Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 264

Fecha del Boletín 
05-11-2021

Sección 1.2.29.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20211105-5

Páginas: 21


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO

5
ORDEN 435/2021, de 13 octubre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso, por el sistema general de acceso libre, para el ingreso en el Cuerpo de Ingenieros y Arquitectos Técnicos, Escala de Ingeniería Técnica, Especialidad de Ordenación Rural e Industrias Agroalimentarias, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A2, de la Comunidad de Madrid.

De conformidad con lo previsto en el Decreto 144/2017, de 12 de diciembre, del Consejo de Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 297, de 14 de diciembre) por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2017, cuyo plazo de ejecución se encuentra prorrogado en virtud del artículo 11 del Real Decreto-Ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica (“Boletín Oficial del Estado” de 24 de junio), y en el Decreto 170/2018, de 18 de diciembre, del Consejo de Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 303, de 20 de diciembre), por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2018, y en el ejercicio de las facultades otorgadas por el artículo 2.bis.7 del Decreto 74/1988, de 23 de junio, por el que se atribuyen competencias entre los Órganos de la Administración de la Comunidad, de sus Organismos Autónomos, Órganos de Gestión y Empresas Públicas en materia de personal, en relación con el Decreto 272/2019, de 22 de octubre, del Consejo de Gobierno, (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 253, de 24 de octubre) por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda y Función Pública, ahora Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, en relación con el artículo 5 del Decreto 42/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías, esta Consejería ha resuelto convocar pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo de Ingenieros y Arquitectos Técnicos, Escala de Ingeniería Técnica, Especialidad de Ordenación Rural e Industrias Agroalimentarias, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A2, de la Comunidad de Madrid, con sujeción a las siguientes

BASES COMUNES

Resultará de aplicación al proceso selectivo objeto de la presente convocatoria lo dispuesto en la Orden 290/2018, de 27 de junio, de la Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno, por la que se aprueban las bases generales por las que se regirán las convocatorias de procesos selectivos de personal funcionario de administración y servicios de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 163, de 10 de julio), y lo dispuesto en la Orden 1021/2021, de 27 de abril, de la Consejería de Hacienda y Función Pública (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 111, de 11 de mayo de 2021), por la que se establecen los criterios generales que han de regir las convocatorias del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal del personal funcionario de administración y servicios de la Comunidad de Madrid y del personal laboral al servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid, en donde de forma expresa se establece en su base 1.3.b) que serán convocados de forma conjunta con los correspondientes a la tasa de reposición ordinaria en el turno de acceso libre y de acuerdo con las condiciones fijadas para estos, aquellas convocatorias de personal funcionario de cualquier cuerpo, escala y especialidad de Administración General y Administración Especial y de personal laboral de cualquier categoría y especialidad en las que se oferte un número de plazas inferior a cinco.

BASES ESPECÍFICAS

Primera

Normas generales

Se convocan pruebas selectivas para la cobertura, de doce plazas en el Cuerpo de Ingenieros y Arquitectos Técnicos, Escala de Ingeniería Técnica, Especialidad de Ordenación Rural e Industrias Agroalimentarias, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A2, de la Comunidad de Madrid, para su provisión por el turno de acceso libre.

De las plazas indicadas, tres plazas se encuentran vinculadas a la tasa de estabilización de empleo temporal de personal laboral funcionariable de acuerdo con el artículo 10.1 del citado Decreto de la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2017, aprobada por el Decreto 144/2017, de 12 de diciembre y las nueve plazas restantes se encuentran vinculadas a tasa de reposición ordinaria de la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2018, aprobada por el Decreto 170/2018, de 18 de diciembre.

Las plazas incluidas en el presente proceso selectivo, correspondientes a la tasa de estabilización de personal laboral funcionariable, se convocan al amparo de lo recogido en el artículo 9.e) del Decreto 149/2002, de 29 de agosto, por el que se regula el procedimiento para la adquisición de la condición de funcionario por el personal laboral al servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid, una vez aprobados los correspondientes catálogos definitivos de puestos susceptibles de funcionarización, mediante Orden 196/2021, de 26 de julio, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 179, de 29 de julio).

De conformidad con la normativa vigente relativa al acceso de las personas con discapacidad a la Administración Pública, para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100, y siempre que se cumplan los requisitos que, a tal efecto, se establecen en dicha normativa, se reserva una plaza del total de las convocadas por el turno libre.

Segunda

Personas aspirantes

2.1. Para ser admitidas y, en su caso, tomar parte en las pruebas selectivas bastará con que las personas aspirantes manifiesten en sus solicitudes de participación que reúnen, además de los requisitos que se recogen en la base 6.1 de la Orden 290/2018, de 27 de junio, el siguiente requisito:

— Estar en posesión del título de Ingeniero Técnico o del título de Grado que habilite para el ejercicio de las distintas profesiones de Ingeniero Técnico.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia conforme a la normativa que resulte de aplicación a tal efecto.

2.2. Las personas aspirantes a quienes se les haya reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100 y que soliciten adaptación, deberán adjuntar dictamen técnico facultativo, emitido por un Centro Base de atención a personas con discapacidad de la Comunidad de Madrid, u órgano técnico competente para la calificación del grado de discapacidad de cualquier otra Administración, que acredite de forma fehaciente las deficiencias que hayan dado origen al grado de discapacidad reconocido, para que el Tribunal de Selección pueda valorar la procedencia o no de la concesión de la adaptación solicitada.

Cuando la adaptación solicitada consista en un tiempo adicional para la realización de alguna de las pruebas, se deberá concretar el tiempo adicional solicitado, el cual deberá ajustarse a lo establecido en la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen los criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad.

Si la adaptación solicitada lo fuera de medios, se deberá concretar cuáles son estos. De igual modo, deberá especificarse, en su caso, las condiciones de accesibilidad que haya de tener el recinto o espacio físico donde estas se desarrollen.

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto 54/2006, de 22 de junio, del Consejo de Gobierno, en relación con lo estipulado en el artículo 6 de la Orden 1285/1999, de 11 de mayo, de la Consejería de Hacienda, y a efectos de poder valorar la procedencia de la adaptación solicitada, se podrá, si así se estimase necesario, recabar informe y, en su caso, colaboración de los Centros Base de atención a personas con discapacidad de la Comunidad de Madrid, de la Unidad Administrativa de Colaboración con el Instituto Nacional de la Seguridad Social o de otros órganos técnicos competentes.

