Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 255

Fecha del Boletín 
26-10-2021

Sección 1.2.27.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20211026-5

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDADES, CIENCIA Y PORTAVOCÍA

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RESOLUCIÓN de 15 de octubre de 2021, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se hace pública la lista de aspirantes que han adquirido una nueva especialidad en el procedimiento selectivo convocado por Resolución de 11 de marzo de 2020.

De acuerdo con lo dispuesto en la base octava del título II de la Resolución de 11 de marzo de 2020 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID del 24), por la que se convocan procedimientos selectivos para ingreso y accesos a los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño y de Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño y procedimiento para la adquisición de nuevas especialidades por los funcionarios de los citados Cuerpos, una vez comprobado que los aspirantes que han obtenido la calificación de “Apto” reúnen los requisitos indicados en la base segunda del título II de la citada Resolución de convocatoria.

Esta Dirección General ha resuelto:

Primero

Hacer pública en el Anexo a la presente Resolución la lista de aspirantes que han adquirido nuevas especialidades en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional, Cuerpo de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas y Cuerpo de Profesores de Música y Artes Escénicas.

Segundo

De acuerdo con lo establecido en el artículo 55 del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero (“Boletín Oficial del Estado” de 2 de marzo) por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes que imparten las enseñanzas a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, así como en la base octava de la citada Resolución de convocatoria, los profesores que por la presente Resolución adquieren nuevas especialidades están exentos de la realización de la fase de prácticas.

De acuerdo con lo dispuesto en la base octava de la precitada Resolución de convocatoria, la adquisición de una nueva especialidad no supone la pérdida de la anterior o anteriores que se pudiesen poseer. Quienes tengan adquirida más de una especialidad podrán acceder a plazas correspondientes a cualquiera de ellas, a través de los mecanismos establecidos para la provisión de puestos de trabajo de los funcionarios docentes, manteniendo todos los derechos que pudieran corresponderles, con referencia a la fecha efectiva de su ingreso en el Cuerpo. Los funcionarios del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, Cuerpo de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas y Cuerpo de Profesores de Música y Artes Escénicas, que hayan adquirido nuevas especialidades, tendrán preferencia, por una sola vez, con ocasión de vacante, para ser adscritos a plazas de la nueva especialidad adquirida en el centro donde tuvieran destino definitivo.

Tercero

Por la Dirección General de Recursos Humanos se expedirá la correspondiente credencial de adquisición de la nueva especialidad.

Cuarto

De conformidad con los artículos 115, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, esta Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá ser recurrida en alzada ante la Viceconsejería de Organización Educativa en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación.

Madrid, a 15 de octubre de 2021.—El Director General de Recursos Humanos, Miguel Jesús Zurita Becerril.



(03/29.807/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.27.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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