Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 309

Fecha del Boletín 
28-12-2021

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20211228-79

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE GALAPAGAR

RÉGIMEN ECONÓMICO

79
Galapagar. Régimen económico. Ordenanza fiscal tasa utilización dominio público

Transcurrido el plazo de exposición al público del acuerdo provisional de modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local, adoptado por el Pleno en sesión de 28 de octubre de 2021, y no habiéndose presentado reclamaciones, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, el citado acuerdo provisional queda elevado a definitivo.

Se reproduce a continuación la modificación aprobada, introduciendo la siguiente disposición transitoria:

DISPOSICIÓN TRANSITORIA ÚNICA

“Suspender temporalmente para el ejercicio 2022 la vigencia de la tasa por ocupación o utilización privativa del dominio público mediante mesas y sillas, correspondiente al hecho imponible del artículo 2, epígrafe d), de la ordenanza fiscal de referencia, para paliar los efectos negativos sobre la hostelería local de las medidas de confinamiento decretadas por la pandemia COVID-19”.

Esta modificación entrará en vigor el día 1 de enero de 2022 tras su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Contra la aprobación definitiva de la ordenanza se podrá interponer un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación del texto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, todo ello de acuerdo con lo que dispone la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

En Galapagar, a 27 de diciembre de 2021.—El alcalde-presidente, Alberto Gómez Martín.

(03/35.202/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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