Las personas aspirantes que aun teniendo alguna limitación, temporal o permanente, de su capacidad, no tengan la consideración de persona con discapacidad, deberán aportar certificado médico oficial que contenga los extremos señalados en los párrafos anteriores.

Tercera

Solicitudes y plazo de presentación

3.1. La cumplimentación y presentación de solicitudes se ajustará a lo establecido en el Decreto 188/2021, de 21 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la obligación de relacionarse por medios electrónicos con la Administración de la Comunidad de Madrid del personal a su servicio y de los participantes en procesos selectivos y, en lo que no resulte contradictorio, a lo establecido en la base octava de la Orden 290/2018, de 27 de junio.

3.2. Las solicitudes para participar en este proceso selectivo se deberán cumplimentar, en todo caso, por medios electrónicos, a través de la página web de la Comunidad de Madrid, a la que se accederá a través del siguiente enlace: http://www.comunidad.madrid/ servicios/empleo/oposiciones-administracion-servicios-comunidad-madrid, seleccionando el Cuerpo objeto de la presente convocatoria, y cumplimentando el formulario de solicitud, de acuerdo con las instrucciones que también constan en el mismo, previo pago, en su caso, de la tasa por derechos de examen a que se refiere la base cuarta de la presente Orden.

3.3. La cumplimentación electrónica y presentación telemática de la solicitud se realizará de acuerdo con las siguientes indicaciones: una vez se haya accedido a través del enlace http://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/oposiciones-administracion-... a la convocatoria de este proceso selectivo y a “Cumplimentación de solicitud y tasas-Solicitud”, deberá seleccionarse en “Identificación” la opción de “Acceso con certificado”, debiendo disponer para ello la persona interesada de uno de los certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean operativos en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la “Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación” o cualquier otro sistema de firma electrónica que la Comunidad de Madrid considere valido en los términos y condiciones que se establezcan específicamente para cada tipo de firma y tener instalada la aplicación “Autofirma”, que podrá descargarse desde la Sección “Ayuda y Requisitos” de la ventana de “Identificación”. Una vez se haya autenticado con el certificado, se accederá al formulario de la solicitud para su cumplimentación. Finalizada ésta el sistema le permitirá visualizarlo y generar un documento en formato pdf que deberá firmar y guardar, así como adjuntar a la solicitud la documentación que corresponda de entre la que se indica en la base tercera.4 de esta Orden.

3.4. Documentación a adjuntar a las solicitudes: las personas aspirantes deberán acompañar a las solicitudes de participación la documentación que corresponda de entre la que se indica a continuación:

a) El ejemplar para la Administración del impreso modelo 030, acreditativo de haber abonado la tasa por derechos de examen y/o, en su caso, la documentación acreditativa de la exención parcial o total del pago de la misma, todo ello en la forma y términos dispuestos en el apartado segundo de la base octava de la Orden 290/2018, de 27 de junio.

b) Las personas que pudieran precisar adaptaciones de tiempo y/o medios para la realización de alguno de los ejercicios de que consta el proceso, deberán presentar la documentación que acredite la necesidad de las adaptaciones solicitadas, que habrá de ser aportada en la forma y términos establecidos en el apartado sexto de la base octava de la Orden 290/2018, de 27 de junio, en relación con el apartado segundo de la base segunda de la presente convocatoria.

c) Únicamente en aquellos casos en que la solicitud se presente y/o firme por medio de representante que actúa en nombre del aspirante, se deberá aportar la correspondiente autorización en el modelo establecido al efecto y que se encuentra disponible siguiendo la secuencia ya indicada en el apartado segundo de la base tercera de la presente Orden.

3.5. A efectos del cumplimiento del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (RGPD), de conformidad con lo regulado por la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y garantía de derechos digitales (LOPDGDD), y demás normativa vigente sobre la materia, los datos contenidos en la solicitud serán objeto de tratamiento automatizado por la Dirección General de Función Pública para el desarrollo del presente proceso selectivo, siendo su cumplimentación obligatoria para la admisión en el mismo.

3.6. El plazo de presentación de solicitudes de este proceso selectivo será de veinte días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de la presente orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

3.7. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión de la persona aspirante.

3.8. En el caso de que se produjeran incidencias técnicas que imposibiliten el funcionamiento ordinario del sistema informático que sirve de soporte a la tramitación de este proceso selectivo en cualquiera de sus fases, se podrá llevar a cabo una ampliación del correspondiente plazo, siempre que éste no se encuentre vencido, todo ello de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 32.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Cuarta

Tasa por derechos de examen

En cuanto al pago de la tasa por derechos de examen se estará a lo dispuesto en la base octava apartado segundo de la Orden 290/2018, de 27 de junio, haciendo constar en el motivo de la liquidación/Observaciones del pago de la Tasa, “Acceso a Escala de Ingeniería Técnica, Especialidad de Ordenación Rural e Industrias Agroalimentarias”.

Salvo que resulte de aplicación alguna de las exenciones totales recogidas en dicha base, quienes soliciten participar en las pruebas selectivas deberán liquidar, en la forma establecida en la misma, la tasa por derechos examen titulación Subgrupo A2, Grupo Profesional II-Función Publica: “Derechos examen proceso selectivo de los que se deriva la formación de lista de espera o bolsa de trabajo”, y que asciende a 41,18 euros.

Para quienes sean miembros de familias numerosas de categoría general, el importe de la tasa será de 20,59 euros.

Quinta

Admisión de aspirantes

5.1. En cuanto a la admisión de aspirantes, se estará a lo dispuesto en la base novena de la Orden 290/2018, de 27 de junio.

5.2. En el caso de que alguna de las personas interesadas haya presentado su solicitud de forma presencial, se le requerirá para que la subsane a través de su presentación electrónica, en los términos y con los efectos establecidos en el artículo 68.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, considerándose a todos los efectos como fecha de presentación de la solicitud aquélla en la que se haya realizado la correspondiente subsanación, de acuerdo con lo recogido en el artículo 5.3 del Decreto 188/2021, de 21 de julio.

