Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 244

Fecha del Boletín 
13-10-2021

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20211013-89

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SOTO DEL REAL

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Soto del Real. Otros anuncios. Candidatura juez de paz

Con el fin de convocar públicamente la elección de juez/jueza de paz sustituto de esta localidad, el alcalde-presidente, don Juan Lobato Gandarias, ordena la publicación del siguiente:

Acuerdo de Pleno de fecha 23 de septiembre de 2021, adoptado por unanimidad sobre iniciación de proceso para el nombramiento de juez/jueza de paz sustituto.

Que desde la Presidencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid se nos solicita la puesta en funcionamiento de los trámites necesarios para la elección de juez/jueza de paz sustituto de este municipio. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 101 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, este Ayuntamiento inicia proceso electoral para la elección del expresado cargo. Por lo cual, el Pleno del Ayuntamiento de Soto del Real acuerda:

Primero.—Convocar públicamente la elección del cargo de juez/jueza de paz sustituto de esta localidad.

Segundo.—Invitar a las personas interesadas en el cargo mencionado a presentar instancia en este Ayuntamiento en el plazo de treinta días naturales desde la publicación de este acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Presentará la correspondiente solicitud, acompañada de un “curriculum vitae”, así como de una declaración jurada de no estar incursos en ninguna de las causas de incapacidad a que se refieren el artículo 303 de la Ley Orgánica del Poder Judicial ni en ninguna de las causas de incompatibilidad a que se refieren los artículos 389 a 397 de la citada Ley, en el Registro General del Ayuntamiento, dentro del horario de oficina.

Lo cual se pone en conocimiento general, dando cumplimiento al artículo 5 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz.

Tercero.—Los requisitos que deberán reunir son:

— Ser español.

— Ser mayor de dieciocho años.

— No estar incurso en causa de incapacidad o incompatibilidad para el ejercicio de dicha función (artículo 102 de la Ley Orgánica del Poder Judicial).

Cuarto.—La elección se efectuará posteriormente por el Pleno del Ayuntamiento, y en el caso de que no hubiera solicitudes, el Pleno elegirá libremente.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Soto del Real, a 1 de octubre de 2021.—La alcaldesa, Noelia Barrado Olivares.

(03/28.665/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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