Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 301

Fecha del Boletín 
18-12-2021

Sección 1.4.27.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20211218-3

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDADES, CIENCIA Y PORTAVOCÍA

3
ADENDA de 1 de diciembre de 2021, de prórroga y modificación del Convenio específico de colaboración entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía) y la Universidad Carlos III de Madrid, para la realización de un proyecto de investigación para la innovación tecnológica y explotación de la información de la gestión educativa.

REUNIDOS

De una parte, el Excmo. Sr. D. Enrique Ossorio Crespo, Consejero de Educación, Universidades, Ciencia y Portavoz del Gobierno de la Comunidad de Madrid, en virtud de nombramiento efectuado por Decreto 44/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 146, de 21 de junio) por el que se nombra Consejero de Educación, Universidades, Ciencia y Portavoz del Gobierno, y de conformidad con las competencias atribuidas por el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, el artículo 4 de la Ley 8/1999, de 9 de abril de adecuación de la normativa de la Comunidad de Madrid a la Ley 4/1999 y el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.

De otra parte, el Excmo. Sr. D. Juan Romo Urroz, Rector Magnífico de la Universidad Carlos III de Madrid, nombrado por Decreto 14/2019, de 26 de marzo, del Consejo de Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 28 de marzo de 2019), actuando en nombre y representación de la misma, en virtud de las facultades que le confieren los estatutos de la Universidad Carlos III de Madrid, aprobados por Decreto 1/2003, de 9 de enero (“Boletín Oficial del Estado” de 22 de septiembre de 2003).

Ambas partes tienen y acreditan la capacidad legal necesaria para formalizar la presente adenda de prórroga al Convenio, y en su virtud

MANIFIESTAN

El pasado 22 de junio de 2018 se suscribió por ambas partes un Convenio específico de colaboración con vigencia hasta el 31 de diciembre de 2018, cuyo objeto es colaborar en la realización de un proyecto de investigación que permita el análisis de datos relativos a la comunidad educativa en la Comunidad de Madrid para llevar a cabo acciones de investigación y desarrollo que comporten actuaciones conjuntas, finalizando su vigencia el 31 de diciembre de 2018.

Con fecha 26 de diciembre de 2018 se firmó la Adenda de modificación y prórroga del citado convenio de colaboración.

Con fecha 17 de diciembre de 2019 se firmó nueva Adenda de modificación y prórroga del citado convenio de colaboración.

Con fecha 14 de diciembre de 2020 se firmó nueva Adenda de modificación y prórroga del citado convenio de colaboración.

El programa Accede, sistema de préstamo de libros de texto y material curricular de la Comunidad de Madrid se ha implantado con carácter universal en el curso 2019/2020. Además, el 1 de noviembre de 2019 entró en vigor el acuerdo marco para la adquisición de los libros de texto y material curricular. Y para el curso 2021/2022 se ha incrementado en 98.000 alumnos las adhesiones al Programa Accede respecto al primer año de implantación. Por otro lado, el artículo 7.2 de la Ley 7/2017, de 27 de junio, de Gratuidad de los Libros de Texto y el Material Curricular de la Comunidad de Madrid, establece la obligación de elaborar anualmente a través de la Comisión de Seguimiento, un informe que, como mínimo, refleje la asignación presupuestaria destinada al sistema de préstamo y una memoria estadística que refleje el número de alumnos adheridos al sistema y los libros de texto y el material curricular adquiridos en cada curso con desglose de los que lo hayan sido por vencimiento de su plazo de vigencia o por necesidades de reposición.

Todo ello justifica, entre otras razones, la necesidad de continuar el análisis con nuevos datos consecuencia de la universalización del sistema de préstamo de libros, además de la existencia de nuevos alumnos matriculados y adheridos al programa en el citado curso y la adhesión de los colegios concertados. El banco de libros en los centros educativos está compuesto por 3.838.208 de ejemplares y 1.170.297 dados de baja por obsolescencia por lo que es preciso hacer un seguimiento de las necesidades académicas y analizar el impacto del programa en las familias (388.052 estudiantes en el curso 2021/2022) y en los centros, lo que hace necesaria una actualización de estadísticas y evaluación.