Sexta

Tribunal Calificador

6.1. El Tribunal Calificador será designado por resolución de la Dirección General de Función Pública que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, siendo su régimen jurídico la regulación establecida para los órganos colegiados en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en la Orden 1285/1999, de 11 de mayo, de la Consejería de Hacienda, por la que se aprueban instrucciones relativas al funcionamiento y actuación de los Tribunales de Selección en el ámbito de la Administración de la Comunidad de Madrid, lo establecido en la base décima de la Orden 290/2018, de 27 de junio y en cualquier otra normativa que resulte de aplicación, todo ello sin perjuicio de lo recogido en el artículo 24.6 del Acuerdo Sectorial sobre condiciones de trabajo del personal funcionario de administración y servicios de la Administración de la Comunidad de Madrid (2021-2024).

A efectos de cobro de indemnizaciones por razón del servicio, quedará incluido en la categoría segunda, siendo de aplicación la base antes citada, en relación con la Resolución de 3 de enero de 2019, de la Dirección General de Función Pública, por la que se dictan instrucciones sobre el incremento de la cuantía de determinadas indemnizaciones en concepto de asistencias por la participación en tribunales de selección de personal funcionario y laboral de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 14, de 17 de enero de 2019).

6.2. Los Tribunales de selección actúan con plena autonomía en el ejercicio de su discrecionalidad técnica, y sus miembros son personalmente responsables de la transparencia y objetividad del procedimiento, de la confidencialidad de las pruebas y del estricto cumplimiento de las bases de la convocatoria y de los plazos establecidos para el desarrollo del proceso selectivo.

6.3. La inasistencia injustificada de los miembros de los órganos de selección a las distintas sesiones y actos del procedimiento, incluido el de constitución, habiendo sido convocados por su presidente/a, así como el incumplimiento de sus deberes en el desarrollo del proceso selectivo objeto de esta convocatoria, dará lugar a la exigencia de la responsabilidad que corresponda

6.4. El Tribunal dispondrá de un plazo máximo de treinta días hábiles desde la recepción de las peticiones o consultas que le sean formuladas para su contestación, salvo que concurran circunstancias excepcionales, en cuyo caso se procederá de conformidad con lo previsto en los artículos 21.5 y 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Las peticiones o revisión de calificaciones presentadas por los aspirantes deberán ser respondidas por el Tribunal de forma razonada con anterioridad a la celebración del siguiente ejercicio de la oposición, siempre y cuando se hubiesen formulado al menos siete días antes de la realización del mismo, para que en dicho plazo pueda efectuarse la convocatoria del Tribunal con la antelación mínima establecida y tras reunirse para su valoración, pueda procederse a cursar la notificación del acuerdo adoptado a la persona interesada.

6.5. Las actuaciones de los Tribunales de selección que tengan la condición de preparatorias de los Acuerdos por los que se aprueban las relaciones de aspirantes que han superado los distintos ejercicios, no serán recurribles de forma independiente a estas.

6.6. La designación de asesores/as especialistas por el Tribunal de selección, se publicará en la página web de la dirección general con competencias en materia de función pública, junto con el resto de la información relativa al correspondiente proceso selectivo.

Séptima

Sistema de Selección

7.1. El sistema selectivo será el de oposición.

7.2. El desarrollo de la oposición se regirá por lo dispuesto en la base decimosegunda de la Orden 290/2018, de 27 de junio, y por el programa que figura como Anexo I de la presente convocatoria.

7.3. La oposición estará integrada por los ejercicios que a continuación se indican, todos ellos tendrán carácter obligatorio y eliminatorio.

7.3.1. Primer ejercicio: consistirá en contestar por escrito un cuestionario tipo test propuesto por el Tribunal, de ochenta preguntas, más cinco adicionales de reserva que serán valoradas en el caso de que se anule alguna de las anteriores, de acuerdo con la siguiente distribución:

— Las primeras quince preguntas versarán sobre el temario general del programa, de las cuales las cinco primeras versarán sobre los temas 1 a 4, y las diez restantes sobre los temas 5 a 15, de dicho temario general.

— Las sesenta y cinco preguntas restantes versarán sobre el correspondiente temario específico.

Para cada pregunta se propondrán cuatro respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas la correcta. Cada pregunta contestada correctamente se valorará en positivo; la pregunta no contestada, es decir, que figuren las cuatro letras en blanco o con más de una opción de respuesta, no tendrá valoración, y la pregunta con contestación errónea se penalizará con la tercera parte del valor asignado a la contestación correcta

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de ochenta y cinco minutos.

7.3.2. Segundo ejercicio: las personas aspirantes deberán desarrollar por escrito dos temas extraídos al azar en la misma sesión en la que haya de celebrarse el ejercicio, de entre los que componen el temario específico del programa.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de tres horas.

Los temas serán leídos por las personas participantes en sesión pública ante el Tribunal, valorándose la amplitud de los conocimientos, la calidad de la expresión escrita y la sistemática en la composición de los temas, así como su forma de presentación y exposición. El Tribunal podrá dialogar con cada aspirante durante un tiempo máximo de quince minutos.

7.3.3. Tercer ejercicio: las personas aspirantes realizarán por escrito dos supuestos prácticos propuestos por el Tribunal, que versarán sobre el temario específico del programa de la oposición. Para la realización de este ejercicio, cuya duración máxima será de cuatro horas, se podrá acudir con la documentación y el material que, en su caso, el Tribunal determine en la convocatoria de este ejercicio.

Los supuestos serán leídos por las personas aspirantes en sesión pública ante el Tribunal, que valorará la capacidad para aplicar los conocimientos a las situaciones prácticas que se planteen en el supuesto a realizar, así como la amplitud de dichos conocimientos, el rigor analítico, la sistemática y la claridad y orden de ideas a fin de la elaboración de una propuesta razonada para la resolución de los supuestos prácticos. El Tribunal podrá dialogar con cada aspirante durante un tiempo máximo de quince minutos.

7.3.4. Los ejercicios escritos lo estarán de tal modo que permitan su lectura por cualquier miembro del Tribunal Calificador, evitando la utilización de abreviaturas o signos no usuales en el lenguaje escrito.

