Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 246

Fecha del Boletín 
15-10-2021

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20211015-80

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 3

80
Madrid número 3. Procedimiento 294/2015

EDICTO

En el juicio verbal (250.1.1) número 294/2015 se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

Sentencia número 120/2016

En Madrid, a 28 de marzo de 2016.—Rafael Fluiters Casado, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 3 de esta ciudad, vistos los autos de juicio verbal sobre reclamación de cantidad, tramitados con el número 294/2015 y seguidos a instancias de Construcciones Residenciales y Sociales, S. A., contra Esthela Marisol Verdezoto Carrera y María Ángela Vásquez Gomes, ambas declaradas en situación procesal de rebeldía.

Fallo

Estimo la demanda formulada por la procuradora Pilar Moyano Núñez, en nombre y representación de Construcciones Residenciales y Sociales, S. A., contra Esthela Marisol Verdezoto Carrera y María Ángela Vásquez Gomes, declaro haber lugar a la misma y en su virtud condeno solidariamente a las demandadas a pagar a la actora la cantidad de 6.119,68 euros, más sus intereses legales y con imposición de costas.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer, en el término de veinte días, recurso de apelación ante este Tribunal para su resolución por la Audiencia Provincial de Madrid, justificando al hacerlo haber depositado la suma de 50,00 euros en la cuenta de consignaciones del Juzgado. Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en esta primera instancia, la pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de la demandada Esthela Marisol Verdezoto Carrera y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 24 de junio de 2020.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/16.970/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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