Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 311

Fecha del Boletín 
30-12-2021

Sección 1.4.29.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20211230-22

Páginas: 46


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO

22
PUBLICACIÓN del convenio-subvención de 29 de diciembre de 2021, entre la Comunidad de Madrid y la Federación Nacional de Asociaciones de Autónomos (ATA), la Confederación Española de la Pequeña y Mediana Empresa (CEPYME), la Confederación Empresarial de Madrid-CEOE (CEIM) y la Confederación Española de Jóvenes Empresarios de España (CEAJE), para el desarrollo del proyectos de emprendimiento y microempresas, con cargo a los Fondos Europeos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia.

REUNIDOS

De una parte, D. Manuel Llamas Fraga, Viceconsejero de Economía, nombrado en virtud del Decreto 127/2021, de 30 de junio, del Consejo de Gobierno, y en relación a la Orden de 19 de febrero de 2021, de la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones, en representación de la Comunidad de Madrid, con domicilio en plaza de Chamberí, número 8, 28010 Madrid.

De otra parte, D. Lorenzo Jesús Amor Acedo, en calidad de presidente de la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos, en adelante ATA, en su calidad de presidente, con domicilio en la calle Príncipe de Vergara, número 74, 4.a planta, 28006 Madrid, con NIF G-4575948.

De otra parte, D. Gerardo Cueva Valdivia, en representación de la Confederación Española de la Pequeña y Mediana Empresa, en adelante CEPYME, en su condición de presidente de la misma, con domicilio social en calle Diego de León, número 50, 28006 Madrid, y NIF G-28511897.

De otra parte, D. Miguel Garrido de la Cierva, en calidad de presidente de la Confederación Empresarial de Madrid-CEOE, en adelante CEIM, con domicilio social en calle Diego de León, número 50, 28006 Madrid, y CIF G-28513307.

Y de otra parte, D. Fermín Albaladejo Cabada en representación de La Confederación Española de Asociaciones de Jóvenes Empresarios (en adelante, CEAJE), en su condición de presidente de la misma, con domicilio social en calle Príncipe de Vergara, número 74, 4.a planta, 28006 Madrid, y NIF G-80273576.

Reconociéndose todas las partes capacidad legal necesaria para el otorgamiento del presente documento, en uso de las competencias que las partes tienen otorgadas.

EXPONEN

I. La Comunidad de Madrid tiene atribuida a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, y de conformidad con lo dispuesto en su Estatuto de Autonomía, las competencias exclusivas, entre otras materias, en el fomento del desarrollo económico dentro de los objetivos de la política económica nacional y en materia de ordenación y planificación de la actividad económica regional.

II. La Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, según el Decreto 234/2021, de 10 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, tiene atribuidas las competencias de: fomento del desarrollo económico, autónomos, economía social, administración de fondos europeos, trabajo y empleo y prevención de riesgos laborales, entre otras.

III. ATA es una entidad sin ánimo de lucro, de carácter estatal e intersectorial, y que tiene como fines la representación, promoción y defensa de los intereses comunes profesionales, económicos y empresariales de los autónomos, siendo reconocida como la organización más representativa y como interlocutor válido ante los poderes públicos y demás instituciones en el ámbito estatal de los autónomos españoles.

IV. CEPYME es una organización empresarial de carácter confederativo e intersectorial, de ámbito nacional, para la defensa, representación y fomento de los intereses de la pequeña y mediana empresa y del empresario autónomo.

V. CEIM es una entidad sin ánimo de lucro, de carácter estatal e intersectorial, que tiene como fines, entre otros, promover el desarrollo empresarial en beneficio del interés general y específicamente contribuir al desarrollo y bienestar de la Comunidad de Madrid, y representar y defender los intereses generales y comunes del empresario en la sociedad, ante la Administración, las organizaciones profesionales y las Instituciones públicas y privadas.

VI. CEAJE es la Confederación de asociaciones de jóvenes empresarios, entidad sin ánimo de lucro, con personalidad jurídica propia, que integra a los empresarios y emprendedores menores de 41 años en España, constituida con la finalidad de promover las vocaciones empresariales, así como representar, gestionar y defender ante los organismos públicos y demás instituciones los intereses profesionales de sus miembros.

VII. Que el Real Decreto-Ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, prevé una serie de instrumentos jurídicos para la ejecución de proyectos con cargo a los Fondos Europeos, entre los cuales se encuentra la celebración de convenios. De esta forma, los citados convenios se configuran como uno de los instrumentos a través de los cuales las Administraciones Públicas intervinientes acuerdan los proyectos, hitos y objetivos de los mismos, así como la financiación establecida para cada uno de ellos.

VIII. Que, por Acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de abril de 2021, se aprobó el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, que detalla las inversiones y reformas para el período 2021-2023, con la finalidad de impulsar la recuperación de la economía tras la pandemia causada por la COVID-19. La ejecución de dicho Plan se realiza en el Marco Financiero Plurianual (MFP) 2021-2027, a través de la puesta en marcha del Fondo de Recuperación Next Generation EU, cuyo elemento central es el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, establecido por el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.

IX. En el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, dentro del eje transversal de cohesión social y territorial, en la política palanca VIII “Nueva economía de los cuidados y políticas de empleo”, se encuadra el Componente 23 “Nuevas políticas públicas para un mercado de trabajo dinámico, resiliente e inclusivo”. Dicho Componente tiene por objetivo promover un crecimiento inclusivo y sostenible desde el punto de vista económico y social y garantizar la seguridad jurídica. Para ello, se diseña un conjunto de políticas públicas que permitan avanzar en un mercado de trabajo dinámico, resiliente e inclusivo, preparado para las nuevas demandas y oportunidades globales, como la transición digital y ecológica.

X. Dentro de las reformas e inversiones propuestas en este Componente se incluye la Inversión 4 “Nuevos proyectos territoriales para el reequilibrio y la equidad”, en esta inversión que incluye los proyectos de “Colectivos especialmente vulnerables” y “Emprendimiento y microempresas”. Los proyectos de emprendimiento y microempresa abordarán el reto demográfico y facilitarán la transformación productiva, en particular hacia una economía verde y digital, a través de proyectos de capacitación agraria, desarrollo local sostenible, iniciativas de economía social para la acción cultural y artística, transición ecológica, iniciativas de desarrollo local, turismo rural y patrimonio histórico-artístico, entre otros.

Asimismo, este convenio contribuye al cumplimiento del objetivo número 346 de la Decisión de Ejecución del Consejo relativa a la aprobación de la evaluación del plan de recuperación y resiliencia de España (Council Implementing Decision-CID) de la realización de al menos 68 proyectos territoriales dirigidos a colectivos vulnerables y proyectos territoriales para el emprendimiento y las microempresas, con la participación de al menos 39.000 trabajadores y 64.000 empresas.

XI. Se espera que ninguna medida de este componente cause un perjuicio significativo a objetivos medioambientales a efectos de lo dispuesto en el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852, teniendo en cuenta la descripción de las medidas y las medidas de mitigación expuestas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de conformidad con la Guía técnica sobre la aplicación del principio de “no causar un perjuicio significativo” (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1).

XII. Que en la Orden TES/897/2021, de 19 de agosto, se distribuyen territorialmente para el ejercicio económico de 2021, para su gestión por las comunidades autónomas con competencias asumidas en el ámbito laboral, los créditos financiados con el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, destinados a la ejecución de los proyectos de inversión en el marco del componente 23 “Nuevas Políticas Públicas para un mercado de trabajo dinámico, resiliente e inclusivo” del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, que incluye los proyectos de “Emprendimiento y microempresas” con el fin de ejecutar proyectos de emprendimiento, favorecer el empleo colectivo y facilitar la transformación productiva, en particular hacia una economía verde y digital.

Ambas partes actúan en el ejercicio de sus respectivos cargos y se reconocen capacidad suficiente para obligarse en los términos del presente convenio, con sujeción a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera

Objeto del convenio

El presente convenio tiene por objeto la concesión de una subvención directa a ATA, CEPYME, CEIM y CEAJE por importe total de 7.500.000 euros, para la realización de acciones de asesoramiento, información, formación, sensibilización y divulgación en materia de emprendimiento y desarrollo empresarial abordando así, el reto demográfico y facilitando la transformación productiva hacia una economía verde y digital, tal y como indican los objetivos del Componente 23 Inversión 4 (C23.I4) del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Con ello se pretende generar un crecimiento de la cultura emprendedora, un crecimiento exponencial de las iniciativas empresariales ya constituidas, así como potenciar iniciativas que generen nuevas líneas de emprendimiento basadas en una economía verde y digital, mejorando así las competencias profesionales del tejido empresarial de la Comunidad de Madrid, en particular las del ámbito rural y pequeños municipios de la región.

