Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 5

Fecha del Boletín 
07-01-2022

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220107-43

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE BOADILLA DEL MONTE

OFERTAS DE EMPLEO

43
Boadilla del Monte. Ofertas de empleo. Proceso selectivo

De conformidad con lo establecido en el apartado 5.o de las Bases Generales de Selección del Personal Funcionario del Ayuntamiento de Boadilla del Monte (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 142, de 15 de junio de 2018), así como en la base 4.1.a de las específicas que rigen la convocatoria, se hace público, mediante su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, Decreto del segundo teniente de alcalde-delegado de Presidencia, Relaciones Institucionales, Coordinación, Comunicación, Personal, Régimen Interior, Patrimonio y Compras número 6343/2021, de 23 de diciembre, cuya parte dispositiva resulta del siguiente tenor:

“1.o Aprobar la relación provisional completa de personas aspirantes admitidas y excluidas en el Concurso General de Méritos número FG/02/2021 convocado para la provisión, con carácter definitivo, del puesto de Técnico de Gestión-Coordinación de Personal, perteneciente a una plaza encuadrada en la Escala de Administración General, Subescala Técnica, Clase Media, Grupo A, Subgrupo A2, Nivel de Complemento de Destino 26, del Ayuntamiento de Boadilla del Monte.

2.o Disponer la publicación de la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con indicación exclusivamente de las personas aspirantes excluidas así como las causas que motivaron su exclusión, estableciendo el Tablón de Edictos y Anuncios Digital del Ayuntamiento de Boadilla del Monte como lugar donde se expondrán las relaciones provisionales certificadas y completas de las personas aspirantes admitidas y excluidas, todo ello de conformidad con lo dispuesto en la base específica 4.1.a.

3.o Las personas aspirantes excluidas expresamente, así como las que no figuren en la relación provisional de admitidas ni en la de excluidas, dispondrán de un plazo único e improrrogable de diez días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a fin de subsanar el defecto que haya motivado su exclusión o su no inclusión expresa. Asimismo, aquellos aspirantes que hayan detectado errores en la consignación de sus datos personales podrán igualmente manifestarlo en el plazo señalado. Quienes dentro del plazo señalado no subsanen los defectos justificando su derecho a ser admitidos, serán definitivamente excluidos del proceso de selección. En caso de no existir reclamación se elevará la relación provisional automáticamente a definitiva.

4.o Nombrar como miembros de la Comisión de Valoración del citado proceso de provisión de puestos a las personas que a continuación se indican:

— Presidente: don Luis Carlos Comas Lumbreras, Subdirector General de Coordinación y Gestión Municipal del Ayuntamiento de Boadilla del Monte.

Suplente: don Miguel Ángel García Valero, Coordinador de Patrimonio Histórico y Natural del Ayuntamiento de Boadilla del Monte.

— Secretario: Titular, don José Luis Pérez López, Secretario General del Ayuntamiento de Boadilla del Monte.

Suplente: funcionario en quien delegue.

— Vocales:

• Titular: don Juan Andrés Gil Martin, Viceinterventor del Ayuntamiento de Boadilla del Monte/Suplente: doña Marina Menéndez Miralbés, Vicetesorera del Ayuntamiento de Boadilla del Monte.

• Titular: doña Alicia Castaño Mansanet, Jefe de Negociado del Ayuntamiento de Boadilla del Monte/Suplente: don Santiago Carnicero Bujarrabal, Técnico Informático-Jefe de Sección del Ayuntamiento de Boadilla del Monte.

• Titular: don José Ignacio Pérez Bermejo, Coordinador del Área de Medioambiente, Parques y Jardines del Ayuntamiento de Boadilla del Monte/Suplente: doña M.a de las Mercedes Garzás Molina, Arquitecto Técnico del Ayuntamiento de Boadilla del Monte.

• Titular: doña María A. García Blázquez, Jefe de Negociado del Ayuntamiento de Boadilla del Monte/Suplente: doña Mercedes Figueroa Villaluenga, Administrativo del Ayuntamiento de Boadilla del Monte.

• Titular: doña María Pagador Serrano/Suplente: doña Alicia Valero Areán, ambas designadas por la sección sindical CSIF.

• Titular: doña Silvia Granados Ulecia/Suplente: doña M.a Antonia Hernández Hernández, ambas designadas por la sección sindical UGT.

• Titular: doña Alba Fornieles González/Suplente: don José Luis Marchante Egido, ambos designados por la sección sindical CCOO.

5.o La presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, pone fin a la vía administrativa y que, conforme a lo dispuesto en el artículo 123.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, puede ser recurrido potestativamente en reposición o directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.

El recurso de reposición, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, se interpondrá ante el órgano que ha dictado el acto impugnado, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación, y se entenderá desestimado si transcurrido otro mes desde su interposición no hubiera recibido la notificación de la resolución del mismo.

La interposición del recurso, excepto en los casos en que una disposición establezca lo contrario, no suspenderá la ejecución del acto impugnado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 117 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

El recurso contencioso-administrativo se interpondrá, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 25, 8.1, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al del recibo de la presente.

No obstante, tal como señala el artículo 123.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, si se hubiera interpuesto recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta por no haberse resuelto en el plazo establecido para ello (un mes desde su interposición).

Todo ello, sin perjuicio de que pueda utilizar cualquier otra vía de recurso que estime procedente”.

En Boadilla del Monte, a 27 de diciembre de 2021.—El segundo teniente de alcalde-delegado de Presidencia, Relaciones Institucionales, Coordinación, Comunicación, Personal, Régimen Interior, Patrimonio y Compras, don Jesús Egea Pascual.

(03/35.316/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220107-43