7.4. El orden de actuación de las personas aspirantes se iniciará alfabéticamente por aquella cuyo primer apellido comience por la letra “E”, de conformidad con la Resolución de 9 de marzo de 2021, de la Dirección General de Función Pública (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 74, de 29 de marzo).

7.5. La fecha y lugar exacto de celebración del primer ejercicio se hará constar, a propuesta del Tribunal de selección en la Resolución por la que se aprueben las relaciones definitivas de aspirantes admitidos y excluidos del proceso selectivo correspondiente, que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con una antelación mínima de diez días hábiles.

La publicación del anuncio de celebración del segundo y, en su caso, sucesivos ejercicios, así como la de la lista de aprobados/as de los mismos, se efectuará en los tablones de anuncios de las oficinas de asistencia en materia de registro, cuyas direcciones pueden consultarse en la página web: http://www.comunidad.madrid/servicios/información-atencion-ciudadano/red-oficinas-comunidad-madrid, y en cualquier otro lugar que el Tribunal considere conveniente para su mejor difusión entre los interesados, sin perjuicio de encontrarse, igualmente, disponible dicha información en la página web de la Comunidad de Madrid.

Octava

Calificación del proceso selectivo

8.1. Para la calificación de los ejercicios de la oposición el Tribunal se ajustará a lo previsto en la base decimotercera de la Orden 290/2018, de 27 de junio de 2018, y a lo establecido en la presente base.

Los ejercicios de la oposición se calificarán de la forma siguiente:

8.1.1. Primer ejercicio: se calificará de cero a diez puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de cinco puntos.

8.1.2. Segundo ejercicio: se calificarán cada uno de los temas de cero a diez puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo total de diez puntos entre los dos y no haber obtenido menos de cuatro puntos en cada uno de ellos.

Una vez calificados los dos temas, se efectuará la media aritmética entre las puntuaciones obtenidas en cada tema, para así obtener la calificación total de este ejercicio, que deberá estar comprendida entre cero y veinte puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de diez puntos.

8.1.3. Tercer ejercicio: se calificará de cero a diez puntos cada supuesto práctico, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo total de diez puntos entre los dos y no haber obtenido menos de cinco en cada supuesto. Una vez calificados los dos supuestos prácticos, se efectuará la media aritmética entre las puntuaciones obtenidas en cada uno de los mismos, para así obtener la calificación total de este ejercicio, que deberá estar comprendida entre cero y diez puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de cinco puntos.

8.2. La calificación final de las personas aspirantes en la oposición vendrá integrada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios aprobados.

8.3. Finalizada la oposición, el Tribunal hará públicas, en los términos dispuestos en la base 7.5, las relaciones de aspirantes que la han superado, debidamente ordenadas, de forma decreciente, conforme a la calificación total obtenida en la misma, encontrándose disponible, igualmente, dicha información, en la página web de la Comunidad de Madrid.

En dichas relaciones, el Tribunal indicará los siguientes extremos:

— Número de orden obtenido en el proceso selectivo de acuerdo con la puntuación total alcanzada.

— Datos personales en los términos dispuestos en la normativa de aplicación.

— Calificaciones obtenidas en cada ejercicio de la oposición.

— Calificación final.

Novena

Calificación final del proceso selectivo

A efectos de la calificación final del proceso, el Tribunal se ajustará a lo previsto en la base decimocuarta de la Orden 290/2018, de 27 de junio, viniendo determinada aquella por la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios de la fase de oposición, ordenándose a los aspirantes de forma decreciente, conforme a dicha calificación final.

En caso de igualdad en la calificación final, el orden se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:

— Personas aspirantes aprobadas que concurran por el cupo de discapacidad. De persistir el empate entre estas, se dirimirá atendiendo a los criterios de prelación generales que se relacionan a continuación

— Mayor puntuación en la calificación final obtenida en la oposición. Si hubiera igualdad en esta calificación, se atenderá a la mayor calificación del tercero, segundo y primer ejercicio, por este orden.

— De continuar el empate, se deshará mediante la celebración, por parte del Tribunal, de un sorteo público que se anunciará con la suficiente antelación.

El Tribunal no podrá aprobar ni declarar que ha superado la oposición un número superior de aspirantes al de plazas convocadas por la presente Orden. Cualquier propuesta que contravenga lo indicado anteriormente será nula de pleno derecho.

Décima

Lista de aprobados del proceso selectivo y acreditación del cumplimiento de requisitos

10.1. El Tribunal Calificador hará pública, en los términos dispuestos en la base decimocuarta de la Orden 290/2018, de 27 de junio, la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo, indicando los siguientes extremos:

— Número de orden obtenido en el proceso selectivo de acuerdo con la puntuación total alcanzada.

— Datos personales en los términos dispuestos en la normativa de aplicación.

— Calificaciones obtenidas en cada ejercicio de la oposición.

— Calificación final.

10.2. En cuanto a la acreditación de cumplimiento de requisitos por parte de las personas aspirantes que hayan superado el proceso selectivo, se estará a lo dispuesto en las bases 14.6 a 14.10 de la Orden 290/2018, de 27 de junio.

10.3. La presentación de la documentación indicada en el apartado anterior únicamente podrá realizarse mediante su presentación por medios telemáticos.

Undécima

Nombramiento como personal funcionario de carrera y toma de posesión

Concluido el proceso selectivo, quienes lo hubieran superado y acreditado el cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria, serán nombrados, de acuerdo con lo establecido en la base decimoquinta de la Orden 290/2018, de 27 de junio, funcionarios de carrera del Cuerpo de Ingenieros y Arquitectos Técnicos, Escala de Ingeniería Técnica, Especialidad de Ordenación Rural e Industrias Agroalimentarias, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A2, de la Comunidad de Madrid, tomando posesión según lo previsto en la base decimosexta de la Orden 290/2018, de 27 de junio.

