Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 304

Fecha del Boletín 
22-12-2021

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20211222-66

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCOBENDAS

CONTRATACIÓN

66
Alcobendas. Contratación. Mesa contratación permanente

En relación a la organización administrativa y funcionamiento del Ayuntamiento de Alcobendas, por la Junta de Gobierno Local, en uso de las atribuciones legalmente conferidas, se ha dictado la resolución que seguidamente se detalla:

“8/430. Propuesta de resolución sobre modificación de la composición de la Mesa de Contratación Permanente del Ayuntamiento de Alcobendas.

Vista la Propuesta de Resolución suscrita por D.a Cristina Serrano García, Subdirectora General de Contratación y Compras, de fecha diecinueve de noviembre de dos mil veintiuno y elevada a esta Junta de Gobierno por el Concejal Delegado de Recursos Humanos, Contratación y Patrimonio, D. Rogelio Mallorquín García, con el siguiente tenor literal:

“Con fecha 9 de junio de 2020, la Junta de Gobierno Local acordó la Constitución y Composición de la Mesa Permanente de Contratación del Ayuntamiento de Alcobendas.

Vistas las modificaciones necesarias con motivo de atender a los traslados de personal, garantizar el quorum de las convocatorias, así como ampliar las sustituciones que permitan una mayor agilidad y reparto de trabajos en la Secretaría de la Mesa, se propone a la Junta de Gobierno Local, en ejercicio de las competencias a este órgano atribuidas en el artículo 127 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local, la adopción del siguiente acuerdo:

Primero.—Aprobar la composición de la Mesa Permanente de Contratación del Ayuntamiento de Alcobendas, formada por los siguientes miembros:

Presidencia:

— Titular: D.a Cristina Serrano García, Subdirectora General de Contratación y Compras.

— Suplente primera: D.a Angelina Peñas Esteban, Técnico de Contratación.

— Suplente segunda: D.a Soledad López de Solé Casanova, Técnico de Contratación.

Vocal jurídico:

— Titular D. Rafael Reñones Navarro, Director General de Asesoría Jurídica.

— Primer Suplente: D. Martín Mayor Barba, Jefe de la Asesoría Jurídica.

— Segunda Suplente: D.a Erika Rojas Mendoza, Letrado Consistorial.

— Tercer suplente: D. Joaquín Emilio Tejeiro Trompeta, Letrado Consistorial.

Vocal de intervención:

— Titular: D.a Beatriz Rodriguez Puebla, Interventora General.

— Primera Suplente: D.a Mercedes Toledo Arellano, Técnico de Fiscalización.

— Segunda Suplente: D.a Florencia Sánchez Bordallo, Técnico de Fiscalización.

— Tercer suplente: D. Javier Pinillos Sanz, Técnico de Fiscalización.

— Cuarto suplente: D.a Natalia López Sacristán, Técnico de Fiscalización.

Vocal técnico:

— El empleado público municipal responsable del centro gestor o servicio promotor del expediente o personal en quien delegue.

Secretaría de la mesa:

— Titular: D.a Judith N’Kulu Matesanz, Administrativo de Contratación.

— Primera suplente: D.a Santiaga Cilleros Galán, Auxiliar Administrativo de Contratación.

— Segunda suplente: D.a María José Medina Morán, Auxiliar Administrativo de Contratación.

— Tercera suplente: D.a Isabel Montañez Torrente, Auxiliar Administrativo de Contratación.

— Cuarta suplente: D. Salvador Ramos Ferreiro, Auxiliar Administrativo de Contratación.

— Quinto suplente: D.a Dolores Vega Barriga, Administrativo de Contratación.

— Sexto suplente: D.a Eva González García, Auxiliar Administrativo.

— Séptimo suplente: D. Julián Campos Toribio, Auxiliar Administrativo de Contratación.

Segundo.—Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional segunda de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, y en el artículo 21 del RD 817/2009”.

Alcobendas, a 10 de diciembre de 2021.—El alcalde-presidente, Aitor Retolaza Izpizua.

(03/34.005/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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