Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 270

Fecha del Boletín 
12-11-2021

Sección 1.3.27.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20211112-17

Páginas: 10


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDADES, CIENCIA Y PORTAVOCÍA

17
ORDEN 3247/2021, de 2 de noviembre, del Consejero de Educación, Universidades, Ciencia y Portavoz del Gobierno, por la que se aprueba el Plan Estratégico para la Realización de Programas de Fomento de la I+D+I Empresarial en la Comunidad de Madrid 2022-2024.

La Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía, de conformidad con lo dispuesto por la Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, por la que se aprueba su Estatuto de Autonomía, tiene atribuidas competencias exclusivas, entre otras materias, en el fomento de la investigación científico técnica, de acuerdo con las bases y la ordenación de la actividad económica general y la política monetaria del Estado, en materia de ordenación y planificación de la actividad económica regional.

La Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía, en virtud del Decreto 42/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las consejerías y el Decreto 88/2021, de 30 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, es el órgano de la administración de dicha Comunidad al que se atribuyen las competencias en materia de innovación.

De acuerdo con ello, la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía, a través de su Dirección General de Investigación e Innovación Tecnológica, tiene atribuidas en materia de innovación tecnológica, entre otras, las siguientes competencias:

— La planificación, ejecución y evaluación de las políticas de fomento de la investigación científica y tecnológica y el fomento de la innovación tecnológica dirigidas a empresas, entre ellas las de base tecnológica, en la Comunidad de Madrid.

— La coordinación con las Universidades y centros de investigación radicados en la Comunidad de Madrid en el establecimiento de programas y actuaciones de investigación científica, así como, de innovación tecnológica, I+D empresarial y de creación e impulso de las empresas de base tecnológica, incentivando las actuaciones conjuntas de los centros de investigación públicos y los sectores productivos.

— La coordinación con los planes y programas de la Administración General del Estado y de la Unión Europea u otras administraciones o instituciones nacionales o internacionales en materia de investigación científica y tecnológica, así como, en materia de innovación tecnológica.

— La promoción de la cultura científica, y de la ciencia en la ciudadanía, así como de las vocaciones en ciencia, tecnología, matemáticas e ingeniería, especialmente en el ámbito de las mujeres y en colaboración con los órganos responsables de la educación no universitaria.

— La coordinación y desarrollo de la Estrategia Regional de Especialización Inteligente, RIS3.

— El estímulo de la compra pública innovadora y otras medidas de colaboración público-privada en materia de innovación.

— La promoción de la cultura y alfabetización digital de las empresas, administraciones, emprendedores, y sociedad civil, para la transformación del tejido productivo y la mejora de la competitividad regional.

— El impulso de un ecosistema de talento a través de la colaboración entre empresas tecnológicas, emprendedores, instituciones financieras y centros públicos, que propicie la creación de redes nacionales e internacionales, y permita acercar modelos de éxito en otras ciudades o regiones del mundo a la Comunidad de Madrid.

En el ámbito de la Unión Europea, tras la aprobación del Parlamento Europeo, el 17 de diciembre de 2020 el Consejo adoptó el Reglamento (UE, EURATOM) 2020/2093, por el que se establece el marco financiero plurianual de la Unión Europea (UE) para el período 2021-2027. En el nuevo marco de programación, se han fijado cinco prioridades para las inversiones de la UE en desarrollo regional en el septenio 2021-2027:

1. Una Europa más inteligente, mediante la innovación, la digitalización, la transformación económica y el apoyo a las pequeñas y medianas empresas.

2. Una Europa más ecológica y libre de carbono, que aplique el Acuerdo de París e invierta en transición energética, energías renovables y la lucha contra el cambio climático.

3. Una Europa más conectada, con un transporte estratégico y redes digitales.

4. Una Europa más social, que haga realidad el pilar europeo de derechos sociales y que apoye el empleo de calidad, la educación, las capacidades educativas y profesionales, la inclusión social y la igualdad de acceso a la asistencia sanitaria.

5. Una Europa más cercana a los ciudadanos, que respalde estrategias de crecimiento de gestión local y que contribuya a un desarrollo urbano sostenible en toda la UE.

