Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 270

Fecha del Boletín 
12-11-2021

Sección 3.10.20H: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20211112-70

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE HOYO DE MANZANARES

RÉGIMEN ECONÓMICO

70
Hoyo de Manzanares. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Convocatoria y bases reguladoras de ayudas a los empadronados mayores de 65 años del municipio de Hoyo de Manzanares, para cursos realizados por la Mancomunidad THAM, para el período comprendido entre el 1 de octubre de 2020 y el 30 de junio de 2021, ambos incluidos, aprobadas por Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria celebrada el 20 de septiembre de 2021.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/591322.

Primero. Beneficiarios.—Serán beneficiarios de las ayudas las personas físicas mayores de 65 años, empadronadas en el municipio de Hoyo de Manzanares, con una antigüedad de un año inmediato anterior al primer día del período subvencionable.

Para ser beneficiarios de las ayudas que se regulan en las presentes bases son de obligado cumplimiento los siguientes requisitos, debiendo mantenerse todos ellos hasta la finalización del procedimiento:

1) Ser español o extranjero con residencia legal en España. Los extranjeros residentes en Hoyo de Manzanares, podrán beneficiarse de esta prestación siempre que cumplan las condiciones de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y los presentes requisitos establecidos en esta norma.

2) Estar empadronados y residir en domicilio de residencia legal en Hoyo de Manzanares, durante un año consecutivo inmediato anterior al primer día del período subvencionable.

El solicitante autorizará al Ayuntamiento para que de oficio solicite al Servicio de Padrón Municipal informe de empadronamiento.

3) Los solicitantes estarán al corriente de pago de los tributos y restantes ingresos de derecho público municipales a la finalización del plazo de presentación de solicitudes de dicha ayuda.

La Recaudación Municipal de oficio emitirá informe de estar al corriente de pagos con la Hacienda Municipal.

4) Los solicitantes deben estar al corriente de pago con la Agencia Tributaria y la Tesorería General de la Seguridad Social. El solicitante autorizará al Ayuntamiento para que solicite informe de estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

5) Los solicitantes no podrán estar incursos en las prohibiciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y deberán cumplir con las solicitudes y documentos requeridos en las presentes bases en los plazos establecidos en la convocatoria.

Segundo. Objeto.—El objeto de la convocatoria es la dotación para financiar las ayudas a los empadronados mayores de 65 años del municipio de Hoyo de Manzanares, para cursos realizados por la Mancomunidad THAM.

Con tal finalidad, se convocan las ayudas para el período comprendido entre el 1 de octubre de 2020 y el 30 de junio de 2021.

Podrán ser objeto de ayuda los gastos en que se incurra con motivo del pago de tasas supramunicipales, establecidas por la Mancomunidad THAM, siempre que dicho pago sea necesario para que los interesados puedan iniciar la actividad o servicio del que es beneficiario directamente el usuario, y vinculado con alguna de las actividades o servicios siguientes:

a) Taller de Memoria.

b) Taller de Baile.

c) Taller de Psicomotricidad.

d) Taller de espacio para pensar.

En ningún caso el importe de la ayuda máxima podrá ser superior al coste del objeto subvencionado.

Tercero. Bases reguladoras.—Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria celebrada el 20 de septiembre de 2021.

Cuarto. Cuantía.—El importe máximo de la subvención no podrá superar la cuantía total máxima de 2.340,00 euros.

Quinto. Solicitudes.—1. Las solicitudes serán presentadas:

a) A través de la Sede Electrónica de la página web del Ayuntamiento, https://hoyodemanzanares.sedelectronica.es/info.0. Para acceder a este procedimiento debe estar en posesión del certificado digital correspondiente.

b) En el Registro General del Ayuntamiento, en horario de atención al público, mediante el modelo oficial recogido en las bases en el Anexo I, acompañado del DNI del solicitante.

c) En las oficinas de Correos, correo administrativo, acompañando la documentación correspondiente (Se tendrá que enviar reguardo de presentación al correo electrónico: desarrollolocal@hoyodemanzanares.es).

d) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.

2. Las solicitudes se presentarán según el modelo que acompaña a las bases denominado “Anexo I. Modelo de solicitud de subvención”, acompañado del DNI del solicitante.

3. El plazo de presentación de solicitudes y justificación será de quince días hábiles a partir del siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Hoyo de Manzanares, a 20 de septiembre de 2021.—El alcalde-presidente, Julián Carrasco Olmo.

(03/31.489/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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