Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 312

Fecha del Boletín 
31-12-2021

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20211231-23

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24

23
Madrid número 24. Ejecución 95/2021

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Dña. MARTA MENARGUEZ SALOMON LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social n° 24 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento 95/2021 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. MIGUEL ANGEL DURAN MENDO frente a BACKINTIME SL, LIVEMARKETS REALTY FINANCIAL PLANNING SL, LIFE MARKETS GESTION INMOBILIARIA XXI SL, MULTIACUERDO SL, LIVEMARKETS EAFI SA y PRIME SELECT SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:

“PARTE DISPOSITIVA

Se acuerda continuar con la ejecución despachada de Sentencia y Auto de Incidente de no Readmisión, de fechas 15/09/2020 y 10/06/2021 cuyos contenidos se dan por reproducidos a favor de la parte ejecutante, Don MIGUEL ANGEL DURAN MENDO, frente a la demandada BACKINTIME SL y otros 7, parte ejecutada, por un principal de 6.848,74 euros de los cuales corresponden 4.793, euros a indemnización y 2.055,74 euros a salarios de trámite, más 273,94 euros y 684,87 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Notifíquese a los ejecutados según lo dispuesto en el Art. 59 de la LRJS, corno ya constan en las actuaciones.

Notifíquese la presente resolución a las partes”.

Y para que sirva de notificación en legal forma a LIVEMARKETS REALTY FINANCIAL PLANNING SL, MULTIACUERDO SL, LIFE MARKETS GESTION INMOBILIARIA XXI SL, PRIME SELECT SL, BACKINTIME SL y LIVEMARKETS EAFI SA y ADDICIONA MULTICOMERCIAL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a nueve de diciembre de dos mil veintiuno.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/34.430/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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