Segunda

Objetivos específicos

Para el desarrollo y consecución del objeto principal del presente convenio subvención se detallan los siguientes objetivos específicos alineados con el Componente 23 Inversión 4, “Nuevos proyectos territoriales para el reequilibrio y la equidad”, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia:

— Desarrollo y apoyo a proyectos empresariales encaminados a la economía verde.

— Transformación de iniciativas empresariales ya constituidas, a una economía sostenible y respetuosa con el medio ambiente.

— Fomento de la cultura emprendedora en zonas rurales y municipios de la Comunidad de Madrid, excepto Madrid ciudad.

— Análisis de prospección del desarrollo económico en las zonas rurales y municipios de, de la Comunidad de Madrid, excluyendo la ciudad de Madrid, con el objetivo principal de la detección de nuevos yacimientos de empleo.

— Creación de redes colaborativas de autónomos y microempresas, generando así, una mejora en la competitividad de las empresas madrileñas.

— Fomento y desarrollo de herramientas digitales adaptadas a las necesidades de autónomos y microempresas con el objetivo de crear un tejido empresarial más digitalizado y por ende más competitivo.

— Creación de una red de asesores especializados en economía verde y digital, destinado a favorecer el crecimiento de la economía local, así como una transformación de la misma, a una economía más competitiva y sostenible.

— Fomento del emprendimiento juvenil en las zonas rurales con el fin de fijar población en dichas zonas.

— Apoyo y sensibilización del emprendimiento en femenino, generando cultura empresarial desde una perspectiva de género.

— Desarrollo de redes para garantizar el relevo generacional en los negocios más longevos y evitar así el cierre de empresas viables que generan economía y empleo en las distintas localidades.

Tercera

Actuaciones a desarrollar

En cumplimiento del presente Convenio ATA, CEPYME, CEIM y CEAJE desarrollarán el proyecto que permitirá la realización de distintas actuaciones teniendo como eje principal el asesoramiento y acompañamiento a nuevos emprendedores para el desarrollo de sus ideas de negocio, así como dotar a las empresas en desarrollo de las herramientas necesarias para mejorar su crecimiento y su competitividad.

Las entidades firmantes se comprometen a informar, asesorar y acompañar al menos a 1.650 destinatarios finales, pudiendo éstos participar en alguna o en todas las actuaciones a desarrollar recogidas en esta cláusula.

Las actuaciones deberán ser previamente aprobadas por la Dirección General de Autónomos y Emprendimiento. Para ello, las entidades mencionadas, habrán de presentar a dicha Dirección General una memoria con la información perteneciente a cada una de las actuaciones propuestas informando específicamente de la actuación a realizar, cronograma y presupuesto previsto.

Dicha memoria será evaluada por la Dirección General de Autónomos y Emprendimiento y habrá de ser aprobada para que las actuaciones sean consideradas subvencionables a efectos del presente convenio.

I. Asesoramiento y acompañamiento a emprendedores, autónomos y microempresarios de la Comunidad de Madrid

Las acciones de asesoramiento se adaptarán a las necesidades del interesado, adoptando las siguientes modalidades:

— A distancia: esta modalidad de asesoramiento se podrá realizar de manera virtual (videollamada) o telefónica (puesta en marcha de un teléfono gratuito para el desarrollo del proyecto).

— Presencial: se pondrá a disposición de los beneficiarios distintas opciones para el asesoramiento presencial, tales como la posibilidad de que los expertos realicen el asesoramiento técnico in situ, a través de un servicio de oficina móvil que acerque la atención a los distintos municipios y evite los desplazamientos.

Los destinatarios finales podrán solicitar el número de asesoramientos que necesiten pudiendo asesorarse en una o en varias materias y en cualquiera de los formatos puestos a su disposición.

Para el desarrollo de las acciones de asesoramiento se creará un equipo de trabajo que cubra el espectro de las necesidades del emprendedor, poniendo a disposición de las acciones expertos en distintas materias, así como agentes especializados en la dinamización y promoción del emprendimiento en zonas rurales.

En la selección de los participantes se dará prioridad a los colectivos más desfavorecidos en tanto en cuanto a inserción laboral se refiere, tales como jóvenes y mujeres ubicados en las zonas rurales y más despobladas de la Comunidad de Madrid. Asimismo, se priorizará a los beneficiarios de las poblaciones de menor número de habitantes.

Dentro de las acciones de asesoramiento, se prevén las siguientes acciones específicas:

A. Asesoramiento técnico específico en materia de digitalización

Al menos, el 25 % de los asesoramientos estará orientado al desarrollo de la economía digital.

Los asesoramientos, que seguirán una metodología fundamentalmente práctica, tratarán de implantar las distintas herramientas digitales que se adecuen a las necesidades de la iniciativa emprendedora a asesorar. Para ello se partirá de un análisis de competencias digitales del emprendedor, autónomo o empresario, así como un análisis del mercado al que va dirigido sus productos o servicios, que dará como resultado un informe de necesidades y recomendaciones para la mejora y la transformación digital de sus negocios.

Se utilizarán distintas herramientas digitales para la consecución de un análisis exhaustivo e individualizado de las distintas iniciativas emprendedoras que participen en acciones de asesoramiento.

Este asesoramiento se realizará de forma conjunta por tres de las entidades beneficiarias, con el siguiente reparto: CEAJE, 148, CEIM, 69, y CEPYME 223 asesoramientos.

B. Asesoramiento técnico específico en economía verde

Al menos, el 25 % de los asesoramientos estará orientado al desarrollo de la economía verde.

Los asesoramientos tratarán de la implantación de buenas prácticas sobre desarrollo sostenible, partiendo de un análisis de la organización del trabajo y las prácticas realizadas en el proceso de producción de materiales y servicios de cada una de las empresas, midiendo así el impacto que produce su desarrollo económico en el ambiente. Para ello se tendrá en cuenta el sector, la ubicación del negocio, las posibilidades del emprendedor de implantar medidas que reduzcan la huella ecológica de su negocio, dando como resultado final un informe de recomendaciones y propuestas para implantar en el desarrollo de la actividad de las pequeñas empresas de la Comunidad de Madrid, para su transformación ecológica.

Se utilizarán distintas herramientas digitales para la consecución de un análisis exhaustivo e individualizado de las distintas iniciativas emprendedoras que participen en acciones de asesoramiento.

Este asesoramiento se realizará de forma conjunta por dos de las entidades beneficiarias, con el siguiente reparto: ATA-197, CEIM, 243 asesoramientos.

C. Asesoramientos a nuevos emprendedores. Startups y creación de nuevas empresas

El asesoramiento realizado a nuevos emprendedores se realizará por CEPYME y CEAJE, quienes serán responsables de un mínimo de 190 y 160 asesoramientos, respectivamente, fundamentándose estos en el acompañamiento del emprendedor en las distintas fases que conlleva el desarrollo de su proyecto. En dicho acompañamiento los técnicos trabajarán con el asesorado los siguientes puntos:

— Desarrollo del plan de empresa y análisis de viabilidad de la iniciativa emprendedora.

— Marco legal y jurídico de la empresa a crear.

— Información y análisis de las fuentes de financiación públicas y privadas.

— Análisis de las competencias como emprendedor e informe de recomendaciones

— Normativa aplicable estatal, autonómica y municipal sobre el sector en el que se encuadra la actividad.

En el apoyo y acompañamiento de la creación e impulso de Startups, se pondrá a disposición del emprendedor, emprendedores expertos en distintas materias que se centralizará en un experto en Startups, el cual será la persona referente que acompañe a la Startup en su proceso de creación y crecimiento.

El informe que se generará de cada uno de los asesoramientos realizados a autónomos, emprendedores y empresarios contendrá: un análisis de la situación de partida, para elaborar un diagnóstico inicial, un análisis del sector de referencia del autónomos, reflejando las nuevas tendencias y oportunidades de negocio, y por último, se identificarán las actuaciones a implantar.

