Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 278

Fecha del Boletín 
22-11-2021

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20211122-55

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE BOADILLA DEL MONTE

PERSONAL

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Boadilla del Monte. Personal. Relación puestos trabajo

De conformidad con lo establecido en el artículo 74 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y en el artículo 127 del texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, se hace pública, mediante su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, la siguiente modificación de la relación de puestos de trabajo del Ayuntamiento de Boadilla del Monte, aprobada por el Pleno de la Corporación en sesión ordinaria celebrada el 17 de septiembre de 2021:

“Primero.—Crear en el servicio “0501- Seguridad, Policía Local y Tráfico y Protección Civil-Emergencias”, un puesto de Intendente con las siguientes características:

— Denominación: Intendente.

— Escala/Subescala: Administración Especial/Servicios Especiales.

— Sistema de provisión: Concurso.

— Grupo: A1.

— Nivel: 26.

— Complemento específico: CEI (47.229,78 euros).

Segundo.—Crear en el servicio “0501- Seguridad, Policía Local y Tráfico y Protección Civil-Emergencias”, un puesto de Inspector con las siguientes características:

— Denominación: Inspector.

— Escala/Subescala: Administración Especial/Servicios Especiales.

— Sistema de provisión: Concurso.

— Grupo: A2.

— Nivel: 26.

— Complemento específico: CEINS (44.101,98 euros).

Tercero.—Crear en el servicio “0501- Seguridad, Policía Local y Tráfico y Protección Civil-Emergencias”, dos puestos de Subinspector con las siguientes características:

— Denominación: Subinspector.

— Escala/Subescala: Administración Especial/Servicios Especiales.

— Sistema de provisión: Concurso.

— Grupo: A2.

— Nivel: 22.

— Complemento específico: CES (34.093,02 euros).

Cuarto.—Crear en el servicio “0501- Seguridad, Policía Local y Tráfico y Protección Civil-Emergencias”, dos puestos de Oficial con las siguientes características:

— Denominación: Oficial.

— Escala/Subescala: Administración Especial/Servicios Especiales.

— Sistema de provisión: Concurso.

— Grupo: C1.

— Nivel: 20.

— Complemento específico: CEOM (27.649,75 euros).

Quinto.—Crear en el servicio “0501- Seguridad, Policía Local y Tráfico y Protección Civil-Emergencias”, dos puestos de Oficial con las siguientes características:

— Denominación: Oficial.

— Escala/Subescala: Administración Especial/Servicios Especiales.

— Sistema de provisión: Concurso.

— Grupo: C1.

— Nivel: 20.

— Complemento específico: CEOT (29.526,43 euros).

Sexto.—Crear en el servicio “0501- Seguridad, Policía Local y Tráfico y Protección Civil-Emergencias”, dos puestos de Policía Local con las siguientes características:

— Denominación: Policía Local.

— Escala/Subescala: Administración Especial/Servicios Especiales.

— Sistema de provisión: Concurso.

— Grupo: C1.

— Nivel: 16.

— Complemento específico: CEPM (24.021,50 euros)

Séptimo.—Crear en el servicio “0501- Seguridad, Policía Local y Tráfico y Protección Civil-Emergencias”, dos puestos de Policía Local con las siguientes características:

— Denominación: Policía Local.

— Escala/Subescala: Administración Especial/Servicios Especiales.

— Sistema de provisión: Concurso.

— Grupo: C1.

— Nivel: 16.

— Complemento específico: CEPT (26.023,30 euros).

Octavo.—Unificar las tipologías de complementos específicos previstos para los puestos de Subinspector CESS, CEST y CESN, en una única tipología de complemento específico para cada uno de los puestos de Subinspector, con la denominación de CES y con un importe de 34.093,02 euros, de conformidad con la actualización de la valoración de puestos de trabajo.

Noveno.—Incorporar las modificaciones efectuadas en el modelo de Relación de Puestos de Trabajo existente en este Ayuntamiento, adaptado a la estructura organizativa y retributiva actual, de acuerdo con los criterios y normas aprobadas por el Área de Personal.

Décimo.—Remitir copia certificada del presente acuerdo al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas y a la Dirección General de Administración Local de la Comunidad de Madrid.

Decimoprimero.—Disponer la publicación del presente Decreto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID”.

De conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPACAP), y 8, 10 y 46 y demás concordantes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse con carácter potestativo recurso de reposición, ante el Pleno del Ayuntamiento, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de publicación del presente anuncio, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir del día siguiente al de publicación del presente anuncio, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente interponer. No obstante, en el supuesto de que se haya interpuesto el recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo. Podrá asimismo interponer cualquier otro recurso que se estime pertinente, sin perjuicio, en su caso, de la procedencia del recurso extraordinario de revisión a que se refieren los artículos 125 y 126 de la Ley 39/2015 (LPACAP).

Boadilla del Monte, a 11 de noviembre de 2021.—El segundo teniente de alcalde-delegado de Presidencia, Relaciones Institucionales, Patrimonio, Comunicación, Coordinación, Personal, Régimen Interior y Compras, Jesús Egea Pascual.

(03/31.679/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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