Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 7

Fecha del Boletín 
10-01-2022

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220110-62

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

Distrito de Tetuán

62
Madrid. Régimen económico. Distrito de Tetuán. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto del Decreto de 27 de diciembre de 2021, del Distrito de Tetuán del Ayuntamiento de Madrid, por el que se que se aprueban las bases del IX Certamen Coreográfico del Distrito de Tetuán.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

BDNS (Identif.): 603592

Primero. Participantes.—Podrán presentarse al certamen, en cualquiera de las modalidades, los/as coreógrafos/as e intérpretes profesionales residentes en España o en el extranjero.

Segundo. Objeto.—La convocatoria de este certamen tiene una doble finalidad: promocionar e incentivar la creación artística, la investigación y la innovación en el ámbito de la danza, y crear una plataforma de exhibición y promoción, tan necesaria para los creadores y bailarines, que los acerque al público y dé a conocer su trabajo.

Tercero. Bases reguladoras.—Disposición adicional primera de la ordenanza de bases reguladoras generales para la concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus organismos públicos, de 30 de octubre de 2013, modificada por el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Madrid, de 31 de mayo de 2017; en su defecto, se regularán por lo dispuesto en la citada ordenanza, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y su reglamento, salvo en aquellos aspectos en los que por la especial naturaleza de estas subvenciones no resulte aplicable.

Cuarto. Cuantía.—El importe total destinado a esta convocatoria asciende a 7.000 euros (siete mil euros), repartidos como sigue:

— Premio a la mejor coreografía de danza contemporánea: un premio en metálico de 2.000 euros.

— Premio a la mejor coreografía de danza española o flamenco: un premio en metálico de 2.000 euros.

— Premio a la mejor coreografía de danza en espacios urbanos abiertos: un premio en metálico de 1.000 euros.

— Premio al mejor bailarín/a de danza contemporánea: un premio en metálico de 1.000 euros.

— Premio al mejor bailarín/a de danza española o flamenco: un premio en metálico de 1.000 euros.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo de presentación de las solicitudes comenzará al día siguiente de la publicación de la presente convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y finalizará el 20 de febrero de 2022, incluido.

Sexto. Otros datos.—Además se otorgarán los siguientes premios (sin cuantía en metálico):

— Premio Centro Cultural “Eduardo Úrculo”: residencia artística, consistente en la cesión de un espacio en este Centro, con una duración máxima de tres meses, para desarrollar una propuesta coreográfica que se presentará al público dentro de la programación del Centro. Premio concedido por la concejala-presidenta del Distrito de Tetuán.

— Premio Compañía Residente: dos premios concedidos por la compañía “Daniel Doña”, residente en el Centro Cultural Eduardo Úrculo, y consistentes en dos residencias artísticas (cesión de uso del aula número 3 del Centro que ocupa don Daniel Doña), a dos coreógrafos de danza contemporánea, danza española o flamenco, durante el año 2022, que presentarán el resultado del trabajo dentro de la programación del Centro.

— Premio del Público del Distrito de Tetuán: el público concederá este premio honorífico, a una de entre todas las coreografías participantes.

De todos estos premios no se derivará ningún tipo de coste para la Junta Municipal de Tetuán, ya sea dinerario o en especie.

A estos premios se podrán sumar otros, otorgados a los participantes por aquellos estudios o academias de danza que colaboren en el certamen formando parte del jurado, y que en ningún caso supondrán un coste económico, dinerario o en especie para la Junta Municipal de Tetuán.

El fallo del jurado, que será inapelable, se emitirá el día de la Final del Certamen (3 de abril de 2022).

El jurado tendrá capacidad de dejar desiertos los premios, dejando constancia en acta de las razones por las que ningún trabajo reúna las condiciones necesarias.

Las decisiones del jurado constarán en acta. El jurado es el responsable de la interpretación de las presentes bases, así como de la resolución de cualquier incidencia no prevista en las mismas.

Asimismo, el Distrito de Tetuán se reserva el derecho de hacer las modificaciones o tomar las iniciativas no reguladas en las presentes bases, siempre que contribuyan al mayor éxito del certamen.

Madrid, a 27 de diciembre de 2021.—La concejala-presidenta del Distrito de Tetuán, Blanca Pinedo Texidor.

(03/35.580/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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