Duodécima

Lista de espera para personal funcionario interino

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Decreto 50/2001, de 6 de abril, por el que se regulan los procedimientos de cobertura interina de puestos de trabajo reservados a personal funcionario en la Administración de la Comunidad de Madrid, y en la base decimoséptima de la Orden 290/2018, de 27 de junio, se procederá a la constitución y aprobación de una lista de espera de personal funcionario interino del Cuerpo de Ingenieros y Arquitectos Técnicos, Escala de Ingeniería Técnica, Especialidad de Ordenación Rural e Industrias Agroalimentarias, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A2, de la Comunidad de Madrid, integrada con los aspirantes del turno libre que hayan obtenido como mínimo 4 puntos en la calificación del primer ejercicio de la oposición, y no superen el proceso selectivo, salvo que manifiesten expresamente su voluntad de no formar parte de dicha lista de espera.

El orden de las personas aspirantes en la lista vendrá determinado por los criterios que seguidamente se indican:

— Personas aspirantes aprobadas que concurran por el cupo de discapacidad. De persistir el empate entre estas, se dirimirá atendiendo a los criterios de prelación generales que se relacionan a continuación

— Suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios superados de la oposición, de mayor a menor.

— Puntuación obtenida en el primer ejercicio de la oposición, de mayor a menor y, teniendo en cuenta la calificación mínima de 4 puntos necesaria para la inclusión en dicha lista.

En caso de igualdad de puntuación, se atenderá a los siguientes criterios:

— Mayor calificación obtenida en el tercero, segundo y primer ejercicio de la oposición, por este orden.

— De continuar el empate, se deshará mediante el orden alfabético a partir de la letra contemplada en el apartado cuarto de la base séptima de esta convocatoria.

Decimotercera

Recursos

Los actos administrativos que se deriven de la presente convocatoria, así como las actuaciones del Tribunal Calificador, podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecida en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer con carácter potestativo recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ambos plazos contados a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, significándose que en caso de interponer recurso de reposición no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Madrid, a 13 de octubre de 2021.—El Viceconsejero de Hacienda, por delegación del Consejero de Hacienda y Función Pública, mediante Orden de 6 de julio de 2020 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 16 de julio de 2020), José Ramón Menéndez Aquino.

ANEXO I

PROGRAMA DE LAS PRUEBAS SELECTIVAS PARA EL INGRESO EN EL CUERPO DE INGENIEROS Y ARQUITECTOS TÉCNICOS, ESCALA DE INGENIERÍA TÉCNICA, ESPECIALIDAD DE ORDENACIÓN RURAL E INDUSTRIAS AGROALIMENTARIAS, DE ADMINISTRACIÓN ESPECIAL, GRUPO A, SUBGRUPO A2, DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Temario general

1. La Constitución Española de 1978: características, estructura, principios y valores fundamentales. De los derechos y deberes fundamentales. Los derechos fundamentales y su especial protección.

2. La organización territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas y los Estatutos de Autonomía. La articulación del Estado de las Autonomías: distribución competencial y conflictos de competencias. La Administración de las Comunidades Autónomas. La Administración Local: provincias, municipios y otras entidades locales. La coordinación entre las distintas Administraciones Públicas.

3. El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid: estructura y contenido. Las competencias de la Comunidad de Madrid: potestad legislativa, potestad reglamentaria y función ejecutiva.

4. La Asamblea de Madrid: composición, elección y funciones. Funcionamiento, órganos y estatuto de sus miembros. El procedimiento legislativo. La Ley de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid: estructura y contenido. El Gobierno de la Comunidad de Madrid: el Presidente y los Consejeros.

5. La Administración de la Comunidad de Madrid: organización y estructura básica de las Consejerías. La Administración Institucional de la Comunidad de Madrid. La Administración de Justicia en la Comunidad de Madrid.

6. La Unión Europea: Instituciones. El Derecho Comunitario: fuentes, relación con el ordenamiento jurídico de los Estados miembros y participación de las Comunidades Autónomas en su aplicación.

7. Las fuentes del Derecho Administrativo. La Constitución. La Ley. Disposiciones del Ejecutivo con fuerza de ley. El Reglamento y los límites de la potestad reglamentaria.

8. La Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: objeto y ámbito de aplicación. Derechos de los ciudadanos en sus relaciones con las Administraciones Públicas. El procedimiento administrativo común: concepto, principios generales y fases del procedimiento. Los procedimientos administrativos especiales. La legalidad administrativa. El acto administrativo: eficacia y validez, presunción de validez y eficacia, nulidad y anulabilidad. La revisión de los actos administrativos: la revisión de oficio. Los recursos administrativos. El recurso contencioso-administrativo.

9. La Ley de Régimen Jurídico del Sector Público: disposiciones generales, principios de actuación y funcionamiento del Sector Público. Funcionamiento electrónico del Sector Público.

10. La 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno: funciones. Especial referencia a la Ley de Transparencia y Participación de la Comunidad de Madrid y a su Portal de Transparencia.

11. La protección de datos de carácter personal. El Reglamento 2016/679, de 27 de abril de 2016, del Parlamento Europeo y el Consejo relativo al tratamiento y libre circulación de datos personales y la adaptación del ordenamiento jurídico español al mismo. La Agencia de Protección de Datos: competencias y funciones. Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

12. Los contratos administrativos. Clases. El expediente de contratación y su tramitación. Procedimientos y criterios de adjudicación. Ejecución y modificación de los contratos. Pago del precio. Extinción de los contratos: Cumplimiento y resolución.

13. El personal al servicio de las Administraciones Públicas. El texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. Clases de personal al servicio de las Administraciones Públicas. Situaciones administrativas. Derechos y deberes. Incompatibilidades. El régimen disciplinario. La pérdida de la condición de funcionario. El sistema de retribuciones. La promoción profesional de los funcionarios. La Ley de la Función Pública de la Comunidad de Madrid. Decreto 79/2020, de 16 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la modalidad de prestación de servicios en régimen de teletrabajo en la Administración de la Comunidad de Madrid.

14. Hacienda Pública: normativa básica. La Ley Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid: Estructura y principios generales. Los presupuestos de la Comunidad de Madrid. El ciclo presupuestario.

15. El principio de igualdad entre mujeres y hombres. La tutela contra la discriminación. El marco normativo para la promoción de la igualdad de género y para la protección integral contra la violencia de género, la LGTBIfobia y la discriminación por razón de orientación e identidad sexual. Especial referencia a la Comunidad de Madrid.

