Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 273

Fecha del Boletín 
16-11-2021

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20211116-63

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE CABANILLAS DE LA SIERRA

RÉGIMEN ECONÓMICO

63
Cabanillas de la Sierra. Régimen económico. Modificación presupuestaria

A los efectos de lo dispuesto en el artículo 169.3 del texto refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al que se remite el artículo 177.2 de dicho texto y el artículo 20.3 en relación con el artículo 38.2 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril.

Se hace público, para el general conocimiento, que esta Corporación, en sesión plenaria celebrada el día 27 de septiembre de 2021, adoptó el acuerdo inicial que ha resultado definitivo, al no haberse presentado reclamaciones contra el mismo, de aprobar el expediente número 5 de crédito extraordinario y suplemento de crédito, que afecta al presupuesto de esta Corporación.

Concesión de créditos extraordinarios y suplementos aprobados, resumidos por capítulos:

El anterior importe queda financiado de la siguiente forma: Por aplicación del remanente líquido de Tesorería para gastos generales (87000) resultante de la liquidación del ejercicio anterior, de conformidad con lo dispuesto en el número 4 del artículo 177 del texto refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales y artículo 36 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril.

Debiéndose dar al expediente la tramitación a que alude el artículo 177.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales y 38 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, considerándose este acuerdo definitivo de no presentarse reclamaciones durante el plazo de exposición pública.

En Cabanillas de la Sierra, a 2 de noviembre de 2021.—El alcalde-presidente, Jaime García San Martín.

(03/31.030/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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