Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 1

Fecha del Boletín 
03-01-2022

Sección 1.3.31.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220103-25

Páginas: 9


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN LOCAL Y DIGITALIZACIÓN

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RESOLUCIÓN de 21 de diciembre de 2021, del Director General de Reequilibrio Territorial de la Consejería de Administración Local y Digitalización, por la que se hace pública la convocatoria del Programa de Formación para el personal y cargos electivos de las Corporaciones Locales de la Comunidad de Madrid y para el personal de otras Administraciones Públicas que, por sus cometidos, se relacione directamente con los contenidos de las acciones formativas propuestas, correspondiente al primer semestre de 2022.

La Dirección General de Reequilibrio Territorial, de acuerdo con las competencias atribuidas por el Decreto 198/2021, de 4 de agosto, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Administración Local y Digitalización, convoca las siguientes actividades formativas para personal y cargos electivos de las Corporaciones Locales, y para personal de otras Administraciones que, por sus cometidos, esté relacionado con el ámbito local:

A. Itinerarios de formación.

B. Cursos de formación dirigidos al personal perteneciente a los subgrupos A1 y A2, personal laboral de los grupos I y II y cargos electivos de las Corporaciones Locales de la Comunidad de Madrid.

C. Cursos de formación dirigidos al personal perteneciente a los subgrupos C1 y C2, y personal laboral de los grupos III y IV y cargos electivos de las Corporaciones Locales de la Comunidad de Madrid.

D. Cursos dirigidos a todos los grupos.

E. Ponencias.

F. Ponencias de ofimática.

Las características de cada curso se detallan en el Anexo I. Todos se desarrollarán con arreglo a las siguientes

BASES

Primera

Requisitos de los participantes

En virtud de los perfiles requeridos por razón de la pertenencia a determinados subgrupos o categorías profesionales, podrá solicitar la asistencia a las actividades formativas, el personal y cargos electivos de las Corporaciones Locales de la Comunidad de Madrid, así como otros empleados públicos adscritos a la Administración de la Comunidad, a otras Comunidades Autónomas o a la Administración General del Estado, cuya actividad se relacione directamente con los contenidos de las acciones formativas propuestas.

Segunda

Solicitudes de inscripción

Las solicitudes de inscripción se formalizarán a través del enlace https://forms.office.com/Pages/ResponsePage.aspx?id=4BIUKA4vK06HkB4dROoK... cVNddUMTQ3Q1NETDJPRjNJSVpBWlZJTEdINEFPMyQlQCN0PWcu

La matrícula será gratuita, no existiendo límite de solicitudes.

La selección de los participantes se realizará atendiendo a los siguientes criterios, que serán aplicados con este orden de prelación: preferencia otorgada al curso por el solicitante, número de cursos realizados en los tres años previos, ayuntamiento o administración del solicitante en relación con su población a efectos de proporcionar una mayor asistencia a los ayuntamientos de menor tamaño, abandono injustificado de acciones formativas celebradas por la Dirección General de Reequilibrio Territorial en los dos semestres anteriores, adecuación del perfil del solicitante a las características del curso y fecha de presentación de las solicitudes.

Los participantes en el curso para el que hayan sido seleccionados deberán confirmar su asistencia o renuncia, en el plazo establecido en la convocatoria, al Servicio de Formación de la Dirección General de Reequlibrio Territorial. La incomparecencia a un curso sin aviso ni causa justificada podrá motivar la exclusión del alumno seleccionado del resto de las acciones formativas que se celebren durante los dos semestres siguientes.

Se establecerán, en todos los cursos, plazas de reserva para cubrir posibles bajas que se pudieran producir antes del inicio del curso.

Los solicitantes de cursos en formato virtual deberán disponer de una infraestructura informática que, al menos, cumpla los requisitos técnicos siguientes:

— Dispositivo con conexión a internet.

— Navegador actualizado de Firefox, Chrome u otro.

— Lector de archivos PDF.

En las acciones formativas que pudieran celebrarse en plataformas digitales, todos aquellos alumnos que hayan sido seleccionados y que no se conecten a la plataforma durante la primera semana del curso, sin previo aviso ni justificación, serán excluidos de la actividad formativa y sustituidos por otras personas que se encuentren en la lista de espera para poder participar en el curso. La falta de conexión durante la primera semana también podrá determinar la exclusión en selecciones posteriores.

