Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 301

Fecha del Boletín 
18-12-2021

Sección 1.4.26.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20211218-2

Páginas: 5


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA E INTERIOR

2
CONVENIO de 26 de noviembre de 2021, entre la Comunidad de Madrid y la Fundación “La Caixa” en materia de Obra Social 2021.

En Madrid, a 26 de noviembre de 2021.

REUNIDOS

De una parte, Excma. Sra. Dña. Isabel Díaz Ayuso, Presidenta de la Comunidad de Madrid, nombrada por Real Decreto 439/2021, de 18 de junio y en virtud de las facultades conferidas por el artículo 17 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid y el artículo 7 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid.

Y, de la otra, D. Antonio Vila Bertrán, en nombre y representación de la Fundación Bancaria Caixa d’Estalvis i Pensions de Barcelona, “la Caixa”, en su calidad de Director General, de acuerdo con la escritura de nombramiento de cargos otorgada ante la notaria Doña María Dolores Giménez Arbona, de 20 de febrero de 2020, número 322 de su protocolo y con los estatutos de la entidad, domiciliada en Plaza Weyler, número 3, Palma (Illes Balears) y con NIF núm. G-58899998, en adelante, Fundación “la Caixa”.

Reconociéndose mutuamente las partes, en la calidad con la que intervienen, capacidad para suscribir este Convenio,

MANIFIESTAN

Primero

Que corresponde a la Comunidad de Madrid establecer la política general de la Comunidad y dirigir su administración, así como velar, en el ejercicio de sus competencias para el bienestar y la salud de sus ciudadanos, y para el desarrollo y el acceso a la cultura en su territorio.

En concreto, de conformidad con el Estatuto de Autonomía, aprobado por Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, le corresponde la competencia exclusiva en materia de fomento de la cultura y la investigación científica y técnica (art. 26.1.20) y en materia de promoción y ayuda a la tercera edad, emigrantes, minusválidos y demás grupos sociales necesitados de especial atención, incluida la creación de centros de protección, reinserción y rehabilitación (art. 26.1.23).

Igualmente, le corresponde, en el marco de la legislación básica estatal, el desarrollo legislativo, la potestad reglamentaria y la ejecución en materia de sanidad e higiene (art. 27.4), y la coordinación hospitalaria en general, incluida la de la Seguridad Social (art. 27.5), así como la ejecución de la legislación del Estado en materia de gestión de la asistencia sanitaria de la Seguridad Social (art. 28.1.1) y en materia laboral (art. 28.1.12).

También corresponde a la Comunidad de Madrid el desarrollo legislativo de la legislación básica estatal y la ejecución en materia de enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades (art. 29).

Segundo

Que Fundación “la Caixa” tiene el objetivo de mejorar las condiciones de vida de las personas, fundamentalmente aquellas con necesidades especiales y de hacer llegar la cultura a todas las personas, en colaboración con las instituciones públicas y privadas. Desarrolla diferentes programas que abarcan los ámbitos social, educativo, cultural, y de investigación y conocimiento.

En concreto, según el artículo 5, apartado 1, de sus estatutos, la Fundación tiene por objeto, con carácter general, el fomento y desarrollo de obras sociales, benéficas, asistenciales y docentes y/o culturales y le será propia cualquier actividad que, aunque sea indirectamente, esté ordenada a estos fines.

De acuerdo con el apartado 2 del citado artículo 5, la Fundación creará y sostendrá obras benéficas, culturales, de mutualismo y socorro mutuo, asistenciales, de lucha sanitaria y de acción social, de investigación o cualesquiera otras distintas de la señaladas que pudiera determinar el Patronato que tengan finalidad similar o de naturaleza análoga desde el punto de vista del interés general.

Tercero

Que la Comunidad de Madrid y Fundación “la Caixa”, manifiestan su intención de colaborar conjuntamente con la finalidad de agilizar la comunicación entre ambas instituciones en las acciones de interés común y facilitar el seguimiento de las mismas, así como potenciar los recursos sociales, económicos y técnicos para el desarrollo de actividades sociales, culturales, educativas, científicas en el territorio de la Comunidad de Madrid.

Y con esta finalidad ambas partes formalizan el presente Convenio de acuerdo con las siguientes

ESTIPULACIONES

Primera

Objeto

El objeto de este convenio es establecer la colaboración entre la Comunidad de Madrid y la Fundación “la Caixa”, para la implementación de las actuaciones definidas en la estipulación segunda de este convenio.