D. Asesoramiento a Autónomos y Microempresas consolidadas

Los asesoramientos se adaptarán a las necesidades de cada empresario, haciendo hincapié en las siguientes orientaciones:

— Análisis y detección temprana de crisis empresarial, a través de una red de mentores expertos en crisis empresarial y técnicos asesores con experiencia en detección temprana de quiebra empresarial.

Se realizará un análisis del estado de su negocio, tales como estado de las cuentas (pasivo y activo), estado del mercado al que dirige su producto, análisis de la viabilidad de su negocio, así como las competencias propias del autónomo o empresario. De dicho análisis se creará un informe de recomendaciones para evitar la crisis y reflotar su negocio.

— Asesoramiento sobre inversión y financiación, se pondrá a disposición de los autónomos y empresarios un grupo de expertos economistas con experiencia en el análisis económico de microempresas, que permitirá analizar de una manera exhaustiva la viabilidad de los negocios ya sea para su propia continuidad, ya sea para la inversión en el crecimiento de esta.

Además de los expertos en economía e inversiones en la microempresa el asesoramiento estará guiado por un técnico con experiencia en análisis de viabilidad que tutorice durante el tiempo que sea necesario la iniciativa emprendedora. El autónomo o empresario contará con informe detallado de la viabilidad de la nueva inversión, de los riesgos de endeudamiento, si es que lo hubiere, así como un análisis exhaustivo del estado de su negocio en tanto en cuanto a la contabilidad se refiere.

— Asesoramiento y promoción para la preparación de los negocios longevos para el relevo generacional, mediante el asesoramiento a empresarios en vías de jubilación (empresarios/autónomos que les quede un máximo de 2 años para la jubilación) en la preparación del negocio para la sucesión empresarial, sea una sucesión familiar, es decir que tenga relevo generacional o sin relevo generacional. Este tipo de asesoramiento se fijará, fundamentalmente, en el comercio de poblaciones de menos de 30.000 habitantes.

Los asesoramientos serán realizados por expertos en sucesión empresarial, así como un técnico especializado en asesoramiento a empresas que será quien tutorice a los asesorados. El objetivo es que el autónomo/empresario planifique una sucesión exitosa de su negocio, asegurando así, la continuidad del mismo.

Todo ello se recogerá en un informe que exponga el análisis realizado y las recomendaciones de la puesta en marcha de las actuaciones necesarias para la planificación de la sucesión de su negocio, evitando así el cierre de este.

Estos asesoramientos se realizarán de forma conjunta por las entidades participantes con el siguiente reparto: ATA,115, CEAJE,104 y CEIM,101 asesoramientos; el asesoramiento de relevo generacional se realizará en su totalidad por ATA.

II. Desarrollo de aplicaciones digitales

Se desarrollarán dos herramientas digitales que servirán para completar el servicio de asesoramiento: por un lado, una aplicación móvil, que permita evaluar las competencias y destrezas necesarias para el emprendedor, y con la información obtenida permita diseñar la estrategia de actuación, y una plataforma multidisciplinar virtual, que conecte a los usuarios, y les dé acceso a formación, webinar, guías interactivas y otros contenidos con carácter gratuito.

La aplicación móvil, o app, permitirá evaluar las destrezas del usuario, en competencias digitales, desarrollo sostenible, competencias gerenciales y será desarrollada por CEIM, quién también será la responsable del mantenimiento y sus actualizaciones.

La plataforma multidisciplinar virtual

Se creará una plataforma con acceso virtual para emprendedores, autónomos y microempresas que permita desarrollar diferentes actuaciones y/o actividades.

La multiplataforma será de utilización libre y sin que sea obligatorio el alta como usuario de área privada, sin embargo, la plataforma permitirá la existencia de un área privada en la que el usuario puede obtener servicios más personalizados, además de interactuar con otros empresarios, autónomos y emprendedores.

Esta plataforma será desarrollada, en el año 2022, por CEPYME, quién también será la responsable de la puesta en marcha, el mantenimiento y las actualizaciones que sean necesarias. Durante el año 2023, las cuatro entidades realizarán la captación y las altas de los usuarios en la plataforma.

En grandes rasgos la plataforma multicontenido contendrá, al menos las siguientes áreas y/o recursos:

A) Herramientas para la digitalización de los procesos comerciales: en el marco del convenio se han elegido dos herramientas para la digitalización de los procesos productivos de las iniciativas emprendedoras, siendo éstos genéricos y trasversales, así como adaptables a distintos tamaños de empresa:

— Acceso a una plataforma web de venta on-line: se dispondrá de un acceso a una app o aplicación de venta de productos y servicios de los autónomos y empresarios de la localidad, consolidada en el mercado, que engloba todas las ofertas y negocios por municipio, de tal manera que en la consulta de un municipio aparezcan todos los servicios, establecimientos y otros datos de interés del mismo.

— Certificado digital de autónomo, se facilitarán certificados digitales de autónomos que permitirá realizar trámites electrónicos con terceras personas, administraciones públicas, organismos públicos, etc., así como firmar en su propio nombre y derecho documentos con plenas garantías legales, garantizando a la vez su identidad personal, verificando en su firma a su vez la vigencia de su situación actual de autónomo dado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas.

B) Contenidos que faciliten la transformación ecológica de los procesos productivos.

Se generará un área dentro la plataforma que aunará todos los productos para el apoyo a la transformación ecológica de los procesos productivos de los autónomos y empresarios. Contará con manuales de desarrollo sostenible para las micro y nano empresas, vídeos explicativos de recomendaciones y propuestas para hacer la empresa más respetuosa con el medio ambiente y guías de buenas prácticas sobre economía verde para autónomos.

C) Formación y recursos formativos para autónomos y empresarios.

Se realizarán cursos de formación sobre temáticas transversales destinadas a autónomos, emprendedores y empresarios sobre los ejes principales del proyecto a desarrollar, tales como la digitalización, la economía verde, la gestión empresarial, marketing digital y contratación pública, factura electrónica.

También se realizarán píldoras formativas sobre temas punteros dentro de las materias expuestas como eje principal del proyecto y serán accesibles desde la plataforma desarrollada.

D) Portal de “Relevo Generacional”.

Otra de las áreas fundamentales que deben estar alojadas en la plataforma de contenidos, es el portal destinado a dar continuidad a negocios sin relevo generacional asesorando, informando y poniendo en común autónomos que ceden el negocio con emprendedores que buscan un negocio.

En este portal además de dar cabida a los negocios que serán transferidos, se encontrará toda la información para gestionar y guiar el relevo generacional, manuales, píldoras formativas, etc.

E) Información sobre las distintas acciones enmarcadas en el presente Convenio Subvención.

Se reservará un apartado donde se informe de toda la actividad y servicios puestos a disposición del ciudadano gracias a la firma del Convenio, en el que se informará de las fechas, horarios, publicaciones, encuentros, etc.

F) Área de publicaciones, informes y estudios.

Se realizarán distintas publicaciones siendo estas fundamentalmente informes o estudios de Prospección, en los que se analizará la población de las zonas más despobladas de la Comunidad de Madrid, el mercado laboral del mismo, paro, tasa de ocupación, etc., así como ofertas de empleo de la zona, evolución de las empresas según sector en los municipios, contraponiendo estos datos con informes de competencias formativas de las distintas áreas.

G) Startups. Información y fomento.

En esta área servirá para publicar toda la información sobre la creación de Startups, las posibles fuentes de financiación, casos de éxito, además se pondrá a disposición de quien lo demande un área para la promoción de las Startups que participen en el proyecto.

El objetivo que se plantea para este ítem es que al menos 800 emprendedores, autónomos y/o emprendedores visiten y utilicen los servicios expuestos en la plataforma, se medirá por el número de links que se realice en los contenidos, tales como visualización de vídeos, descarga de guías, número de usuarios únicos, etc., teniendo en cuenta que se considerará que una persona ha visitado y utilizado la plataforma si ha pinchado en al menos un link del contenido y ha transcurrido el tiempo de visita adecuado para considerarse que se ha leído el contenido.