El Objetivo Político 1 del Reglamento de Disposiciones Comunes de los Fondos Europeos 2021-2027 “Una Europa más competitiva e inteligente” cuenta con los siguientes objetivos específicos, que se desarrollan en el Reglamento relativo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional y al Fondo de Cohesión:

i) El desarrollo y la mejora de las capacidades de investigación e innovación y la asimilación de tecnologías avanzadas.

ii) El aprovechamiento de las ventajas de la digitalización para los ciudadanos, las empresas, las organizaciones de investigación y las administraciones públicas.

iii) El refuerzo del crecimiento sostenible y la competitividad de las pymes y la creación de empleo en estas, también mediante inversiones productivas.

iv) El desarrollo de capacidades para la especialización inteligente, la transición industrial y el emprendimiento.

v) La mejora de la conectividad digital.

Un elemento clave es buscar las sinergias entre Horizonte Europa, los fondos estructurales, los fondos nacionales, privados y otras fuentes de financiación, como el Banco Europeo de Inversiones, de forma que se complementen.

Con la aprobación de los reglamentos de fondos estructurales para el período 2021-2027 (Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, por el que se establecen las disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, así como las normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo de Asilo, Migración e Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la Gestión de Fronteras y la Política de Visados y Reglamento (UE) 2021/1058 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, relativo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional y al Fondo de Cohesión), se hace necesario elaborar las normas que los incluyan.

A nivel nacional, la Estrategia Española de Ciencia, Tecnología e Innovación (EECTI) 2021-2027, está diseñada para facilitar la articulación de la política estatal de I+D+i con las políticas de la Unión Europea, teniendo en cuenta los reglamentos, para así poder aprovechar, de la mejor manera posible, las sinergias entre los programas y promover también la máxima coordinación entre la planificación y programación Estatal y Autonómica. La I+D+i y la industria deben estar en el corazón de las iniciativas y los abordajes propuestos por los sectores público y privado nacionales, y es en este aspecto, en el que la EECTI incide en la necesidad de acercar la ciencia al progreso económico y social, para situarse al servicio de la Agenda 2030 y las prioridades políticas de la UE. El objetivo es generar, en base a un sólido sistema de generación de nuevo conocimiento, un tejido productivo más innovador y dinámico. Unido, todo ello, a la nueva política regional de especialización inteligente S3, que establece las bases de la Comisión Europea para el Programa Operativo del período 2021-2027 de Fondos Estructurales Europeos. Esta Estrategia se desarrollará en dos planes estatales de investigación científica, técnica y de innovación (PEICTI), uno para el período 2021-2023 y otro para 2024-2027.

La Comunidad de Madrid es el principal centro difusor de investigación y desarrollo de España y ocupa un lugar destacado como una de las más importantes regiones innovadoras del país. El impulso de la I+D+i es uno de los principales instrumentos para dotar a los agentes económicos de los elementos imprescindibles para conseguir el crecimiento y el empleo. La ciencia y la innovación son elementos clave para afrontar la crisis económica y social, tras la pandemia de la COVID-19.

El Programa Operativo de la Comunidad de Madrid se prevé que incluya acciones cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional para el período 2021-2027 en materia de innovación tecnológica.

La Estrategia Regional de Especialización Inteligente S3 2021-2027, continuación de la anterior RIS 3 2014-2020 (Estrategia regional de investigación e innovación para una especialización inteligente) de la Comunidad de Madrid, condición habilitante necesaria para obtener recursos FEDER dentro del Programa Operativo Regional en el período 2021-2027, tiene como principal objetivo aprovechar más eficazmente los recursos de conocimiento existentes en la región, para ponerlos al servicio del tejido productivo.

Asimismo, dicha Estrategia Regional de Especialización Inteligente de la Comunidad de Madrid (S3) tiene como misión principal promover, a través de la colaboración entre los agentes del sistema de investigación e innovación, la creatividad, la innovación, la investigación y el desarrollo, realizando una transferencia efectiva al tejido productivo del conocimiento generado en el ámbito de la investigación. La finalidad incluye mejorar la productividad del tejido empresarial madrileño, generando una economía competitiva que asegure el crecimiento del empleo y la mejora de las condiciones de vida de los ciudadanos.

En el análisis de indicadores europeos, Madrid se encuentra en el tramo más alto de las regiones europeas en cuanto a los recursos de innovación disponibles. Sin embargo, en la explotación de estos recursos y los resultados obtenidos (los outputs de innovación) medidos en términos de producción tecnológica, y sobre todo en protección de derechos de propiedad intelectual, esta posición queda muy lejos de la que debería ocupar la región en base a su potencial. Por tanto, es necesario reforzar estos puntos dentro de esta estrategia.