Asimismo, podrán ser excluidos de los cursos virtuales todos aquellos alumnos que incumplan reiteradamente el plan de trabajo establecido por los tutores, que no se conecten con regularidad a la plataforma ni visualicen los contenidos progresivamente.

Tercera

Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de quince días naturales desde el día siguiente a la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de esta convocatoria. Se podrá proceder a la apertura de un nuevo plazo de presentación para aquellos cursos que se encontraran pendientes de realización y respecto de los cuales queden plazas vacantes, así como para nuevas acciones formativas.

Cuarta

Fecha de impartición, horario, sede y duración

Las fechas, horarios, duración y sede de celebración de los cursos se indicarán individualizadamente para cada acción formativa en la convocatoria de los alumnos seleccionados. En los cursos con aprovechamiento, el número total de horas puede incluir sesiones presenciales, pruebas de evaluación y estudio de documentación.

Las acciones formativas se desarrollarán a través de videoconferencia. No obstante, en función de las recomendaciones sanitarias vigentes podrán ser desarrolladas presencialmente. El formato será comunicado a los seleccionados en la convocatoria.

Quinta

Certificado de asistencia

Para obtener el certificado de realización del curso, será necesario asistir a la totalidad de las horas lectivas de las que consta el curso. También podrá obtenerse el certificado si se produce solo una de las siguientes situaciones, no siendo acumulables:

1) Asistir a un mínimo del 90 por 100 de horas lectivas.

2) En los cursos de cinco o más sesiones, no asistir a una de ellas, siempre que se justifique debidamente, en un plazo máximo de cinco días hábiles, una vez finalizado el curso.

Certificado de aprovechamiento

Para obtener el certificado de aprovechamiento será necesario cumplir los requisitos de asistencia previamente relacionados en este punto y superar las pruebas de evaluación fijadas.

Los certificados serán remitidos a los alumnos a la dirección de correo electrónico facilitada, sin perjuicio del empleo de un sistema de envío diferente, que será previamente comunicado a los participantes.

Sexta

Itinerarios

Se considera itinerario, a los efectos de este programa formativo, el conjunto programado y ordenado de acciones formativas que desarrollan la competencia profesional en un determinado ámbito de la actividad administrativa. A lo largo del semestre, se desarrollan los itinerarios contenidos en el Anexo I.

Los alumnos que asistan a todas las ponencias que componen un itinerario, con cámara encendida salvo causa justificada, podrán obtener, tras la superación de las evaluaciones correspondientes, certificado de aprovechamiento.

Séptima

Cifra mínima de alumnos y modificaciones de las acciones formativas

La Dirección General de Reequilibrio Territorial se reserva la facultad de suspender o aplazar el desarrollo de una acción formativa, cuando el número de alumnos convocados el día hábil inmediatamente anterior al inicio del curso sea inferior a la mitad de las plazas disponibles. Asimismo, una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, en atención a la demanda registrada, por razones de eficacia o calidad, podrá modificar el número de acciones formativas, su duración, contenido, destinatarios, valoración de méritos para la provisión de puestos reservados a funcionarios con habilitación de carácter nacional y demás características.

Octava

La Dirección General de Reequilibrio Territorial podrá convocar nuevas acciones formativas, con distintos formatos y duración, atendiendo a novedades legislativas, nuevos procesos administrativos o aspectos susceptibles de mejora en la calidad de los servicios públicos de las Corporaciones Locales de la Comunidad de Madrid.

Novena

Con anterioridad a la celebración de cada acción formativa, los alumnos seleccionados serán informados de su valoración a los efectos del baremo de méritos generales para la provisión de puestos reservados a funcionarios con habilitación de carácter nacional, adoptados por Resolución de esta Dirección General de 5 de diciembre de 1994 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 298, de 16 de diciembre) y de acuerdo también con la Resolución de 1 de abril de 1996 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 91, de 17 de abril), por la que se regulan los méritos de determinación autonómica de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

Décima

Información adicional

Se podrá solicitar información adicional en los teléfonos 638 203 276, 912 767 657, 609 690 212 y 689 685 596.

Madrid, a 21 de diciembre de 2021.—El Director General de Reequilibrio Territorial, Rafael García González.











(03/34.880/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.31.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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