III. Desarrollo de guías y material de apoyo para el desarrollo de capacidades y competencias relacionadas con el emprendimiento sostenible y competitivo

Se realizarán herramientas de soporte para la mejora de las competencias y apoyo al asesoramiento técnico de emprendedores, autónomos y empresarios. Dichas herramientas se desarrollarán en dos formatos, uno, vídeos explicativos sobre distintas materias y dos guías interactivas que apoyen a la mejora de la competitividad del tejido empresarial.

Vídeos explicativos para la mejora de la competitividad en los pequeños negocios

Los vídeos que estarán colgados en la plataforma del proyecto, serán realizados por CEAJE y se podrán visualizar de manera abierta por lo que se espera que lleguen a un mínimo de 500 visualizaciones por vídeo. Serán vídeos de una duración mínima de 2 minutos y tendrán distintos diseños dependiendo de la temática y el público al que se dirija.

La temática que se desarrollará en los 12 vídeos estará distribuida en cinco grandes bloques:

— Economía verde: se crearán 3 vídeos, el primero, sobre casos de éxito en el desarrollo de empresas sostenibles y creadas a partir de la reutilización de recursos, el segundo, de buenas prácticas para la reducción de residuos contaminantes y no reciclables y el tercero y último, sobre el fomento de la utilización de tecnología para aumentar las comunicaciones virtuales y reducir el número de utilización de vehículos y por ende reducir las emisiones de CO2 al ambiente.

— Digitalización: se realizarán 4 vídeos en el año 2022 y 1 vídeo en el año 2023, y versarán sobre conceptos generales de la digitalización: ¿Qué es?, ventajas para las empresas, la importancia del marketing digital, la comunicación digitalizada y por último, sobre la imagen de empresa.

— Startups: Se realizará un vídeo en el año 2022 y en el 2023 sobre qué son las Startups, como nacen y recursos disponibles para el lanzamiento de este tipo de desarrollo empresarial.

— Jóvenes emprendedores: Casos de éxito de jóvenes empresarios que desarrollaron su idea de negocio.

— Relevo generacional: Se realizará un vídeo explicando la importancia de la preparación de un negocio viable para la sucesión ya sea familiar o no, así como el fomento dirigido a futuros emprendedores de la continuidad de negocios viables.

Guías interactivas para la mejora de la competitividad en los pequeños negocios

Para completar la información y apoyar el asesoramiento, así como las otras acciones planteadas dentro del marco del Convenio Subvención presente, se realizarán un mínimo 4 guías interactivas por CEPYME, que estarán disponibles en la plataforma del proyecto abierto para toda la ciudadanía, de manera específica se mandarán a aquellos autónomos que hayan participado en las acciones de asesoramiento y formación. Las guías tendrán un impacto mínimo de 200 descargas por cada una de ellas.

Se desarrollará una guía por cada una de las temáticas principales de las acciones recogidas en el convenio y planteadas para la consecución de los objetivos de este, así pues, las guías interactivas se desarrollarán sobre las siguientes temáticas:

— Digitalización para autónomos y microempresarios, que versará sobre qué es la digitalización empresarial, procesos y herramientas para implantar en la pequeña empresa y ventajas que conlleva la transformación digital de la empresa.

— Buenas prácticas para el desarrollo de una economía sostenible: en un primer lugar se realizará la definición de qué es la economía verde, la importancia de generar negocios sostenibles, en segundo lugar y de manera transversal se presentará una serie de acciones a poner en marcha para reducir en medida de lo posible las malas praxis que generan un impacto medioambiental evitable y por último, se llevará a cabo un análisis de las buenas prácticas para reducir la huella ecológica que se genera en el desarrollo económico de algunas actividades.

— Startups, innovación y crecimiento. En esta guía se presentará el concepto de startups, así como casos de éxito de este tipo de empresa. Asimismo, se apuntarán los pasos a seguir para la creación e impulso de las denominadas startups, así como los recursos especializados que existen para el impulso de iniciativas innovadoras.

— Pasos a seguir para la preparación del negocio a la continuidad gracias al relevo generacional. El texto recogerá una serie de acciones necesarias para hacer un traspaso del negocio de manera exitosa, recomendando la realización de diversas acciones tales como tener ordenada y clasificada la cartera de clientes, stock, análisis de gastos e ingresos, etc.

En aras de la protección y la reducción del gasto energético no se plantea la impresión de las guías en formato papel, estarán ubicadas en la plataforma y se enviarán en formato electrónico, se tendrá a disposición del usuario un pendrive para la grabación de las guías en este formato.

IV. Formación para la mejora de las capacidades emprendedoras

Con el objetivo de capacitar profesionalmente de los emprendedores en áreas de actividad de gran relevancia en materia como la economía verde y la transformación digital. Las acciones formativas tendrán una duración de 30 horas y los grupos estarán formados por un mínimo de 10 alumnos y máximo de 20.

Las ediciones formativas se realizarán en modalidad presencial, un total de 3 horas, concentradas al inicio de la acción formativa, y las restantes horas en el aula virtual. Para la impartición de las horas presenciales se contará con la cesión de los locales y espacios públicos disponibles en la localidad, y cuando esto no sea posible o no reúnan las condiciones para desarrollar la formación se hará uso de los elementos móviles, concretamente del autobús.

Acciones formativas dirigidos a la mejora de las capacidades emprendedoras para la transformación digital

Se realizarán 7 acciones formativas, por año, en materia de transformación digital, que tendrán como resultado un mínimo de 140 autónomos, desempleados y empresarios formados en esta materia al finalizar el convenio.

Las acciones formativas para la capacitación de la transformación digital en las empresas se dividen en tres áreas:

— “Identidad y marca, elementos fundamentales para darte a conocer en la red”, este módulo formativo del cual se realizarán 2 ediciones permitirá al alumno adquirir competencias para posicionar en las redes su negocio y crear una identidad digital acorde con su empresa.

— “La ciberseguridad”. “Fundamentos para la protección de tu negocio ante los ciberataques”, este módulo formativo del cual se realizarán 2 ediciones permitirá al alumno adquirir competencias para proteger sus datos, los de su empresa y los de sus clientes de los delitos de robo de datos, así como de los ciberataques destructivos, etc.

— “El certificado digital”. “Procesos de la firma y la factura electrónicas”, este módulo formativo del cual se realizarán 3 ediciones, permitirá al alumno adquirir competencias para poder gestionar todos sus procesos de firma y validación a través de certificado digital, y le capacitará para la realización y presentación de facturas electrónicas a la administración y a clientes y proveedores.

Acciones formativas dirigidas a la mejora de las capacidades emprendedoras para la transformación ecológica

Se realizarán 8 acciones formativas, por año, en materia de transformación hacia una economía verde que tendrán como resultado un mínimo de 160 autónomos, desempleados y empresarios formados en esta materia al finalizar el convenio.

Las acciones formativas para la capacitación de la transformación de los procesos productivos a una economía verde se realizarán de la misma temática: “Introducción a la economía verde” en el que se incluirá temarios sobre ecodiseño, turismo responsable y dinamización socioambiental. También se abordará la innovación aplicada a la economía circular, así como los recursos naturales y el ciclo de vida. Por último, se analizarán y estudiarán las iniciativas para la sostenibilidad.

Al finalizar los módulos formativos los alumnos que hayan finalizado con éxito las acciones que se estipulen por formadores y tutores, recibirán un certificado de aprovechamiento emitido por las organizaciones ATA, CEPYME, CEIM y CEAJE y validado por la Comunidad de Madrid.

V. Elementos móviles de alto impacto en la difusión e implantación del proyecto

Se pondrán en marcha elementos móviles para el desarrollo, impulso y generación de conocimiento sobre la transformación digital de las microempresas y el desarrollo de las iniciativas emprendedoras. Los elementos móviles se compondrán de autobuses y furgonetas que recorrerán los distintos municipios de la Comunidad de Madrid.

Autobuses u oficina móvil itinerante para el fomento, difusión y asesoramiento sobre desarrollo digital y economía verde para desempleados, autónomos y pequeños empresarios

El autobús fijará su itinerario en poblaciones de menos de 30.000 habitantes, y contará con técnicos especializados, así como materiales y herramientas para poder realizar actividades de asesoramiento y formación en el interior de este.