Por otra parte, en el marco de la especialización inteligente de la Comunidad de Madrid, es vital el papel de las entidades o unidades mediadoras entre el entorno empresarial y el subsistema técnico-científico, ya que estas deben abordar con más fuerza las etapas intermedias del proceso de innovación tecnológica, siendo clave su participación, tanto en la intermediación y apoyo en las diversas fases que se suceden desde el descubrimiento emprendedor o innovador hasta la explotación económica, como en el resto de etapas intermedias, especialmente en el conocimiento y puesta a disposición de las empresas de la innovación tecnológica.

Para hacer frente a esos retos y objetivos de fomento de la inversión empresarial en I+D+i, del impulso de empresas de base tecnológica y de estímulo de la transferencia de tecnología, la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía, a través de la Dirección General de Investigación e Innovación Tecnológica, ha diseñado una serie de actuaciones, que se complementan entre sí de forma que, en su conjunto, abordan toda la casuística para alcanzar las metas planteadas, desde el apoyo a un primer acercamiento al mundo de la innovación para pequeñas empresas tradicionales, hasta la financiación de grandes proyectos colaborativos de investigación industrial.

El presente Plan integra actuaciones para el fomento de la I+D+i empresarial en la Comunidad de Madrid y pretende maximizar las sinergias con la política de I+D+i comunitaria y nacional.

La financiación de las actuaciones del Plan Estratégico proviene de los fondos propios de la Comunidad de Madrid y podrá contar también con financiación de los fondos europeos.

El Plan Estratégico se enfoca a diferentes agentes, públicos y privados, de la I+D+i empresarial, que participan en diferentes ámbitos como puede ser la ejecución de las actividades de I+D+i; la difusión y promoción de los resultados de I+D+i; la prestación de servicios de I+D+i para el progreso del conjunto de la sociedad y la economía.

Las actuaciones contenidas en el Plan son, en su mayoría, plurianuales. Las órdenes de bases reguladoras y las convocatorias de este Plan determinarán las entidades beneficiarias de los diferentes tipos de actuaciones, el régimen de participación, la financiación de las ayudas, los requisitos que deben cumplir las entidades beneficiarias y las propuestas presentadas, así como los criterios de evaluación y selección de las solicitudes y las condiciones para la ejecución de la ayuda y su seguimiento científico-técnico y económico.

El desafío de las empresas es desarrollar innovaciones que se adapten a los cambios del entorno, se anticipen a las nuevas demandas del mercado y logren afianzarse en el mercado, a través del liderazgo, la adquisición de nuevas capacidades, la cooperación público-privada. Por ello, resulta clave la mejora de la productividad de las empresas consolidadas, la promoción de nuevas empresas innovadoras y la creación y consolidación del empleo de calidad en la economía madrileña. En consecuencia, el Plan incide especialmente en las pequeñas y medianas empresas (pyme) y en la relación entre el entorno empresarial y los organismos de investigación.

Por Orden 92/2021, del Consejero de Ciencia, Universidades e Innovación, se aprobó el Plan Estratégico para la realización de programas de fomento de la I+D+i empresarial en la Comunidad de Madrid, en el marco de la Estrategia Regional de Investigación e Innovación para una Especialización Inteligente (RIS3), que abarcaba las convocatorias del año 2021. Por tanto, dado que este Plan Estratégico finaliza el 31 de diciembre de 2021, es preciso aprobar un nuevo Plan Estratégico para estas ayudas, cuya duración será la mitad del período del programa operativo.

La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, establece en su artículo 8, apartado 1, con el carácter de legislación básica del Estado, que los órganos de las Administraciones Públicas que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un plan estratégico de subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria. La Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, recoge en idénticos términos esta misma obligación, en su artículo 4 bis.

El artículo 12 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, establece la estructura y contenido de los Planes Estratégicos. El artículo 11.4 del mismo reglamento, establece que los planes estratégicos contendrán previsiones para un período de vigencia de tres años, salvo que, por la especial naturaleza del sector afectado, sea conveniente establecer un plan estratégico de duración diferente.

De acuerdo con lo señalado y conforme con lo previsto en los artículos 4 bis y 7 de la Ley 2/1995 y el artículo 50.3 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, se ha elaborado el presente Plan Estratégico.

En virtud de lo expuesto,

DISPONGO

Aprobar el Plan Estratégico de Subvenciones 2022-2024 en relación con las ayudas para la realización de programas de fomento de la I+D+i empresarial en la Comunidad de Madrid, algunas de cuyas líneas se prevé estén cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional.

En Madrid, a 2 de noviembre de 2021.