Segunda

Ámbito de aplicación

La Comunidad de Madrid y Fundación “la Caixa” mantendrán una colaboración con la finalidad de agilizar la comunicación entre ambas instituciones en las acciones de interés común y facilitar el seguimiento de las mismas, así como potenciar los recursos sociales, económicos y técnicos para el desarrollo de actividades sociales, culturales, educativas, de investigación y en materia de salud en el territorio de la Comunidad de Madrid, con los contenidos y finalidades siguientes:

En el ámbito social:

Colaborar en la mejora de las condiciones de vida de las personas mayores, de los colectivos con necesidades especiales por estar afectados por enfermedades, personas con discapacidades físicas, mentales, intelectuales o sensoriales a largo plazo o por estar en una situación de riesgo social, ser víctima de violencia de género y de los menores hospitalizados. Desarrollar los programas y las ayudas de Fundación “la Caixa”, dirigidos a dichos colectivos, destacando:

— Pobreza infantil. A través del programa CaixaProinfancia, ayudar a familias en el desarrollo social y educativo de menores de 0 a 18 años.

— Fomento de la ocupación. Favorecer el acceso al trabajo a personas con dificultades, en colaboración con una red de entidades sociales.

— Atención integral a personas con enfermedades avanzadas. Proporcionar apoyo psicosocial y espiritual a personas al final de la vida, y a sus familiares.

— Personas mayores. Contribuir a mejorar la calidad de vida de las personas mayores favoreciendo el envejecimiento activo y saludable, y prevenir el aislamiento.

— Ayudas a proyectos de iniciativas Sociales. Colaborar con entidades sin ánimo de lucro para impulsar iniciativas dirigidas a personas en situación de vulnerabilidad social.

En el ámbito cultural y científico:

— Desarrollar el programa cultural y científico de la Fundación “la Caixa”, mediante la programación de exposiciones y conciertos, como elemento reforzador de la transmisión de la cultura.

En el ámbito educativo y de becas:

— Desarrollar el programa EduCaixa, dirigido a toda la comunidad educativa, que engloba toda la oferta educativa de los distintos programas sociales, culturales y científicos de la Fundación Bancaria “la Caixa”.

— Aplicar el programa de becas de Fundación “la Caixa” para estudiantes universitarios.

En el ámbito de investigación y salud:

— Desarrollar líneas de actuación en investigación con la formación de jóvenes científicos, colaboración con centros y programas de investigación y sociabilización de los resultados de las investigaciones, y aplicar el programa científico, mediante la programación de exposiciones y actividades.

Tercera

Comisión de seguimiento

Para el desarrollo de este convenio se crea una comisión con representación de ambas partes, cuya finalidad será conocer y ajustar la programación de la Fundación “la Caixa” a las singularidades propias del territorio, en sintonía con la Comunidad de Madrid.

La comisión de seguimiento estará compuesta por un representante de la Fundación La Caixa, que será el Director General o persona en quien delegue y un representante de cada una de las consejerías de la Comunidad de Madrid, con nivel orgánico mínimo de Subdirector General, con competencias materiales en los ámbitos de ejecución del convenio: Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía; Sanidad; Familia, Juventud y Política Social y Cultura, Turismo y Deporte.

Aparte de la finalidad prevista en el párrafo primero de esta cláusula, serán funciones de la comisión mixta resolver cuantas dudas y discrepancias surjan con respecto a la interpretación y aplicación del convenio, así como su desarrollo y control y la supervisión de las actuaciones que se realicen al amparo de éste.

La comisión mixta podrá proponer también el establecimiento de otros proyectos de colaboración con la Comunidad de Madrid. La implantación de estos proyectos de colaboración se llevará a término mediante la firma de los correspondientes convenios.

El régimen de funcionamiento de la comisión mixta será el establecido en la sección tercera del Capítulo II del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Cuarta

Impacto económico y compromisos de las partes

Los programas y actividades de Fundación “la Caixa” previstas para el año 2021 en el territorio de la Comunidad de Madrid, tienen un presupuesto total de 67 millones de euros, que constituyen la aportación económica de la Fundación “la Caixa” para el cumplimiento de los objetivos del presente convenio.

La gestión, ejecución y financiación de las actividades señaladas en la cláusula segunda es el compromiso que asume la Fundación para el cumplimiento de las finalidades del convenio.

La Comunidad de Madrid asume el compromiso de colaborar en la gestión de las actividades de la Fundación mediante el apoyo institucional y la aportación de su capacidad para la interlocución con los sectores sociales y económicos destinatarios y beneficiarios de dichas actividades. La ejecución del presente convenio no supondrá compromiso económico alguno para la Comunidad de Madrid.

