Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 310

Fecha del Boletín 
29-12-2021

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20211229-57

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 53

57
Madrid número 53. Procedimiento 68/2021

EDICTO

Don César Luis Illanas Merino, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 53 de Madrid.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 68/2021, instados por la procuradora doña Pilar Cendrero Mijarra, en nombre y representación de doña Paloma Ortega Nido y doña Josefa Ortega Nido contra herederos de don Pedro Cuervo Trens y de doña Dolores Benito Carrascosa, en los que se ha dictado en fecha 30 de noviembre de 2021, sentencia, que se encuentra a disposición de las partes en la oficina del Juzgado para que pueda tener conocimiento íntegro de su contenido.

Frente a la misma cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días desde su notificación ante este Juzgado, debiéndose constituir en tal caso el depósito de 50 euros previsto en la disposición adicional decimoquinta de la LOPJ.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado herederos de don Pedro Cuervo Trens y de doña Dolores Benito Carrascosa, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada sentencia por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Esta publicación edictal se realiza en la forma establecida en las leyes procesales y adaptada al Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 y la Instrucción número 6/2012, de la Secretaría General de la Administración de Justicia.

En Madrid, a 30 de noviembre de 2021.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/34.239/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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