El Consejero de Educación, Universidades, Ciencia y Portavoz del Gobierno, ENRIQUE OSSORIO CRESPO

ANEXO

PLAN ESTRATÉGICO

1. Ámbito normativo y competencial

El presente Plan Estratégico de Subvenciones tiene como referente normativo competencial las siguientes normas:

— La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

— La Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid.

— El Decreto 76/1993, de 26 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de procedimiento para la concesión de ayudas y subvenciones públicas.

— El Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

— La Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.

— La Ley 5/1998, de 7 de mayo, de Fomento de la Investigación Científica y la Innovación Tecnológica.

— Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

— La Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid.

— El Decreto 284/2019, de 5 noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Ciencia, Universidades e Innovación.

— El Decreto 42/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid.

— El Decreto 88/2021, de 30 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid.

— Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, por el que se establecen las disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, así como las normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo de Asilo, Migración e Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la Gestión de Fronteras y la Política de Visados.

— Reglamento (UE) 2021/1058 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, relativo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional y al Fondo de Cohesión.

2. Objetivos estratégicos y efectos que se pretenden

El objetivo general es potenciar el sistema innovador en la Comunidad de Madrid, como elemento básico de crecimiento y empleo.

Los objetivos estratégicos perseguidos con las ayudas recogidas en las actuaciones objeto de este Plan son:

— Promover actuaciones colaborativas entre los diferentes agentes del sistema regional de I+D+i que permitan desarrollar sinergias y un aprovechamiento eficiente de los recursos disponibles.

— Establecer mecanismos para garantizar que la tecnología desarrollada por universidades y centros de investigación llega realmente a las empresas y los mercados.

— Promover la colaboración público-privada y la privado-privada en la generación de nuevos programas de innovación.

— Facilitar la creación y consolidación de nuevas empresas de base tecnológica.

— Favorecer el desarrollo económico de la región.

Las ayudas se otorgarán de acuerdo con los principios y objetivos previstos en la normativa subvencional.

Por su parte, cada línea de ayuda presenta sus particularidades, desde proyectos individuales a proyectos de colaboración efectiva.

3. Antecedentes

Mediante Orden 3492/2018, de 20 de septiembre, del Consejero de Educación e Investigación, se aprobó el Plan Estratégico para la realización de programas de fomento de la I+D+i empresarial para 2018.

En el año 2019 la Orden 612/2019, del Consejero de Educación e Investigación, aprobó el Plan Estratégico para la realización de programas de fomento de la I+D+i empresarial en la Comunidad de Madrid para ese ejercicio.

El Plan Estratégico para el año 2020 fue aprobado mediante la Orden 30/2020, de 6 de abril, del Consejero de Ciencia, Universidades e Innovación de la Comunidad de Madrid.

Mediante la Orden 92/2021, de 5 de marzo, del Consejero de Ciencia, Universidades e Innovación, se aprueba el Plan Estratégico para la realización de programas de fomento de la I+D+i empresarial en la Comunidad de Madrid, en el marco de la Estrategia Regional de Investigación e Innovación para una Especialización Inteligente (RIS3).

Para el desarrollo de los programas de ayudas incluidos en los anteriores planes, se elaboraron y aprobaron las siguientes bases reguladoras:

— Bases Reguladoras para la concesión mediante concurrencia competitiva de ayudas cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional para el desarrollo de jóvenes empresas innovadoras (start-up’s) de base tecnológica y pymes de alta intensidad innovadora, en el marco de la Estrategia Regional de Investigación e Innovación para una Especialización Inteligente (RIS3).

— Normas reguladoras del procedimiento de la Concesión Directa de ayudas cofinanciadas por el FEDER para incentivar el uso de servicios de I+D e innovación por las pequeñas y medianas empresas (programa “Cheque innovación”).

— Bases reguladoras para la concesión de ayudas cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional para contribuir a la mejora de la cooperación público-privada en materia de I+D+i mediante el apoyo a proyectos de innovación tecnológica de efecto tractor elaborados por núcleos de innovación abierta en la Comunidad de Madrid, en el marco de la Estrategia Regional de Investigación e Innovación para una Especialización Inteligente (RIS3).

— Bases reguladoras para la concesión de ayudas para potenciar la innovación tecnológica e impulsar la transferencia de tecnología al sector productivo comprendido en las prioridades de la Estrategia Regional de Investigación e Innovación para una especialización inteligente (RIS3) de la Comunidad de Madrid a través de entidades de enlace de la innovación tecnológica.