La comisión de seguimiento podrá determinar actividades específicas, dentro de las diversas áreas de actuación relacionadas en la cláusula segunda, que serán objeto de gestión conjunta por ambas partes, en cuyo caso las actuaciones de la Comunidad de Madrid se financiarán con cargo al presupuesto ordinario de las consejerías intervinientes, sin que supongan incremento del gasto con cargo a los presupuestos generales de la Comunidad de Madrid para 2021.

Quinta

Actuaciones

Para el año 2021, se acuerda que las actuaciones de la Fundación “la Caixa” en el territorio de la Comunidad de Madrid son las que se especifican en la estipulación segunda de este convenio, sin perjuicio de que la comisión mixta prevista en la estipulación tercera de este convenio pueda acordar alguna modificación a fin de conseguir una mejor eficacia en las actuaciones previstas. Dicho acuerdo deberá ser obtenido por acuerdo unánime de las partes: la Fundación “la Caixa” y la Comunidad de Madrid.

Sexta

Difusión

La Comunidad de Madrid y la Fundación “la Caixa” podrán difundir las actividades llevadas a cabo en virtud de este convenio y/o los resultados del mismo. Solo en las actividades de colaboración que se lleven a cabo conjuntamente se hará constar, en cualquier comunicación, que se trata de un proyecto o una actividad promovido conjuntamente por la Comunidad de Madrid y la Fundación “la Caixa”, y en la misma aparecerá la imagen gráfica de las instituciones, que deberá ser aprobada previamente por cada una de ellas.

Séptima

Vigencia

El presente convenio estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2021. El convenio formaliza un régimen de colaboración que se ha concretado en actuaciones, recogidas en la cláusula segunda, que se han venido desarrollando y ejecutando desde el 1 de enero de 2021 y que culminarán a 31 de diciembre del mismo año.

Octava

Controversias

Las partes quieren cumplir y seguir los términos del convenio según el espíritu de buen entendimiento y participación que lo ha promovido, y se comprometen a resolver las divergencias que puedan surgir en términos de equidad.

Dada la naturaleza administrativa del convenio, las discrepancias que no hayan podido resolverse en el seno de la comisión de seguimiento prevista en la estipulación tercera se someterán a los tribunales de la jurisdicción contencioso-administrativa, de conformidad con lo establecido por la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha Jurisdicción.

Novena

Resolución

El convenio se extinguirá por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto o por incurrir en cualquiera de las causas de resolución previstas en el artículo 51.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

En caso de que alguna de las partes incumpla las obligaciones asumidas en virtud de este convenio, la otra parte, una vez intentada sin éxito la conciliación en el seno de la comisión de seguimiento, estará facultada para denunciar el convenio, dando lugar a su extinción, con abono, en su caso, de los daños y perjuicios efectivamente causados y restantes consecuencias legales.

Décima

Régimen jurídico

El presente convenio tiene naturaleza administrativa y se somete a las previsiones de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, quedando asimismo excluido de la aplicación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se trasponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, sometiéndose, no obstante, a los principios de dicha ley para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse, así como a las normas generales de Derecho administrativo, a los principios de buena administración y al ordenamiento jurídico en general.

Decimoprimera

Protección de datos de carácter personal, confidencialidad y transparencia

Las partes firmantes ajustarán su actuación derivada del convenio a lo previsto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, así como en el Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril de 2016 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento de Protección de Datos), así como la normativa posterior que lo desarrolle o modifique.

Los datos personales que se recaben u obtengan las partes en el desarrollo y aplicación del convenio, serán tratados y utilizados de conformidad con la normativa vigente.

En particular, las partes se comprometen a respetar el deber de secreto, y las limitaciones en su caso marcadas por la normativa de aplicación, sobre cualquier información a la que se tenga acceso en la realización de actividades objeto de este convenio, salvo aquella información que deba ser pública según lo establecido en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno y la Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid.

El tratamiento de los datos personales del presente convenio queda sometido a la mencionada normativa, así como a la vigente en cada momento.

Y como prueba de conformidad con los términos de este documento, las partes firman este Convenio en ejemplar duplicado y a un solo efecto, en el lugar y la fecha que se indican en el encabezamiento.

Madrid, a 26 de noviembre de 2021.—Por la Comunidad de Madrid, la Presidenta, Isabel Díaz Ayuso.—Por Fundación “La Caixa”, el Director General, Antonio Vila Bertrán.

(03/33.323/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.26.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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