Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 304

Fecha del Boletín 
22-12-2021

Sección 1.4.34.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20211222-55

Páginas: 4


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE

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ORDEN 1482/2021, de 3 de diciembre, de la Consejera de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se delimita el entorno de protección del Palacio Bauer (Escuela Superior de Canto y Sociedad de Amigos de la Música), en Madrid, declarado monumento histórico-artístico.

Mediante Decreto de 2 de marzo de 1972 (“Boletín Oficial del Estado” de 21 de marzo de 1972), fue declarado monumento histórico-artístico el Palacio de Bauer, en Madrid. En el expediente tramitado por el Ministerio de Educación y Ciencia (actual Ministerio de Cultura y Deporte) no consta delimitación de entorno de protección del monumento.

La vigente Ley 3/2013, de 18 de junio, de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid, en su disposición transitoria segunda, establece que “mediante Orden de la Consejería competente en materia de patrimonio histórico se podrá definir el entorno de aquellos bienes inmuebles declarados de Interés Cultural o incluidos en el Inventario cuyo entorno no hubiera sido establecido expresamente a la fecha de entrada en vigor de esta Ley”.

Considerando lo anterior, con base en la propuesta técnica emitida por el Área de Catalogación de Bienes Culturales, a efectos de permitir una adecuada percepción y comprensión cultural del ámbito que rodea el bien inmueble, tal y como se define en el artículo 4.1 de la citada Ley 3/2013, la Dirección General de Patrimonio Cultural, por Resolución de 28 de abril de 2021, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 13 de mayo del mismo año, incoa expediente de delimitación del entorno de protección del citado inmueble.

En cumplimiento de dicha Resolución, se notifica a los interesados, a los efectos procedentes y al Ayuntamiento de Madrid, interesándole su exhibición en su tablón de anuncios por el plazo de un mes y se solicita informe a la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando.

Igualmente, se abre un período de información pública por plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y se concede audiencia por el mismo plazo a los interesados, al Ayuntamiento de Madrid, y al Consejo Regional de Patrimonio Histórico, a fin de que cualquier interesado pueda examinar el expediente y presentar las alegaciones que estime oportunas.

Asimismo, se notifica al Registro General de Bienes Culturales del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y al Registro de Bienes de Interés Cultural de la Comunidad de Madrid, quedando anotado preventivamente en los respectivos registros con los códigos 6577 (R-I-51-0003869) y RBIC-1972-000001.

En el expediente se han cumplimentado todos los trámites previstos de conformidad con lo establecido en el artículo 7 y concordantes de la Ley 3/2013, de 18 de junio, de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid.

En su reunión de 13 de mayo de 2021, el Pleno del Consejo Regional de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid muestra su conformidad por unanimidad de sus miembros, con la resolución de la Directora General de Patrimonio Cultural de 28 de abril de 2021 por la que se incoa expediente para la delimitación del entorno de protección del Palacio Bauer, en Madrid, declarado monumento histórico-artístico mediante Decreto de 2 de marzo de 1972.

No figura que la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando haya emitido informe por lo que de conformidad con el artículo 7.3 de la Ley 3/2013, de 8 de junio, el mismo se entiende en sentido favorable a la delimitación del entorno de protección del bien, y no consta que se hayan presentado alegaciones, por lo que se reitera la propuesta técnica inicial.

En el ejercicio de las competencias que tengo atribuidas, de acuerdo con lo previsto en el Decreto 229/2021, de 13 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y conforme a la disposición transitoria segunda de la Ley 3/2013, de 18 de junio, de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid,

DISPONGO

Primero

Declarar el entorno de protección del Palacio Bauer (Escuela Superior de Canto y Sociedad de Amigos de la Música), en Madrid, declarado monumento histórico-artístico, de acuerdo con lo dispuesto en el Anexo de la presente Orden.

Segundo

Practicar la correspondiente inscripción en el Registro de Bienes de Interés Cultural de la Comunidad de Madrid, de la que se librará oportuna certificación al Ministerio de Cultura y Deporte.

Tercero

La presente Orden producirá efectos el día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 3 de diciembre de 2021.

La Consejera de Cultura, Turismo y Deporte, MARTA RIVERA DE LA CRUZ

ANEXO

DELIMITACIÓN DEL ENTORNO DE PROTECCIÓN DEL PALACIO DE BAUER, EN MADRID

A. Justificación del entorno de protección

La declaración del entorno de protección del bien de interés cultural se fundamenta en la protección del monumento en su consideración de hito cultural e histórico para su puesta en valor, para velar por la adecuación de las futuras intervenciones urbanísticas y arquitectónicas, y para evitar la alteración de los valores ambientales asociados a la percepción del monumento, así como las posibles perturbaciones de su correcta visualización. La declaración de este entorno persigue en definitiva la correcta protección, percepción y comprensión cultural del bien declarado.

B. Descripción literal del entorno

Parcelas catastrales incluidas en el entorno de protección:

Manzana 01539, parcelas 04, 05, 06, 07, 08, 09.

Manzana 01536, parcelas 01, 10, 11, 12 parcialmente.

Manzana 01528, parcela 01 parcialmente.

Manzana 01523, parcela 01.

Manzana 00524, parcela 04 parcialmente.

Manzana 00533, parcelas 05 y 06 parcialmente.

Espacios públicos incluidos en el entorno de protección:

Calle San Bernardo del número 40 al 48, entre la Travesía de las Pozas y la calle de la Manzana.

Calle de las Pozas del número 2 hasta el 10, entre la calle de Tesoro y la calle del Pez.

Calle de los Reyes, parte final.

Calle del Pez, parte inicial desde la calle San Bernardo.

C. Justificación de la extensión del entorno de protección

El entorno incluye parcialmente las calles de San Bernardo, del Pez, de las Pozas y de los Reyes, que rodean al palacio, por ser espacios públicos desde donde se contempla directamente el monumento. Se incluyen tanto los espacios públicos como las edificaciones que conforman la perspectiva desde las calles. Las parcelas catastrales que se incluyen completas o parcialmente son las que rodean al monumento y por tanto constituyen una parte importante en la correcta percepción del mismo.

De los grandes edificios institucionales de la calle San Bernardo se incluyen solamente las partes próximas al Palacio de Bauer, en las que las actuaciones que se realizaran pudieran afectar a su percepción.

La percepción del monumento desde la calle San Bernardo afecta de la manzana 00533 a las parcelas 05, 06; de la manzana 00524 a la parcela 04, de la manzana 01523 a la parcela 01, de la manzana 01539 a las parcelas 08, 09.

La percepción desde la calle del Pez afecta de la manzana 01539 a las parcelas 05, 06, 07; de la manzana 01528 a la parcela 01; de la manzana 01523 a la parcela 01.

La percepción desde la calle de las Pozas afecta de la manzana 01539 a las parcelas 04, 05, 06, 07; de la manzana 01536 a las parcelas 01, 10, 11, 12.

La percepción desde la calle de los Reyes afecta de la manzana 00524 a la parcela 04, de la manzana 00533 a la parcela 05.

La inclusión de estas parcelas, que afectan directamente a la percepción del monumento, tiene como objetivo que futuras actuaciones que puedan llevarse a cabo en fachadas y volúmenes, hayan de ser autorizadas por esta Dirección General de Patrimonio Cultural conforme a lo establecido en la normativa vigente.

D. Plano de delimitación del entorno

Se adjunta plano de delimitación del monumento y su entorno de protección.

(03/34.038/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.34.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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