— Normas reguladoras del procedimiento de la Concesión Directa de ayudas cofinanciadas por el FEDER para reforzar la complementariedad de la Fase 2 del Instrumento PYME del Programa Europeo Horizonte 2020 para el fomento de la inversión empresarial en I+D+i.

— Bases reguladoras para la realización de Doctorados Industriales en la Comunidad de Madrid cuyo objetivo es promover el desarrollo de proyectos de Doctorado Industrial en cualquier ámbito de conocimiento y en cualquier sector empresarial.

Se están revisando las bases reguladoras aplicadas hasta el momento, con el fin de adaptarlas a los nuevos reglamentos comunitarios para el período de programación 2021-2027.

Esta situación justifica la elaboración de un nuevo Plan Estratégico. Con vistas a la continuidad del mismo, y conforme a lo establecido en el artículo 11.4 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, este Plan Estratégico tendrá un período de vigencia de tres años.

4. Coste presupuestario previsible

El crédito disponible con cargo al subconcepto 79002 “Planes Específicos de I+D+i. Transferencia Tecnológica” del Programa 466A “Investigación” del presupuesto general de la Comunidad de Madrid para la financiación de las ayudas previstas en este Plan, se distribuirá entre las líneas de ayuda para las convocatorias descritas a continuación, a lo largo del período 2022 a 2024.

5. Plazo de ejecución

El presente Plan Estratégico será de aplicación a las convocatorias 2022, 2023 y 2024 de las líneas de ayuda que se describen a continuación.

6. Indicadores

Se establecen indicadores específicos para comprobar el grado de ejecución de los objetivos de estas líneas de subvención. Los indicadores establecidos se encuentran identificados en las fichas anexas, para cada línea objeto del presente Plan Estratégico.

Será imprescindible la presentación en el plazo establecido en cada caso de una memoria justificativa de las actividades de cada entidad y de la adecuada justificación documental del destino de los fondos recibidos.

7. Líneas de subvención

Para dar continuidad a las actuaciones contempladas en los planes estratégicos aprobados en los años anteriores, el presente Plan Estratégico para la realización de programas de fomento de la I+D+i empresarial en la Comunidad de Madrid en el período 2022-2024, prevé las siguientes líneas de ayudas:

1. Ayudas para el desarrollo de jóvenes empresas (start-up) de base tecnológica y pymes innovadoras.

2. Ayudas para incentivar el uso de servicios de innovación por las pequeñas y medianas empresas - programa “Cheque Innovación”.

3. Ayudas para contribuir a la mejora de la cooperación público-privada en materia de I+D+i mediante proyectos en consorcio.

4. Ayudas para potenciar la innovación tecnológica e impulsar la transferencia de tecnología al sector productivo a través de Entidades de Enlace de la innovación tecnológica.

5. Ayudas dirigidas a reforzar la complementariedad del Programa de ayudas dirigidas a reforzar la complementariedad del programa Acelerador del Consejo Europeo de Innovación (EIC ACCELERATOR) para el fomento de la inversión empresarial en I+D+i. –programa “Sello de Excelencia”.

6. Ayudas para la realización de doctorados industriales.

Mediante estos instrumentos de ayuda, que se ajustarán a las bases reguladoras que estén vigentes y se desarrollaran mediante las correspondientes convocatorias, se pretende abordar los problemas esenciales que se presentan a lo largo de las diferentes etapas del proceso de innovación e integrar a los agentes que participan en ese proceso entre sí y con el sistema regional de I+D+i. Comenzando por empresas innovadoras de base tecnológica de reciente creación, apoyándolas tanto en sus primeros pasos como en las fases de crecimiento y consolidación, hasta su conversión en pymes de alta intensidad innovadora, con proyectos valorados como excelentes en convocatorias internacionales, así como promoviendo la incorporación de la innovación tecnológica en la gestión de los negocios en las pymes más “tradicionales” proporcionándoles los servicios facilitados por los centros de transferencia de tecnología e intermediación en la innovación, y fomentar la creación de consorcios que liderados por grandes entidades privadas con capacidad tractora desarrollen proyectos tecnológicos de futuro enmarcados en la estrategia regional S3.

Las características en cuanto a objeto, beneficiarios, conceptos susceptibles de ayuda, plazo de ejecución y procedimiento, costes presupuestarios previsibles, fuentes de financiación, seguimiento y evaluación e indicadores se recogen de forma individual para cada línea de ayudas en las fichas que se acompañan.





(03/31.091/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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