Temario específico

I. Generales

1. El medio físico en la Comunidad de Madrid: Geomorfología. Climatología: principales factores climáticos y las distintas áreas climáticas madrileñas. Hidrografía. Orografía. Conceptos de medio rural y medio urbano. Diagnóstico territorial de la Comunidad de Madrid: Especial referencia al sector agrario y a la realidad ambiental regional.

2. El sector agrario en España: concepto y delimitación. Dimensión y distribución subsectorial: Agricultura, ganadería, forestal e industrial. Especial referencia a la Comunidad de Madrid.

3. Medio Ambiente y Ordenación del Territorio. Legislación vigente sobre el suelo y urbanismo en la Comunidad de Madrid.

4. El suelo agrario en España y en la Comunidad de Madrid. Distribución por usos, tenencia y propiedad. El mercado del suelo agrario y su influencia en la estructura empresarial agraria. Problemática en la Comunidad de Madrid.

5. La población activa agraria en España y en la Comunidad de Madrid: dimensión y principales características laborales y empresariales. Especial referencia al envejecimiento y al despoblamiento.

II. Política agraria y de conservación de la naturaleza

6. Objetivos convencionales y nuevos objetivos. Instrumentos. Reforma de la PAC 2015-2020. Plan Estratégico de España para la PAC post 2020. Reglamentos de la Unión Europea sobre la PAC: Principales características.

7. Política de conservación de la naturaleza. Principales convenios internacionales. Principal ordenamiento jurídico comunitario, estatal y de la Comunidad de Madrid. Planes y estrategias.

8. Fondos Europeos de financiación al sector agrario: Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER). Otros fondos. Principios de funcionamiento. Gestión y control de los fondos. Organismos pagadores.

9. La Iniciativa Comunitaria LEADER. Otras iniciativas. El Programa de Desarrollo Rural de la Comunidad de Madrid.

10. Política de precios y mercados para los productos agrícolas, ganaderos y forestales. OCM única: Especial referencia al sector vitivinícola. Régimen de precios. Régimen de intervenciones. Régimen de comercio exterior. Régimen de ayudas. Régimen de control.

11. Política de regadíos y del uso del agua. Plan Nacional de Regadíos. El Plan Hidrológico de la Cuenca del Tajo en el marco del Plan Hidrológico Nacional: Aplicación en la Comunidad de Madrid. Contaminación de aguas. Parámetros y características de la contaminación de las aguas residuales urbanas, industriales y agrarias. Legislación de aplicación. Planes de saneamiento y depuración de aguas en la Comunidad de Madrid.

12. Política de investigación agraria e innovación tecnológica en España: programas y organización. La innovación tecnológica y su difusión en la agricultura. Especial referencia a la Comunidad de Madrid.

13. Política de Estructuras Agrarias. Los problemas estructurales del sector agrario en España y en la Comunidad de Madrid. Legislación para la mejora y modernización de las estructuras de producción de las explotaciones agrarias. El sector agrario de montaña y de las áreas desfavorecidas. Indemnizaciones compensatorias en zonas desfavorecidas. Política Industrial Agraria: Transformación y comercialización de los productos agrarios. Su importancia como instrumento para el desarrollo rural. Medidas de apoyo a la industria agraria en España y en la Comunidad de Madrid.

14. Política Forestal en España. Estrategia Forestal Española. Plan Forestal Español. La Política Forestal en la Comunidad de Madrid. El Plan Forestal de Madrid. Características y programas que lo integran. La legislación Forestal y sobre el medio natural aplicable en la Comunidad de Madrid. La gestión forestal sostenible en la Comunidad de Madrid.

15. Política de Residuos. Distribución de competencias de las Administraciones Públicas en la gestión de residuos. Normativa europea, nacional y de la Comunidad de Madrid. Tipos de residuos: Urbanos, peligrosos, envases. Plan de Gestión de Residuos Sólidos Urbanos de la Comunidad de Madrid.

16. La calidad alimentaria: Definición y principios. La defensa de la calidad diferenciada de los productos agroalimentarios: Concepto, clases, régimen jurídico. El control de la calidad en los alimentos: Organismos de certificación, normas de calidad, Denominaciones de origen, Denominaciones de calidad, Indicaciones Geográficas Protegidas y Alimentos Ecológicos en la Comunidad de Madrid.

17. La seguridad alimentaria. El control sanitario oficial de los alimentos. Autocontrol: Análisis de puntos peligrosos de control crítico. Trazabilidad. Las Reglamentaciones Técnico-Sanitarias.

III. Medio natural

18. Principales suelos de la Comunidad de Madrid. Productividad potencial edáfica. Su influencia en la distribución de usos. La erosión del suelo. Clases y causas. Métodos de corrección.

19. El medio biofísico en la Comunidad de Madrid: pisos bioclimáticos, corología, series vegetales. Principales ecosistemas madrileños.

20. Vegetación en la Comunidad de Madrid: frondosas, coníferas, arbustos y pratenses. Distribución y caracteres culturales.

21. Fauna silvestre de la Comunidad de Madrid. Características y exigencias ecológicas de las principales especies. Principales epidemias en animales silvestres: Etiología, ciclos, sintomatología, prevención y tratamiento. Legislación de aplicación en la materia.

22. Flora y fauna silvestre protegida. Legislación estatal y autonómica de aplicación en la materia. Catálogo de Especies protegidas de la Comunidad de Madrid. Árboles singulares de la Comunidad de Madrid. Especies exóticas invasoras.

23. Especies endémicas, autóctonas, exóticas y alóctonas. Normativa europea, nacional y de la Comunidad de Madrid. Técnicas de erradicación y control de especies invasoras. Situación en España y en la Comunidad de Madrid.

24. Incendios forestales: Clases, causas, factores que influyen en su propagación. Métodos de prevención, detección, extinción e investigación de causas. Legislación aplicable en la materia. Plan de Incendios Forestales de la Comunidad de Madrid (INFOMA).

25. Parque Nacional, Parques Regionales y otras figuras de protección derivadas de la legislación nacional y de la Comunidad de Madrid. Los Planes Rectores de Uso y Gestión. Los Planes de Ordenación de los Recursos Naturales. Situación en la Comunidad de Madrid.

