Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 7

Fecha del Boletín 
10-01-2022

Sección 1.3.27.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220110-19

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDADES, CIENCIA Y PORTAVOCÍA

19
ORDEN 3729/2021, de 20 de diciembre, por la que se modifica la Orden 3613/2021, de 13 de diciembre, del Consejero de Educación, Universidades, Ciencia y Portavoz del Gobierno, por la que se aprueba el plan estratégico para la concesión directa de subvenciones a las seis universidades públicas de la Comunidad de Madrid, destinadas a la compensación de las cantidades dejadas de percibir por aplicación a los estudiantes de las becas ministeriales de matrícula y de las bonificaciones y exenciones en el pago de los precios públicos universitarios en el curso 2020-2021.

El artículo 8.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y el artículo 4 bis) de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, disponen que los órganos de las Administraciones públicas o cualesquiera entes que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un plan estratégico de subvenciones los aspectos esenciales de la actividad a realizar.

Mediante Orden 3613/2021, de 13 de diciembre, se ha aprobado el plan estratégico para la concesión directa de subvenciones a las seis universidades públicas de la Comunidad de Madrid, destinadas a la compensación de las cantidades dejadas de percibir por aplicación a los estudiantes de las becas ministeriales de matrícula y de las bonificaciones y exenciones en el pago de los precios públicos universitarios en el curso 2020-2021.

El importe de la subvención a conceder a cada universidad pública es el correspondiente al cálculo realizado teniendo en cuenta las cantidades dejadas de percibir en el curso 2020-2021. Dicho cálculo se fundamenta en las certificaciones y los listados nominativos de cada universidad pública.

Cambios sobrevenidos en la documentación aportada por las universidades motivan la necesidad de modificar el apartado 3 “Costes de realización” del plan estratégico aprobado por la Orden 3613/2021, de 13 de diciembre, para actualizar el importe de la subvención que corresponde abonar.

Por cuanto antecede, en virtud de las competencias que me confieren el artículo 41.l) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y el Decreto 236/2021, de 17 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía,

DISPONGO

Modificar el apartado 3 del anexo de la Orden 3613/2021, de 13 de diciembre, por la que se aprueba el plan estratégico para la concesión directa de subvenciones a las seis universidades públicas de la Comunidad de Madrid, destinadas a la compensación de las cantidades dejadas de percibir por aplicación a los estudiantes de las becas ministeriales de matrícula y de las bonificaciones y exenciones en el pago de los precios públicos universitarios en el curso 2020-2021, que queda redactado en los siguientes términos:

3. Costes de realización.

El importe de la subvención a conceder a cada universidad pública es el correspondiente al cálculo realizado teniendo en cuenta las cantidades dejadas de percibir en el curso 2020-2021.

Dicho cálculo se fundamenta en las certificaciones y los listados nominativos de cada universidad pública relativos a los estudiantes que se han beneficiado en dicho curso de reducciones en los precios de matrícula; de exenciones y bonificaciones derivadas de los conceptos de víctimas de actos terroristas, Premio extraordinario de Bachillerato, discapacidad, matrícula de honor en COU/2.oLOGSE, familia numerosa de primera y segunda categoría; así como de los precios de matrícula correspondientes a la convocatoria publicada por el Ministerio de Educación y Formación Profesional para el curso 2020-2021.

El importe total de las subvenciones a conceder asciende a 41.626.291,89 euros, con el siguiente desglose por universidades:

El Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, autorizará el gasto destinado a las subvenciones, con carácter previo a su concesión mediante orden del Consejero de Educación, Universidades, Ciencia y Portavoz del Gobierno, que será notificada a cada universidad pública.

La concesión y el pago de las subvenciones se llevará a cabo en el año 2021.

Madrid, a 20 de diciembre de 2021.

El Consejero de Educación, Universidades, Ciencia y Portavoz del Gobierno, ENRIQUE OSSORIO CRESPO

(03/35.054/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.27.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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