Para garantizar la conservación, actualización y mejora del software necesario para el programa Accede se mantiene la obligación de la universidad de presentar un informe estadístico en el que se consignarán los datos referidos en el apartado segundo de esta adenda referidos al curso 2021/2022.

Por las razones anteriormente expuestas ambas partes consideran que debe procederse a la prórroga del citado convenio al subsistir las causas que dieron origen al mismo, a cuyo efecto,

ACUERDAN

Primero

Objeto

Prorrogar hasta el 31 de diciembre de 2022 el convenio de colaboración suscrito el 22 de junio de 2018, modificado el 26 de diciembre de 2018, el 17 de diciembre de 2019 y el 14 de diciembre de 2020, de acuerdo con lo establecido en el apartado h).2.o del artículo 49 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, que continuará aplicándose en sus mismos términos con las particularidades previstas en las cláusulas siguientes.

Segundo

Modificación del convenio

Modificar las cláusulas segunda, tercera y cuarta del convenio suscrito el 22 de junio de 2018 en el siguiente sentido:

«Segunda. Compromiso de las partes

Se modifica el apartado segundo de la presente cláusula para adaptarla al curso 2021/2022, que quedaría redactado como sigue:

Además, en el mes de junio de 2022, la universidad entregará un primer informe con los datos estadísticos de alumnos adheridos y los materiales adquiridos y prestados por cada centro y su obsolescencia dentro de dicho programa, correspondientes al curso 2021/2022. Con anterioridad al mes de diciembre de 2022, la Universidad Carlos III de Madrid presentará una memoria global de las actividades desarrolladas, el gasto generado y los resultados obtenidos, y un informe estadístico que reflejará, al menos, el análisis pormenorizado de los alumnos adheridos al programa ACCEDE, los materiales adquiridos y prestados por los centros dentro de dicho programa; las necesidades de reposición de los centros que no correspondan con el calendario de implantación del programa sino a otras necesidades excepcionales, distribuidos por tipo de enseñanza y niveles educativos y el importe utilizado para su financiación por cada centro y nivel educativo.

Tercera. Financiación

Se modifica el párrafo segundo de esta cláusula para adaptar el ejercicio presupuestario a la ejecución del convenio, quedando redactado del siguiente modo:

Esta cuantía será abonada con cargo a la partida 22804 del programa 323M del Presupuesto de Gastos de la Comunidad de Madrid con el siguiente desglose:

— Ejercicio 2021: 0 euros.

— Ejercicio 2022: 166.405,25 euros.

La Universidad Carlos III de Madrid aportará la cantidad de 25.000 euros (IVA incluido), destinada a gastos asociados al proyecto (uso de instalaciones, material fungible aportado por la Universidad, asistencia administrativa de su personal etc., con cargo a su presupuestario ordinario de gastos de personal y funcionamiento.

La aportación económica de la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía será ingresada en la cuenta de titularidad de la Universidad Carlos III de Madrid que se facilitará al efecto.

En ningún caso la participación de las personas que colaboren en la ejecución y desarrollo de este convenio implicará relación laboral, ni prestación de servicios a la Comunidad de Madrid.

Cuarta. Libramiento de fondos

La aportación económica de la Comunidad de Madrid para el pago de los conceptos financiados, será abonada a la Universidad Carlos III en tres pagos: el primero de ellos, por importe de ochenta y tres mil doscientos dos euros con veinticinco céntimos (83.202,25 euros), a la presentación del proyecto de actividades a realizar que tendrá lugar dentro del mes de la firma de esta adenda, el segundo, por importe de cuarenta y un mil seiscientos un euros con cincuenta céntimos (41.601,50 euros) a la entrega del informe inicial de fin de curso y el tercero, por importe de cuarenta y un mil seiscientos un euros con cincuenta céntimos (41.601,50 euros) a la finalización de los trabajos. A estos efectos la universidad presentará las correspondientes facturas emitidas conforme al Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación. A cada factura se adjuntará una descripción pormenorizada de las actividades y del gasto facturado».

Y, en prueba de conformidad, ambos firman el presente documento, por duplicado, en Madrid, a 1 de diciembre de 2021.—Por la Universidad Carlos III de Madrid, Juan Romo Urroz.—Por la Comunidad de Madrid, Enrique Ossorio Crespo.

(03/33.555/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.27.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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