26. Técnicas de restauración de áreas degradadas en la Comunidad de Madrid. Normativa europea, nacional y de la Comunidad de Madrid. Restauración de zonas erosionadas. Restauración de zonas afectadas por incendios. Planes de Restauración ambiental de zonas mineras. Forestación y Biodiversidad aplicable a las restauraciones ambientales.

27. Evaluación del impacto ambiental: Régimen jurídico con especial referencia a la Comunidad de Madrid. Metodologías de valoración de impactos. Medidas preventivas, correctoras y compensatorias: Definición y ejemplos concretos. Programa de Vigilancia Ambiental.

28. Vías pecuarias de la Comunidad de Madrid. Régimen jurídico. Principales cañadas.

29. Montes o terrenos forestales. Régimen jurídico. Catálogo de montes de Utilidad Pública. Gestión de montes del Catálogo de Utilidad Pública de la Comunidad de Madrid.

30. Métodos de ordenación de montes. Cálculo de la posibilidad. Instrucciones de Ordenación de Montes Arbolados vigentes. Planes técnicos y ordenaciones provisionales. Plan especial y plan general. Sus revisiones. Ordenaciones especiales.

31. Aprovechamiento hidroeléctrico. Parques Eólicos. Plantas solares fotovoltaicas. Instalaciones geotérmicas. Ventajas e Inconvenientes. Medidas ambientales preventivas, correctoras y compensatorias. Situación en la Comunidad de Madrid. Perspectivas de futuro.

32. Ley de Montes vigente a nivel estatal y su Reglamento. Ley Forestal y de Protección de la Naturaleza vigente de la Comunidad de Madrid: principales innovaciones respecto a la Ley de Montes de 1957.

33. Ley de Caza y su Reglamento. Principales especies cinegéticas de la Comunidad de Madrid. Ordenación cinegética: legislación aplicable, planes de aprovechamiento cinegético. Especies cinegéticas de la Comunidad de Madrid.

34. Ley de Pesca y su Reglamento. Características y exigencias de las principales especies de fauna acuícola. Ordenación piscícola. Repoblación, cría e introducción de especies. Especies piscícolas de la Comunidad de Madrid.

35. Ley de Aguas y Reglamento del Dominio Público Hidráulico. Ley 7/1990, de 28 de junio, de Protección de Embalses y Zonas Húmedas de la Comunidad de Madrid. El Catálogo de Embalses y Humedales de la Comunidad de Madrid.

36. La educación ambiental. Antecedentes y principios. La Red de centros de educación ambiental de la Comunidad de Madrid: Equipamientos y programas educativos. La educación ambiental en la gestión de espacios naturales de la Comunidad de Madrid.

37. El programa de la UNESCO sobre el Hombre y la Biosfera (MAB). Estrategia de Sevilla y Plan de Acción de Madrid. Reservas de la Biosfera en la Comunidad de Madrid.

IV. La empresa en el medio rural

38. La empresa agraria en el Estado Español. Características diferenciales y estructura productiva por subsectores: Agrícola, forestal, ganadero, industrial. Especial referencia a la Comunidad de Madrid.

39. Las empresas agrícolas de secano y regadío: Características y tipos. Principales producciones. Ayudas institucionales al sector. Problemática y perspectivas de futuro. Especial referencia a la Comunidad de Madrid.

40. Las empresas forestales: Características diferenciales y tipos. Principales producciones. Ayudas institucionales al sector. Problemática y perspectivas de futuro. Especial referencia a la Comunidad de Madrid.

41. Las empresas ganaderas intensivas y extensivas: características diferenciales y tipos. Principales producciones. Ayudas institucionales al sector. Problemática y perspectivas de futuro. Especial referencia a la Comunidad de Madrid.

42. El Asociacionismo agrario. Fórmulas asociativas: cooperativas, sociedades agrarias de transformación y agrupaciones de productores agrarios. Régimen jurídico y órganos de gobierno. Especial referencia a la Comunidad de Madrid.

43. La comercialización agraria en origen y en destino. Relaciones contractuales. La integración vertical y horizontal. Organizaciones profesionales. Especial referencia a la Comunidad de Madrid.

V. Técnicas y medios de producción

44. Los proyectos de ingeniería agraria: concepto y fines. Formulación. Análisis de alternativas. El ciclo del proyecto. Los estudios de viabilidad. Partes de un proyecto. Disposiciones mínimas sobre seguridad y salud en los proyectos de obras.

45. Construcciones e infraestructuras agroforestales. Tipos y fines. Materiales de construcción. Criterios de diseño. Condicionamientos medioambientales. Caminos rurales y forestales. Diseño y construcción de cada uno de ellos.

46. Técnicas de producción de semillas y plantas de reproducción vegetativa. La importancia del germoplasma autóctono: Su conservación, especies, variedades, técnicas de selección y mejora. El sector productor de semillas y plantas de vivero: Problemática. Especial referencia a la Comunidad de Madrid.

47. Fertilizantes. Tipos y características. Técnicas de aplicación. Su incidencia en la producción agraria y en el medio ambiente. Aplicación de lodos provenientes de la depuración de aguas residuales en el sector agrario: Legislación aplicable. Productos fitosanitarios. Tipos y características. Técnicas de aplicación. Los productos fitosanitarios y el medio ambiente. Propiedades de los productos fitosanitarios en relación con la contaminación del medio ambiente. La utilización indebida de los productos. Lucha biológica y control integrado.

48. Técnicas de producción del viñedo y del olivar: especies y variedades. Exigencias medioambientales. “Inputs”. Operaciones de cultivo. Maquinaria y equipos. Plagas y enfermedades. Producciones y rendimientos. Compatibilidad con otros aprovechamientos. Especial referencia a la Comunidad de Madrid.

49. Técnicas de producción en horticultura: especies y variedades. Exigencias medioambientales. “Inputs”. Operaciones de cultivo. Maquinaria y equipos. Plagas y enfermedades. Producciones y rendimientos. Compatibilidad con otros aprovechamientos. Especial referencia a la Comunidad de Madrid.

50. Técnicas de producción de cereales y forrajes: especies y variedades. Exigencias medioambientales. “Inputs”. Operaciones de cultivo. Maquinaria y equipos. Plagas y enfermedades. Producciones y rendimientos. Compatibilidad con otros aprovechamientos. Especial referencia a la Comunidad de Madrid.

