Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 293

Fecha del Boletín 
09-12-2021

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20211209-61

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCOBENDAS

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Alcobendas. Régimen económico. Modificación presupuestaria

En la Intervención de esta Entidad Local y conforme disponen los artículos 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, en relación con el artículo 169.2 del mismo texto, y 38 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se ha expuesto al público, a efectos de reclamaciones, la modificación presupuestaria por expediente de suplemento de crédito número 8/2021, aprobado por el Ayuntamiento Pleno en sesión de 28 de octubre de 2021 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 2 de noviembre) y que afecta al vigente presupuesto de la entidad.

Estado de gastos (bajas por anulación)

Capítulo 2. Gastos en bienes corrientes y servicios: 779.552,40 euros.

Estado de gastos

Capítulo 2. Gastos en bienes corrientes y servicios: 779.552,40 euros.

Finalizado el plazo, no se ha presentado reclamación alguna, por lo que los acuerdos se elevan a definitivos, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.1 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. No obstante, en virtud del artículo 171.1 del citado Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer directamente contra los referenciados expedientes de modificación del presupuesto general, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Alcobendas, a 25 de noviembre de 2021.—El interventor accidental de Contabilidad y Presupuesto, por resoluciones de la DGRT de 18 y 20 de octubre de 2021, José Luis Martínez Porras.—La secretaria general del Pleno, Gloria Rodríguez Marcos.

(03/32.904/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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