Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 280

Fecha del Boletín 
24-11-2021

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20211124-98

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24

98
Madrid número 24. Ejecución 64/2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña MARTA MENARGUEZ SALOMON LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social n° 24 de Madrid.

HAGO SABER: Que en el procedimiento 64/2013 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. LUIS ALBERTO SALDAÑA HEREDIA frente a SOLADOS Y PAVIMENTOS REDONDO SL sobre Ejecución Forzosa del Laudo Arbitral se ha dictado la siguiente resolución:

“PARTE DISPOSITIVA

Se tiene por recibida Nota de Calificación del Registro Provincial de Bienes Muebles de Madrid, únase a los autos de su razón.

SE ALZA EL EMBARGO acordado en la presente ejecución de los siguientes vehículos: Matrícula: M1510ZW y Matrícula: 3861GCW.

Cancelándose las medidas de garantía adoptadas.

A tal efecto:

Líbrese mandamiento por duplicado al Registrador de Bienes Muebles de Madrid para que proceda a la cancelación de la anotación preventiva de embargo de los siguientes vehículos:

Matrícula: M1510ZW y Matrícula: 3861GCW”.

Y para que sirva de notificación en legal forma a SOLADOS Y PAVIMENTOS REDONDO SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veintinueve de octubre de dos mil veintiuno.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/31.382/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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