51. Técnicas de producción de ganadería intensiva: especies y razas. Exigencias medioambientales. “Inputs”. Operaciones de manejo. Incidencia de las principales patologías en la producción animal. Equipos e instalaciones. Producciones y rendimientos. Compatibilidad con otros aprovechamientos. Especial referencia a la Comunidad de Madrid.

52. Técnicas de producción de ganadería extensiva: especies y razas. Exigencias medioambientales. “Inputs”. Operaciones de manejo. Incidencia de las principales patologías en la producción animal. Equipos e instalaciones. Producciones y rendimientos. Compatibilidad con otros aprovechamientos. Especial referencia a la Comunidad de Madrid.

53. Técnicas de producción de acuicultura continental: especies. Exigencias medioambientales. “Inputs”. Operaciones de manejo. Principales enfermedades. Equipos e instalaciones. Producciones y rendimientos.

54. Selvicultura. Concepto. Tratamientos de Monte alto. Cortas de regeneración. Claras. Clareos. Condicionantes de aplicación.

55. Tratamientos de Monte bajo. Condicionantes de aplicación. Tratamientos de dehesas. Tratamientos parciales: Podas, desbroces.

56. Técnicas de producción forestal. Aprovechamientos forestales: explotación de los montes. Técnicas dasométricas. Cortas de madera, señalamiento, apeo, desembosque. Principales utilizaciones de la madera. Maquinaria forestal: Tipos y utilización. Otros aprovechamientos forestales. Aspectos relacionados con la conservación del medio natural. Especial referencia a la Comunidad de Madrid.

57. Técnicas de repoblación forestal. Elección de especies a utilizar en repoblaciones. Preparación del terreno, Formas de plantación y tratamientos posteriores. Maquinaria y condicionantes. Aspectos legales de las repoblaciones. Consorcios y convenios.

VI. Industrias agrarias

58. La industria agraria y alimentaria española. Estructura y principales magnitudes. El suministro de materias primas. Dependencia exterior. La penetración multinacional. Especial referencia a la Comunidad de Madrid.

59. El consumo de productos agrarios y de alimentos en España. Referencia subsectorial: Agrícolas, forestales, ganaderos e industriales. Estructura, hábitos, tendencias y factores condicionantes. Nuevas demandas de la industria y de los consumidores. Especial referencia a la Comunidad de Madrid.

60. La tecnología: importancia e incidencia en los medios de producción. Nuevas tecnologías agrarias. Biotecnología: Fundamentos. La aplicación de la biotecnología en la industria agraria. Nuevos alimentos. Organismos modificados genéticamente. Marco normativo. Especial referencia a la Comunidad de Madrid.

61. Técnicas de producción de congelados vegetales, precocinados y otras conservas. Materias primas. Procesos básicos. Tipos de productos y sus peculiaridades de elaboración. Características del sector en la Comunidad de Madrid.

62. Técnicas de producción enológica: Materia prima. Procesos básicos. Tipos de productos y sus peculiaridades de elaboración. Características del sector en la Comunidad de Madrid.

63. Técnicas de producción de aceite de oliva y otros aceites vegetales: Materias primas. Procesos básicos. Tipos de productos y sus peculiaridades de elaboración. Características del sector en la Comunidad de Madrid.

64. Técnicas de producción de leche y productos lácteos: materias primas. Procesos básicos. Tipos de productos y sus peculiaridades de elaboración. Características del sector en la Comunidad de Madrid.

65. Técnicas de producción de carnes y productos cárnicos: materias primas. Procesos básicos. Tipos de productos y sus peculiaridades de elaboración. Características del sector en la Comunidad de Madrid.

66. Técnicas de transformación de productos forestales: materias primas. Procesos básicos. Tipos de productos y sus peculiaridades de elaboración. Características del sector en la Comunidad de Madrid.

67. Técnicas de transformación y conservación de productos de la pesca y la acuicultura. Materias primas. Procesos básicos. Tipos de productos y sus peculiaridades de elaboración. Características del sector en la Comunidad de Madrid.

68. Infraestructura verde y conectividad: concepto de paisaje y su importancia como recurso. Convenio Europeo del Paisaje. Atlas de los Paisajes de España. La conectividad ecológica y la infraestructura verde en la Comunidad de Madrid.

69. Economía Circular. Planes de Acción de la Comisión Europea en este ámbito. Estrategia Española de Economía Circular y Plan de Acción de Economía Circular 2021-2023.

70. Energías renovables y fomento de combustibles alternativos. Normativa nacional y europea de aplicación. Valorización de residuos para usos energéticos. Biomasa, biocarburantes y biogás, biometano y principales usos. Cultivos energéticos. Producción sostenible y cambio indirecto del uso de la tierra. El papel de las energías renovables y el ahorro y la eficiencia energética. Situación en España: objetivos, evolución de las emisiones del sector energético, y políticas y medidas puestas en marcha.

71. Cartografía, fotografía aérea, ortofotografía y fotointerpretación. Sensores remotos: GPS y Sistema Galileo. Información geográfica y sistemas de información geográfica. Teledetección, programa Copernicus, RADAR y LiDAR. PNOA y sus productos. Directivas relacionadas con la infraestructura de información espacial en la Comunidad Europea (Inspire) y normativa sobre las infraestructuras y los servicios de información geográfica en España (LISIGE). Aplicación al mundo forestal en España y en la Comunidad de Madrid.

72. Fundamentos de la conservación de la biodiversidad en la Unión Europea. La Estrategia de la UE sobre Biodiversidad para 2030. Las Directivas Hábitats 92/43/CEE y de Aves 2009/147/CE. Desarrollo y aplicación en España. La Red Europea Natura 2000.

73. Marco 2030 de Energía y Clima de la Unión Europea. El régimen jurídico del comercio de derechos de emisión, sectores difusos y LULUCF. Objetivos. Desarrollo legislativo. Gobernanza. Estructura para el cumplimiento de los objetivos de los Estados Miembros. Estado de situación. Estrategia europea de adaptación. La lucha contra el cambio climático en España: principales elementos y líneas de actuación. La Ley de Cambio Climático y Transición Energética, El Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (PNIEC) 2021-2030.













(01/30.776/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.29.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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