Contendrá tres puntos de atención al emprendedor, equipamientos informáticos puestos a disposición del usuario para la consulta o trámites para los cuales necesiten apoyo técnico. El autobús, contará con el mobiliario necesario para poder impartir talleres y alojar a grupos de entre 10-15 personas.

Se pondrá en marcha dos ediciones en el año 2022 de la oficina itinerante, autobús, ambas tendrán una duración de 20 días cada una de las ediciones y 1 edición en el año 2023 que tendrá una duración de 30 días. Recorrerán las cuatro zonas geográficas de la comunidad, la sierra norte, la zona oeste (zona de Guadarrama), municipios más despoblados de la zona sur y la zona este (Corredor del Henares); las rutas comprenderán al menos 3 poblaciones de cada una de las zonas geográficas indicadas.

El primer autobús se pondrá en marcha en el primer semestre de 2022 y estará destinado al fomento, difusión, formación y asesoramiento en emprendimiento joven, y será contratado por CEAJE. El autobús, que irá vinilado, llevará un mensaje claro que subraye la importancia de la digitalización para el crecimiento empresarial. Podrán visitar el autobús y demandar los servicios cualquier ciudadano que piense en emprender o que tenga interés en la transformación digital.

Con las mismas características, en el segundo semestre de 2022, se pondrá en marcha otro autobús que recorrerá las mismas zonas, pero se cambiará las localidades de acogida. La segunda edición del autobús, estará contratada por CEIM y tendrá como objeto la difusión, formación, información y asesoramiento sobre el desarrollo de la Economía Verde en las empresas, tendrá una duración de 20 días y asesorará exhaustivamente al menos a 100 personas sobre buenas prácticas respetuosas con el medio ambiente, y se dará información y atención al menos a 800 personas que visiten la oficina móvil.

En el año 2023 durante el primer semestre el autobús estará destinado al fomento, difusión, formación y asesoramiento en digitalización, y será contratado por CEPYME.

Se realizarán en el autobús de transformación digital al menos 100 asesoramientos en transformación digital a emprendedores, autónomos y microempresarios. Se esperan al menos 800 visitas que reciban información pero que no demanden un asesoramiento exhaustivo.

Esta actividad tiene un gran impacto en la ciudadanía en general y un amplio colectivo de emprendedores, ya que tiene una gran acogida visual. La instalación del autobús se acompañará de notas de prensa a los periódicos locales, así como se invitará a los representantes municipales, asociaciones locales, sectoriales para realizar actos inaugurales de la puesta en marcha de la actividad en cada localidad, este tipo de acción da una mayor difusión a la acción, además de impactar en los agentes políticos y sociales del municipio, afianzando entre la ciudadanía un concienciación de la importancia de la digitalización de la sociedad en general y de las empresas en particular.

Asesoramiento “in situ” para autónomos y pequeños empresarios a través de una red de furgonetas de promoción y asesoramiento de las líneas fundamentales del proyecto

Además se pondrán a disposición un total de 16 furgonetas que recorrerán todo el territorio de la Comunidad de Madrid para dar servicio técnico “in situ” a los autónomos y empresarios de los distintos municipios. Las furgonetas estarán equipadas con puntos informáticos y distintos materiales para la realización de las acciones, llevarán a técnicos especializados en distintas materias a los negocios de los emprendedores y autónomos, lo que les permitirá hacer informes más exhaustivos de sus necesidades y analizar la viabilidad y las posibilidades de crecimiento del mismo.

Durante el año 2022 circularán 8 furgonetas y en el año 2023, 8 furgonetas que recorrerán las poblaciones de las cuatro zonas geográficas citadas anteriormente. Iniciarán el recorrido en el último semestre de 2022 con el fin de promocionar los dos ejes fundamentales del proyecto. La mitad de las furgonetas estará destinadas al aumento de la digitalización en los negocios de autónomos, emprendedores y empresarios, la otra mitad, a la promoción, difusión y asesoramiento en el desarrollo de proyectos empresariales más sostenibles, es decir, promoción de la Economía Verde.

El recorrido de las furgonetas y las visitas a las empresas participantes de esta acción estarán ubicadas, al menos un 40 %, en poblaciones de menos de 30.000 habitantes. La contratación de las mismas correrá a cargo de CEAJE, con seis furgonetas, CEIM, otras seis y CEPYME, con cuatro.

VI. Desarrollo de redes colaborativas entre autónomos y empresarios, así como la creación de sinergias para el crecimiento de las empresas de los municipios más despoblados

En el marco del Convenio Subvención las organizaciones firmantes realizarán una serie de encuentros y jornadas para el desarrollo de espacios de colaboración entre autónomos y empresarios de municipios ubicados en las mismas zonas geográficas. Estos encuentros se realizarán por CEIM, en dos formatos distintos, siendo una de las tipologías, encuentros entre autónomos, microempresas, asociaciones locales y representantes de la administración local, en los que, guiados por expertos en el análisis del crecimiento económico y la detección de yacimiento de empleo, pondrán en común la problemática de su sector y su zona, exponiendo las necesidades. Por otro lado, se realizarán distintos Networkings que estarán destinadas a la promoción y desarrollo del emprendimiento en femenino.

Encuentros entre agentes locales, autónomos, empresarios y asociaciones territoriales

Se realizarán un mínimo de 8 encuentros cada año, repartidos por las distintas zonas geográficas identificadas para el desarrollo de las acciones en la Comunidad de Madrid, en estos encuentros se expondrá las necesidades, problemática del desarrollo económico de la zona, también se hará un análisis de las posibles oportunidades de crecimiento, se expondrá la posibilidad del trabajo colaborativo y se generarán distintas herramientas para dar servicio a las iniciativas que se propongan en dichos encuentros. Estos encuentros estarán organizados por CEIM.

Sesiones de Networkings destinadas a mujeres emprendedoras, autónomas y/o empresarias

Se realizarán 8 sesiones cada año, entre CEIM y CEPYME, bajo la modalidad de Networkings con las mujeres emprendedoras con el objetivo de poner en valor el emprendimiento en femenino y que versará sobre la exposición y presentación de las iniciativas emprendedoras de cada una de ellas, haciendo un análisis de sus dificultades y generando expertos para la puesta en marcha de acciones que mejoren y fomenten el emprendimiento en femenino fundamentalmente en zonas rurales.

En esta acción al menos participarán 10 personas en cada uno de los Networkings. Del mínimo de participantes, 100, se espera contar con la posibilidad de crear una publicación con al menos 20 casos de éxito de emprendimiento en femenino en zonas rurales para dar una visibilidad y por ende fomentar este colectivo, considerado más vulnerable dado a los índices de empleabilidad de las mujeres en el ámbito rural.

VII. Difusión y promoción del programa y las actividades emprendedoras

Cada año se realizará un plan de difusión/promoción del proyecto para llegar al colectivo destinatario de toda la Comunidad de Madrid, que se espera tenga un alcance de al menos 1.000.000 de impactos en la ciudadanía en general, tratando así de generar cultura emprendedora en la sociedad madrileña, así como difundir la importancia del desarrollo sostenible y la digitalización del tejido empresarial madrileño.

En la planificación de la difusión se utilizarán distintos soportes, recursos y medios para llegar a un mayor número de colectivo. Se diseñará una imagen de proyecto única que identifique el proyecto y que se insertará en todas las actividades a realizar. A partir de esta imagen se generarán distintas imágenes para el fomento de los distintos ejes temáticos en el que se basan las acciones, además se realizarán diversas campañas a lo largo de todo el proyecto.

El plan de difusión comprende las siguientes actuaciones:

Campañas de comunicación en medios externos

Se realizará una primera campaña de comunicación que difundirá el proyecto de manera genérica, coincidiendo con el arranque de las oficinas itinerantes. La inserción en los medios será seleccionada bajo dos criterios, uno medios locales de municipios de menos de 30.000 habitantes y dos medios específicos y especializados en el colectivo de autónomos. Será realizado por ATA, con la colaboración de CEPYME, en el año 2022 y de CEIM en el año 2023.

En el segundo semestre de 2022 se realizará una segunda campaña con la imagen del proyecto, destinada a fomentar la digitalización del colectivo autónomos y microempresarios, en este caso los medios elegidos serán similares a los elegidos en la primera campaña. La tercera campaña se ejecutará en el primer semestre del año 2023, destinada a fomentar la economía sostenible en el colectivo autónomos y microempresarios.

