Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 310

Fecha del Boletín 
29-12-2021

Sección 1.2.29.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20211229-5

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO

5
ORDEN de 14 de diciembre de 2021, del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se aprueba y publica el programa, regulación y duración del curso selectivo para el ingreso en el Cuerpo de Subinspección Sanitaria, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A2, de la Comunidad de Madrid, previsto en la Orden 2082/2018, de 12 de noviembre, de la Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno.

Mediante Orden 2082/2018, de 12 de noviembre, de la Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 29 de noviembre), se convocaron pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo de Subinspección Sanitaria, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A2, de la Comunidad de Madrid.

La base octava de la citada Orden establece que los aspirantes que superen la fase de oposición habrán de realizar un curso selectivo, de carácter obligatorio y eliminatorio, cuya organización corresponderá a la Dirección General de Inspección y Ordenación de la Consejería de Sanidad (en la actualidad Dirección General de Ordenación e Inspección Sanitaria) con la debida coordinación y dentro del marco de competencias asignadas a la Dirección General de Función Pública, cuyo programa, regulación y duración concreta, se establecerá por Orden de la Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno (competencia actualmente atribuida a la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo).

En cumplimiento de lo anteriormente expuesto, y de conformidad con lo previsto en el artículo 2.bis del Decreto 74/1988, de 23 de junio, por el que se atribuyen competencias entre los órganos de Administración de la Comunidad, de sus organismos autónomos, órganos de gestión y empresas públicas en materia de personal y con lo establecido en el Decreto 234/2021, de 10 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, se procede, a través de la presente orden, a publicar el programa, regulación y duración del curso selectivo de referencia.

En virtud de cuanto antecede,

DISPONGO

Primero

Objetivo general

La finalidad primordial del curso selectivo es la adquisición por los aspirantes a ingresar en el Cuerpo de Subinspección Sanitaria, de Administración Especial, de la Comunidad de Madrid, de habilidades y conocimientos, tanto teóricos como prácticos, que complementen los adquiridos durante la oposición, en orden a garantizar su preparación específica para el ejercicio de las funciones propias del Cuerpo.

Segundo

Duración y programa

1. Duración: El curso selectivo tendrá una duración de 109 horas lectivas.

2. Programa: el programa, propuesto por la Dirección General de Inspección y Ordenación Sanitaria, estará integrado por los siguientes módulos, con la duración que igualmente se expresa:

— Módulo 1. “Incapacidad temporal y permanente”: 3 horas.

— Módulo 2. “Programa ITWEB”: 5 horas y 30 minutos.

— Módulo 3. “Reclamaciones patrimoniales. Reintegro de gastos”: 4 horas y 30 minutos.

— Módulo 4. “Expedientes disciplinarios. Unidad de Valoración de Enfermedades Profesionales”: 4 horas y 30 minutos.

— Módulo 5. “Autorización e inspección de Centros, Servicios y Establecimientos Sanitarios”: 5 horas y 30 minutos.

— Módulo 6. “Evaluación de servicios sanitarios”: 5 horas y 30 minutos.

— Módulo 7. “Subdirección General de Inspección y Ordenación Farmacéutica”: 5 horas y 30 minutos.

— Módulo 8. “Prácticas en la Subdirección General de Autorización y Acreditación de Centros, Servicios y Establecimientos Sanitarios”: 35 horas.

— Módulo 9. “Prácticas en la Subdirección General de Inspección Sanitaria y Evaluación: Inspección sanitaria, evaluación sanitaria, responsabilidad patrimonial, sistemas de información, Unidad Técnica IT Personal de la Comunidad de Madrid y UVEP”: 5 horas.

— Módulo 10. “Prácticas en Inspección Sanitaria de Área”: 35 horas.

En las prácticas en las que se prevea la separación de los alumnos del grupo de aspirantes, la asignación de los lugares de realización de las prácticas, y en su caso turnos, podrá llevarse a cabo mediante acuerdo entre ellos, según preferencias. No obstante, en caso de discrepancia, se procederá a la ordenación de los alumnos, para la elección de prácticas, por orden alfabético partiendo de la letra “D”, de conformidad con la Resolución de 12 de mayo de 2017, de la Dirección General de Función Pública, por la que se hace público el resultado del sorteo efectuado con objeto de determinar el orden de actuación de los aspirantes en los procesos selectivos derivados de la oferta de empleo público de la Comunidad de Madrid para el año 2017 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de 13 de junio).

