de Educación de Personas Adultas “Universidad Popular Miguel Delibes”.

Por ello, y en virtud de todo lo expuesto, ambas partes acuerdan la formalización de la prórroga del convenio mencionada, conforme a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera

Prórroga

De conformidad con lo dispuesto en la cláusula octava del convenio suscrito el 9 de junio de 2021, y dado que no se ha producido por ninguna de las partes denuncia expresa, se prorroga el mencionado convenio durante el período comprendido entre el 1 de enero de 2022 y el 31 de diciembre de 2022.

Segunda

Compromisos

A fin de dar continuidad a la colaboración entre ambas instituciones para el sostenimiento del Centro de Educación de Personas Adultas “Universidad Popular Miguel Delibes”, se mantienen los compromisos de la Comunidad de Madrid y del Ayuntamiento de Alcobendas, expresados en las cláusulas segunda y tercera del convenio, con las siguientes especificaciones económicas:

a) La Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía contribuirá a sufragar los gastos de sostenimiento de este centro de educación de personas adultas, siempre que exista crédito adecuado y suficiente, con la aportación de cincuenta y ocho mil quinientos setenta y cinco euros (58.575,00 euros) mientras que el Ayuntamiento de Alcobendas atenderá el resto de los gastos hasta la totalidad.

b) La citada aportación se financiará con cargo al Subconcepto 22801 “Convenios con Corporaciones Locales” del Programa 322B “Educación Secundaria y Formación Profesional” del Presupuesto de Gastos del año 2022. Esta financiación se hará efectiva mediante dos libramientos en los meses de julio y diciembre.

Tercera

Restricciones

Se mantienen las restricciones recogidas en la cláusula cuarta del texto del convenio que se prorroga mediante la presente Adenda.

Cuarta

Libramientos económicos

La aportación de la Comunidad de Madrid se llevará a cabo previa presentación por parte del Ayuntamiento de Alcobendas de la siguiente documentación:

— Primer libramiento: El primer libramiento coincidirá con el importe del certificado justificativo del gasto realizado hasta el 31 de julio de 2022, aportando la siguiente documentación:

• Certificado justificativo firmado por el Interventor del Ayuntamiento de Alcobendas, del gasto realizado desde la fecha de la firma del convenio hasta el 31 de julio de 2022. Dicho certificado reflejará que la aportación de la Comunidad de Madrid en relación al presente convenio se ha registrado en los Presupuestos Generales de ese Ayuntamiento aplicándose a los fines establecidos en la previsión de gasto en materia de personal desglosado en gastos de personal y gastos de seguridad social, presentado por el Ayuntamiento a la firma del presente convenio.

• Acta de la Comisión de Seguimiento de cumplimiento del Convenio.

— Segundo libramiento: antes del 10 de diciembre de 2022:

• Certificado justificativo firmado por el Interventor del Ayuntamiento de Alcobendas, del gasto realizado desde el 31 de julio de 2022 hasta la fecha de emisión del mismo. El contenido del certificado se ajustará a los términos exigidos en el primer libramiento.

• Acta de la Comisión de Seguimiento de cumplimiento del Convenio.

El segundo libramiento se realizará por la diferencia entre el importe consignado en el convenio como aportación de la Comunidad de Madrid y la cantidad abonada en el primer libramiento, siempre que los gastos realizados por dicho Ayuntamiento cubran el compromiso de gasto.

Y para que así conste, en prueba de conformidad, las partes firman el presente documento.

Madrid, a 14 de diciembre de 2021.—El Director General de Educación Secundaria, Formación Profesional y Régimen Especial (Por delegación, Orden 11634/2012, de 27 de noviembre, por la que se desconcentran y delegan determinadas competencias en los titulares de diferentes Centros Directivos de la citada Consejería, en la redacción dada por la Orden 1320/2020, de 22 de junio, del Consejero de Educación y Juventud, de modificación), José María Rodríguez Jiménez.—El Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Alcobendas, Aitor Retolaza Izpuzua.

(03/35.358/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.27.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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