Las campañas tendrán una duración de 15 días, y se realizarán en los siguientes soportes de medios:

— Prensa tradicional/escrita, anuncios en distintos periódicos de tirada nacional, así como periódicos locales.

— Prensa digital, anuncios en periódicos digitales de ámbito nacional, así como en distintas plataformas de difusión.

— Radio, inserción de cuñas de radio en radios nacionales en la emisión local o por zonas geográficas.

— Inserción de mupis urbanos situados en poblaciones de menos de 30.000 habitantes.

Campañas de comunicación en redes sociales

Durante el segundo semestre del año 2022 y el primer semestre del año 2023 se desarrollarán campañas en las redes sociales, al menos 3 durante cada semestre indicado, realizadas por CEAJE. Las campañas en redes replicarán las imágenes creadas para la inserción en medios externos, por lo que se prevé realizar una campaña en redes coincidiendo con el lanzamiento de la primera campaña, una segunda acción que replique la información genérica del proyecto y una tercera que sea específica para el fomento de la digitalización del colectivo. Se espera alcanzar un impacto de 500.000 visualizaciones, siendo esto un objetivo mínimo.

Los medios digitales que se utilizarán para la campaña en redes serán: Facebook, Instagram, LinkedIn, Google ADS y Twitter.

Pudiendo insertar publicaciones e información en distintas plataformas de difusión de eventos, tales como eventbrite o plataformas para emprendedores y autónomos.

Comunicación y difusión del proyecto a través de medios propios

Las organizaciones ATA, CEPYME, CEIM y CEAJE utilizarán sus medios y canales de difusión propios para la comunicación del proyecto, así como la información de todas las actividades realizadas en el marco del presente Convenio Subvención. Por tanto, cada una de las organizaciones destinarán un Comunity Manager para la adaptación y su posterior difusión en las distintas herramientas de cada una de las entidades.

Se realizarán inserciones de información del proyecto en general, así como de todas sus actuaciones en las páginas web de ATA, CEPYME, CEIM y CEAJE. Las cuatro organizaciones insertarán un banner de la imagen del proyecto desde el primer trimestre de la anualidad, así como un área donde recoja toda la información y actividades del proyecto.

Asimismo se realizará un mailing a asociados y asociaciones pertenecientes a las cuatro organizaciones firmantes. Se realizarán al menos 3 envíos anuales con la información del proyecto, así como de las actuaciones que se llevarán a cabo en el marco del convenio.

Cuarta

Publicidad y difusión

Las actuaciones subvencionadas objeto de este convenio, así como cuanta publicidad se haga sobre el mismo deberán encontrarse debidamente identificadas de conformidad con las obligaciones que en materia de información, comunicación y publicidad determine la normativa interna y de la Unión Europea para el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, quedando obligadas las entidades beneficiarias de estas subvenciones a hacer mención en su publicidad del origen de esta financiación, velando por darle visibilidad, incluido, cuando proceda, mediante el emblema de la Unión y una declaración de financiación adecuada que indique “financiado por la Unión Europea-Next Generation EU”. Esta visibilidad se hará en particular cuando promuevan las acciones y sus resultados, facilitando información coherente, efectiva y proporcionada dirigida a múltiples destinatarios, incluidos los medios de comunicación y el público. Esta publicidad se realizará de conformidad con lo establecido en el Manual de Marca del Plan de Recuperación, que se incorpora al presente Convenio como Anexo I.

Los beneficiarios de las ayudas deberán dar publicidad a las ayudas recibidas en los términos del artículo 8.2 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información y Buen Gobierno, así como lo previsto en el artículo 3.1.b) de la Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y Participación de la Comunidad de Madrid, para las entidades privadas que perciban ayudas o subvenciones de las Administraciones Públicas de la Comunidad de Madrid para la financiación de sus actividades y funcionamiento ordinario, en caso de haber percibido durante el período de un año ayudas o subvenciones públicas en una cuantía superior a 60.000 euros o cuando al menos el 30 % del total de sus ingresos anuales tengan carácter de ayuda o subvención pública, siempre que alcancen como mínimo la cantidad de 5.000 euros. La Comunidad de Madrid está obligada a dar publicidad del otorgamiento de las ayudas en los términos del artículo 8.1.c) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información y Buen Gobierno.

Quinta

Obligaciones de ATA, CEPYME, CEIM y CEAJE

Las entidades ATA, CEPYME, CEIM y CEAJE ostentan la condición de beneficiarias de la subvención, y quedan obligadas a cumplir con el objeto del presente convenio, ejecutando las actuaciones previstas en el mismo.

Las entidades beneficiaras deberán justificar ante el órgano concedente o la entidad colaboradora, en su caso, el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determinen la concesión o disfrute de la subvención.

Con carácter previo a la concesión de la ayuda deberá acreditar que no concurre ninguna prohibición de las establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones, lo cual quedará acreditado mediante la presentación de la correspondiente declaración responsable.

Las entidades beneficiarias deberán hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.

Para ello deberán aportar el certificado de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Hacienda del Estado, expedido a efectos generales o de obtención de subvenciones. Este certificado se consultará de oficio por la Comunidad de Madrid cuando el interesado dé su autorización expresa.

Asimismo, deberán aportar el certificado de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social, expedido a efectos generales o de obtención de subvenciones. De acuerdo con lo establecido en el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la Comunidad de Madrid consultará u obtendrá, por medios electrónicos, la información relativa a dicho Certificado, salvo que conste su oposición expresa.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 29.5 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid, el órgano instructor aportará de oficio al expediente el certificado que acredite la inexistencia de apremio.

Igualmente, con carácter previo al pago de la subvención deberán acreditar que se ha realizado el plan de prevención de riesgos laborales a que se refiere el artículo 16 de la Ley 31/2015, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, tal y como exige el artículo 8.1.f) de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid.

Asimismo se deberá justificar ante la Dirección General de Autónomos y Emprendimiento, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, el cumplimiento de los requisitos y condiciones especificadas en el convenio, y el cumplimiento del objeto que determina la concesión de la subvención.

La ejecución de las actuaciones descritas en la cláusula tercera del convenio se desarrollará de forma conjunta entre las entidades beneficiarias. No obstante, en el cumplimiento del objetivo cuantitativo de informar, asesorar y acompañar al menos a 1.650 destinatarios finales cada una de las entidades beneficiarias alcanzará los siguientes compromisos:

— ATA deberá atender a 410 destinatarios finales, al menos 215 iniciativas emprendedoras en el año 2022 y 195 iniciativas emprendedoras en el año 2023.

— CEAJE deberá atender a 409 destinatarios finales, al menos 214 iniciativas emprendedoras en el año 2022 y 195 iniciativas emprendedoras en el año 2023.

— CEIM se compromete a atender a 416 destinatarios finales, al menos 222 iniciativas emprendedoras en el año 2022 y 195 iniciativas emprendedoras en el año 2023.

— CEPYME se compromete a atender a 414 destinatarios finales, al menos 220 iniciativas emprendedoras en el año 2022 y 195 iniciativas emprendedoras en el año 2023.

Las entidades beneficiarias se someten a lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el artículo 8 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid.

Las entidades beneficiarias deberán garantizar el respeto al principio de “no causar un perjuicio significativo al medioambiente” (principio “do no significant harm-DNSH”) y el etiquetado climático, conforme a lo previsto en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, en el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, y su normativa de desarrollo, así como con lo requerido en la Decisión de Ejecución del Consejo relativa a la aprobación de la evaluación del plan de recuperación y resiliencia de España (Council Implementing Decision-CID).

Del mismo modo, se nombrará a una persona como coordinador/a del convenio por parte de cada una de las entidades beneficiarias que será el interlocutor con la Consejería en lo referente al presente convenio.

Las partes quedan obligadas, durante toda la vigencia del Convenio, a la coordinación, colaboración y suministro de información recíproca que sea necesaria para la buena ejecución de lo estipulado en el Convenio.

De manera concreta, para el adecuado desarrollo de las actividades previstas en el presente convenio, son obligaciones de las entidades beneficiarias:

— La organización, desarrollo y ejecución de las actividades que tengan amparo en el presente convenio, y a la puesta a disposición de las instalaciones y personal que, para dicho cometido sea necesario.