Tercero

Régimen académico

Será obligatoria la asistencia a las clases y actividades que se organicen en el desarrollo del curso. El incumplimiento de este requisito, salvo causas justificadas valoradas por la Dirección General de Inspección y Ordenación Sanitaria, originará la imposibilidad de concurrir a las pruebas que se realicen y, por tanto, la pérdida del derecho a ser nombrado funcionario de carrera.

Los aspirantes que no pudieran realizar el curso selectivo por causa de fuerza mayor, debidamente justificada y apreciada por la Dirección General de Función Pública, podrán participar, por una sola vez, en el curso inmediatamente posterior, intercalándose en el lugar correspondiente a la puntuación obtenida.

Cuarto

Régimen disciplinario

Durante la realización del curso selectivo los aspirantes, que previamente habrán sido nombrados funcionarios en prácticas, estarán sometidos a la normativa sobre régimen disciplinario aplicable a los funcionarios, sin perjuicio de las normas especiales que regulen su procedimiento de selección.

El incumplimiento injustificado de las obligaciones académicas por parte de los aspirantes supondrá la pérdida de los derechos adquiridos, sin perjuicio de los efectos que puedan derivarse del régimen disciplinario.

Quinto

Sistema de evaluación

Sin perjuicio de las obligaciones académicas anteriormente expuestas y de conformidad con lo dispuesto en la base octava de la Orden 2082/2018, de 12 de noviembre, a efectos de la superación del curso, los aspirantes deberán aprobar todas las asignaturas o materias que lo componen, así como las diferentes actividades prácticas. En caso contrario, se considerará que el aspirante no ha superado el curso y perderá el derecho a su nombramiento como funcionario de carrera, mediante Resolución motivada de la Dirección General de Función Pública.

Para superar el curso los aspirantes deberán realizar una prueba de carácter teórico-práctico propuesta por el tribunal calificador, que será calificada por dicho órgano de selección como “apta” o “no apta”. No se entenderá superado el curso si la calificación obtenida es “no apta”, perdiendo el aspirante el derecho al su nombramiento como funcionario de carrera mediante Resolución motivada de la Dirección General de Función Pública, a propuesta del Tribunal Calificador.

Desde el último día lectivo hasta la fecha de realización de la prueba teórico-práctica deberán transcurrir, al menos, dos días hábiles. La fecha definitiva, hora y lugar de la prueba serán comunicados a los alumnos durante el desarrollo del curso selectivo.

Finalizado el curso selectivo, el Tribunal Calificador hará pública, en los términos expresados en el último párrafo de la base 6.5 de la Orden 2082/2018, de 12 de noviembre, la relación de los aspirantes que lo hayan superado.

Sexto

Sesión inaugural

A los efectos de dar inicio al curso selectivo se convoca a todos los aspirantes que han superado la oposición del proceso de referencia a que comparezcan el día 27 de enero de 2022, a las diez horas, en la sede de la Consejería de Sanidad, sita en la calle Sagasta, número 6, 28004 (Madrid).

Séptimo

Lugares de impartición

— El curso selectivo se impartirá, en atención a los módulos de que consta el mismo, en los lugares que se indican a continuación:

— Módulos I, II, III, IV, V, VI, VII y IX: Se celebrarán en la sede de la Consejería de Sanidad sita en la calle Sagasta, número 6, 28004 (Madrid).

— Módulos VIII y X: El lugar de desarrollo de las prácticas correspondientes a estos módulos será comunicado a los alumnos durante el curso selectivo.

Si las características propias de alguna de las clases previstas o circunstancias sobrevenidas, lo hicieran necesario, podrá establecerse otro lugar de impartición previa comunicación a los aspirantes con la suficiente antelación.

Octavo

Recursos procedentes

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, o bien directamente, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso Administrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente en derecho. Todo ello, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Madrid, a 14 de diciembre de 2021.—El Consejero de Hacienda y Función Pública, P. D. (apartado primero, punto 3, de la Orden de 6 de julio de 2020, BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 16 de julio de 2020), el Viceconsejero de Hacienda, José Ramón Menéndez Aquino.

(03/34.615/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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