— La justificación, ante la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo de la Comunidad de Madrid del mantenimiento del cumplimiento de los requisitos y condiciones tenidos en cuenta para el otorgamiento de la subvención durante la vigencia del convenio, así como de la realización de la actividad y del cumplimiento de la finalidad que determinen la concesión o disfrute de la subvención.

— El sometimiento a las actuaciones de comprobación a efectuar por la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo de la Comunidad de Madrid, así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, tanto nacionales como comunitarios, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones referidas a este convenio.

— La adopción de las medidas de difusión contenidas en el apartado 4 del artículo 18 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

— La conservación de los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control.

— El reintegro de la subvención en los supuestos contemplados en el artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Sexta

Subcontratación

A tenor de lo establecido en el artículo 29.2.o de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, y en el artículo 68 del Reglamento de desarrollo aprobado por Real Decreto 887/2006 de 21 de Julio, para la realización de las actividades objeto del convenio los beneficiarios asociados podrán subcontratar parcialmente la actividad en un porcentaje que no exceda del 50% del importe de la actividad subvencionada.

A los efectos de lo dispuesto en esta cláusula se entiende que un beneficiario subcontrata cuando concierta con terceros la ejecución total o parcial de la actividad que constituye el objeto de la subvención. Queda fuera de este concepto la contratación de aquellos gastos en que tenga que incurrir el beneficiario para la realización por sí mismo de la actividad subvencionada y que no constituyan el objeto propio de la entidad (por ejemplo, los gastos de imprenta).

En relación con la subcontratación de actividades se atenderá a lo establecido en el artículo 29 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, así como en el artículo 68 del Reglamento de desarrollo de esta.

Séptima

Periodo subvencionable e importe de la subvención

El periodo subvencionable comienza tras la firma del presente convenio y finaliza el 30 de septiembre de 2023.

El coste total del convenio asciende a 7.500.000 euros, repartido de forma proporcional de la siguiente forma:

1. El presupuesto de ATA asciende a 1.865.375,00 euros, estando dividido en 2 anualidades, presupuesto para 2022, 977.602,27 euros y para 2023 la cantidad de 887.772,73 euros.

2. El presupuesto de CEPYME asciende a 1.883.250,00 euros, estando dividido en 2 anualidades, presupuesto para 2022, 998.602,27 euros y para 2023 la cantidad de 884.647,73 euros.

3. El presupuesto de CEIM asciende a 1.892.250,00 euros, estando dividido en 2 anualidades, presupuesto para 2022, 1.007.602,27 euros y para 2023 la cantidad de 884.647,73 euros.

4. El presupuesto de CEAJE asciende a 1.859.125,00 euros, estando dividido en 2 anualidades, presupuesto para 2022, 971.352,27 euros y para 2023 la cantidad de 887.772,73 euros.

La aportación de la Comunidad de Madrid se llevará a cabo, con la partida 48200 de la Sección 13 del programa 241N del Centro Gestor 130140000, para 2021 y 120270000 en los años 2022 y 2023, con cargo a los Fondos Europeos procedentes del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.

Octava

Abono de la subvención

La Consejería de Economía, Hacienda y Empleo de la Comunidad de Madrid, abonará en el plazo de un mes, a partir de la firma del convenio, la cantidad de 1.977.579,54 euros, que tendrá la consideración de anticipos a cuenta, y supondrá la entrega de fondos con carácter previo a la justificación, como financiación necesaria para poder llevar a cabo los propósitos, actividades o proyectos inherentes a la subvención, no siendo necesaria la presentación de aval o garantía alguna.

El resto de abonos a cuenta, supondrán la realización de pagos fraccionados que responderán al ritmo de ejecución de las acciones subvencionadas, abonándose por cuantía equivalente a la justificación presentada. Para proceder a dicho abono las entidades tendrán que presentar una cuenta justificativa y memoria explicativa de las actuaciones subvencionadas llevadas a cabo, con un desglose de cada uno de los gastos incurridos en su desarrollo, con los justificantes de gasto y pago y demás documentos de valor probatorio que permitan acreditar el cumplimiento del objeto de la subvención pública. Además de ésta justificación, deberán presentarse los indicadores relacionados en el Anexo I del convenio.

Transcurridos 6 meses desde la firma del convenio, se abonará la cantidad de 1.582.063,64 euros y al finalizar el año 2022, la cantidad de 395.515,90 euros. El importe total de la anualidad del año 2022 asciende a 3.955.159,09 euros.

Los pagos correspondientes a la anualidad de 2023, por importe de 3.544.840,91 euros, se realizarán de la siguiente manera:

— La cantidad de 1.772.420,46 euros, en el plazo máximo de un mes iniciada la anualidad.

— La cantidad de 1.417.936,37 euros, transcurridos seis meses desde la fecha del inicio de la anualidad.

— La cantidad de 354.484,09 euros, al finalizar el año.

Con carácter previo a los pagos deberá aportarse la siguiente documentación:

— Declaración responsable de que no se halla incursa en ninguna de las prohibiciones que establece la ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

— Declaración responsable de encontrarse al corriente de las obligaciones por reintegro de subvenciones, de conformidad con el artículo 25 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

— Acreditación de que se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social y con la Hacienda de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con los artículos 14.1.e), 34.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y 8.e) de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid.

— Acreditación, en su caso, de haber realizado el Plan de Prevención de riesgos laborales a que se refiere el artículo 16 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre de Prevención de Riesgos Laborales.

A tal fin mediante la firma del presente convenio, las entidades firmantes autorizan a la Comunidad de Madrid a realizar las consultas necesarias para acreditar el pago de sus obligaciones con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, la Seguridad Social y la Hacienda de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con los modelos aprobados en la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Novena

Gastos subvencionables

Se consideran gastos subvencionables, aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, resulten estrictamente necesarios y se realicen en el plazo establecido.

1. Gastos directos.

Gastos en los que se incurra para la realización de la actividad objeto de la subvención, y que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la misma. Podrán alcanzar, como máximo, el importe total de la subvención. Habrán de suponer, al menos, el 97% del importe de la subvención, en cada uno de los ejercicios.

Estos gastos podrán incluir:

1.1. Gastos laborales de personal propio asignado a la gestión del convenio que sean necesarios para el desarrollo de la actividad. Será subvencionable un máximo del 45 % del importe total de los gastos directos.

Únicamente serán subvencionables los conceptos y cuantías salariales contemplados en el Convenio Colectivo aplicable, salvo que el conjunto de estos conceptos y cuantías salariales, en cómputo anual, sean inferiores a tres veces y media el salario mínimo interprofesional, en cuyo caso podrán ser subvencionables cuantías adicionales, siempre referidos a los conceptos contemplados en el Convenio Colectivo aplicable, hasta el citado límite.

En cualquier caso, no podrá imputarse al desarrollo de la acción los costes derivados de la incapacidad temporal del personal adscrito a la ejecución del convenio.

1.2. Gastos directos para estudios y trabajos técnicos necesarios para el desarrollo de la actividad objeto de la subvención. Estos gastos ascenderán como máximo a un 12 % del total del importe total de los costes directos.

1.3. Gastos directos de las actividades de promoción y difusión de las acciones formativas. Estos gastos ascenderán como máximo a un 40 % del importe total de los costes directos.

2. Gastos indirectos.

El porcentaje de coste indirecto que tendrá la consideración de subvencionable no podrá exceder del tres por ciento (3 %) del importe total de la subvención, en cada uno de los ejercicios.

Los costes indirectos o de funcionamiento general asociados a la administración del proyecto se definen como la parte proporcional de los gastos generales y administrativos de la entidad beneficiaria que, sin ser directamente imputables a la concreta actividad subvencionada, son necesarios para la realización de la misma, como por ejemplo los gastos de mantenimiento de la propia entidad (energía eléctrica, teléfono, gas, agua, alquiler, limpieza y asesoría), mantenimiento general, seguridad, supervisión, etc.

Estos costes habrán de imputarse por la entidad beneficiaria a la actividad subvencionada en la parte que razonablemente corresponda de acuerdo con los principios y normas de contabilidad generalmente admitidas y, en todo caso, en la medida en que tales costes correspondan al periodo en que efectivamente se realiza la actividad.

3. Gastos no subvencionables.

En ningún caso se subvencionarán los gastos financieros, de asesoría jurídica para la defensa civil, penal administrativa o de otra índole de las entidades beneficiarias, o financiera, los gastos notariales y registrales, los gastos periciales y los gastos de garantía bancaria, los intereses deudores de cuentas bancarias, los intereses, recargos y sanciones administrativas y penales, los gastos de procedimientos judiciales, indemnizaciones por despidos, los gastos y pagos que hayan sido realizados fuera de los periodos subvencionables, construcción y reforma de inmuebles e infraestructuras, y en general, todos aquellos gastos que no guarden relación con las actuaciones del presente convenio.

Los costes de dietas y desplazamientos serán no subvencionables al incluirse dentro del convenio elementos móviles que además de la difusión de las actuaciones a desarrollar se utilizarán para los desplazamientos de participación en las acciones.

No se podrá incluir como gasto subvencionable el importe del IVA deducible cuando la persona o entidad beneficiaria está obligada a realizar declaración del mencionado impuesto. La exención total o parcial del pago de este impuesto deberá acreditarse mediante fotocopia del certificado de la Agencia Tributaria y una declaración del representante legal respecto a su vigencia.

Décima

Justificación, control y seguimiento de la subvención

El régimen de gestión y justificación de la subvención será el establecido en el presente convenio, así como en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; en la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, así como en el artículo 72 del Reglamento de la ley General de Subvenciones, aprobado mediante el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.

La Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, la Intervención General de la Comunidad de Madrid, el Tribunal de Cuentas u otros órganos competentes podrán realizar las comprobaciones necesarias respecto al destino y aplicación de la subvención regulado en el presente convenio, quedando el beneficiario obligado a facilitar cuanta información le sea requerida al respecto, así como al resto de los extremos regulados en el artículo 12.4 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid.

ATA, CEPYME, CEIM y CEAJE quedan obligadas a destinar los fondos que se aporten en virtud del presente convenio, al conjunto de las actuaciones amparadas en este convenio, y acreditarlo ante la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, a través de la Dirección General de Autónomos y Emprendedores, quedando sujetas al cumplimiento de las demás obligaciones previstas en el artículo 8 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid.

Asimismo, quedarán sujetas a las obligaciones derivadas de la normativa de control material en materia de subvenciones, de conformidad con lo establecido en el artículo 8 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid, así como al control financiero de la Intervención General de la Comunidad de Madrid y a la fiscalización de la Cámara de Cuentas y otros órganos competentes, de acuerdo con el régimen de control de subvenciones regulado en la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid.

Las entidades firmantes presentarán documentación suficiente para posibilitar la trazabilidad de las acciones realizadas: hojas de firmas, documentación gráfica de los eventos, referencias en prensa, etc., además de los indicadores relacionados en el Anexo I del presente convenio. La presentación de dicha documentación será condición necesaria para los abonos de la subvención previstos en la cláusula sexta En este sentido, se deberá remitir a la Viceconsejería de Economía, a través de la Dirección General de Autónomos y Emprendimiento, bajo la responsabilidad del declarante, y al amparo del artículo 30.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, cuenta justificativa y memoria explicativa de las actividades realizadas por periodo, firmada y sellada por su representante legal, que hayan sido financiadas con cargo a la subvención concedida y su coste, con el desglose de cada uno de los gastos en los que se haya incurrido, y acompañada de las facturas y demás documentos de valor probatorio equivalente que acrediten los gastos reflejados en ella, además de los indicadores relacionados en el Anexo I del presente convenio.

El incumplimiento de lo establecido en este convenio, así como en las demás disposiciones aplicables en materia de subvenciones, en particular el artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, darán lugar, a la vista de la naturaleza y causas del incumplimiento, a la obligación de reintegrar, total o parcialmente, las cantidades percibidas, así como la exigencia del interés de demora desde la fecha del pago de la subvención hasta que se acuerde la procedencia del reintegro de la misma.

Asimismo, se procederá al reintegro, conforme a lo previsto en el artículo 37.4 del Real Decreto-Ley 36/2020, de 30 de diciembre, en caso de incumplimiento de hitos y objetivos, calendario o cualquier otro aspecto relacionado con la normativa del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Procederá la revocación de la subvención, así como el reintegro de las cantidades percibidas y la exigencia de interés de demora desde el momento del pago de la subvención en los términos y cuantía establecidos en el artículo 32 de la Ley Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid, en los casos previstos en el artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Si se produjera la extinción del presente convenio por transcurso del periodo de vigencia u otras causas previstas, o se produjera la disolución de las entidades o la resolución anticipada del convenio, el importe de la subvención no aplicado al desarrollo de las actuaciones previstas, se reintegrará a la Comunidad de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid y el artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Undécima

Compatibilidad de las ayudas

Esta ayuda será compatible con otras, cualquiera que sea su naturaleza y la Administración o entidad que las conceda, siempre que le importe de las mismas no supere, aisladamente o en concurrencia con otras, el coste de la actividad a desarrollar.

De acuerdo con el artículo 17.3 l) de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión, y en todo caso, la obtención concurrente de otras subvenciones concedidas podrá dar lugar a la modificación de la subvención otorgada.

Las entidades beneficiarias deberán declarar las ayudas que hayan solicitado u obtenido para el mismo fin, tanto al iniciarse el expediente administrativo como en cualquier momento del procedimiento en que ello se produzca.

Duodécima

Protección de datos de carácter personal

En cumplimiento de la normativa vigente en materia de protección de datos de carácter personal, los datos de carácter personal que se faciliten en virtud del presente convenio, así como cualesquiera otros que sean facilitados a largo de la relación que en el mismo se establece, serán tratados de conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales, que adapta el ordenamiento jurídico español al Reglamento Europeo (UE) 2016/679 de Protección de Datos (“RGPD”), y serán utilizados por cada una de las partes única y exclusivamente, para la gestión y cumplimiento adecuado de las relaciones que en el convenio se establecen.

Las partes firmantes no harán uso de los datos o de la información suministrada por los destinatarios finales del programa fuera del ámbito de éste, garantizado en todo caso la privacidad y confidencialidad, velando para que no pueda ser utilizada para ninguna otra finalidad distinta a la expresamente prevista.

Las partes informarán a los destinatarios finales del programa a cerca del tratamiento de sus datos personales de contacto con el fin de que pueda participar en el programa. El beneficiario podrá ejercer, entre otros los derechos de acceso, cancelación, oposición y rectificación de sus datos dirigiéndose por escrito a los responsables del tratamiento.

Decimotercera

Régimen jurídico

El presente convenio tiene naturaleza administrativa y queda sometido al régimen jurídico de convenios previsto en el Capítulo VI del título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Las controversias se someterán a los Juzgados y Tribunales del orden jurisdiccional contencioso-administrativo competentes.

Asimismo es de aplicación a este convenio la normativa vigente en materia de subvenciones, en concreto la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, y demás normativa de desarrollo, así como aquella que le sea aplicable por el carácter económico-financiero del mismo.

En la medida de que estos proyectos se enmarcan en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, será de aplicación lo establecido en el Real Decreto-Ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que aprueban las medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia; la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y en la Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la que se establece el procedimiento y formato de la información a proporcionar por las Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local para el seguimiento del cumplimiento de hitos y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los componentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Asimismo, resulta aplicable lo previsto en el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021.

Decimocuarta

Plazo de vigencia del convenio y extinción

El presente convenio entrará en vigor el día siguiente de su firma y tendrá una vigencia hasta el 30 de diciembre de 2023.

El presente convenio se extinguirá por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto o por incurrir en causa de resolución y, en concreto, por las causas establecidas en el artículo 51 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

En prueba de conformidad, se formaliza y firma de forma sucesiva el presente convenio, con los respectivos certificados electrónicos, con los efectos que en el mismo se estipulan a partir de la fecha de firma, considerándose firmado en Madrid, en la fecha en que se encuentre consignada la última firma de las partes.

Madrid, a 29 de diciembre de 2021.—En representación de la Comunidad de Madrid, Manuel Llamas Fraga.—En representación de ATA, Lorenzo Amor Acedo.—En representación de CEPYME, Gerardo Cueva Valdivia.—En representación de CEIM, Miguel Garrido de la Cierva.—En representación de CEAJE, Fermín Albaladejo Cabada.





















































(03/35.456/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.29.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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