Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 242

Fecha del Boletín 
11-10-2021

Sección 1.4.33.20: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20211011-33

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS

O. A. CONSORCIO REGIONAL DE TRANSPORTES PÚBLICOS REGULARES DE MADRID

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ADENDA de 22 de septiembre de 2021al convenio entre la Administración General del Estado, el Consorcio Regional de Transportes de Madrid y el Ayuntamiento de Madrid para la adaptación del carril izquierdo de la autovía A-2 como carril Bus-VAO, en ambos sentidos, suscrito el 21 de octubre de 2019.

En Madrid, a 22 de septiembre de 2021.

REUNIDOS

La Administración General del Estado, representada de una parte por el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, y en su nombre Dña. Isabel Pardo de Vera Posada, Secretaria de Estado de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, en virtud del nombramiento efectuado mediante Real Decreto 669/2021, de 27 de julio, y en el ejercicio de las competencias delegadas en el apartado séptimo.1 de la Orden FOM/1644/2012, de 23 de julio, sobre delegación de competencias en el Ministerio de Fomento, ratificada por Real Decreto 645/2020, de 7 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.

Y, de otra parte, por el Organismo Autónomo Jefatura Central de Tráfico, y en su nombre D. Pere Navarro Olivella, Presidente del mismo, adscrito al Ministerio del Interior, cargo para el que fue nombrado por Real Decreto 838/2018, de 6 de julio, y que actúa en nombre y representación del Organismo de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 48.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

El Consorcio Regional de Transportes Públicos Regulares de Madrid, representado por D. David Pérez García, Presidente del Consejo de Administración del Consorcio, cargo para el que fue designado por Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid de 17 de marzo de 2021 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID del 18 de marzo de 2021), actuando para la firma de este convenio en el ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 6.2 de la Ley 5/1985, de 16 de mayo, de Creación de este Organismo.

El Ayuntamiento de Madrid, representado por D. Francisco de Borja Carabante Muntada, Delegado de Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad del Ayuntamiento de Madrid, nombrado por Decreto del Alcalde, de 15 de junio de 2019, en ejercicio de sus competencias de conformidad con lo dispuesto en el Decreto del Alcalde, de 15 de junio de 2019, por el que se establece el número, denominación y competencias de las Áreas en las que se estructura la Administración del Ayuntamiento de Madrid, con facultades suficientes para otorgar el presente acto.

Los reunidos se reconocen mutuamente la capacidad necesaria para formalizar la presente Adenda, en nombre de las Administraciones Públicas que representan y, en conveniencia,

EXPONEN

El 21 de octubre de 2019 se suscribió el convenio entre la Administración General del Estado, el Consorcio Regional de Transportes de Madrid y el Ayuntamiento de Madrid para la adaptación del carril izquierdo de la autovía A-2 como carril Bus-VAO, en ambos sentidos.

En la cláusula cuarta del Convenio se establecía que la ejecución de las actuaciones previstas se realizará conforme a la siguiente distribución de anualidades:

La aportación de las partes a la financiación se preveía como se refleja a continuación:

El Convenio recoge que el Ministerio de Fomento, actualmente Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, ejecuta las actuaciones del Convenio en todas sus fases. Del total de 13.000.000 euros, financiará 9.750.000 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 17.38.453B.601 del programa 453B, “Creación de Infraestructuras de carreteras”, de los Presupuestos Generales del Estado y la Dirección General de Tráfico financiará los 3.250.000 euros restantes con cargo a la aplicación presupuestaria 16.101.132B.601 Inversión nueva en Infraestructuras y bienes destinados al uso general del Programa 132B Seguridad Vial de los Presupuestos Generales del Estado.

El resto de entes participantes en la financiación de las actuaciones convenidas aportarán al Ministerio de Fomento, actualmente Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, las cantidades recogidas en esta cláusula con cargo a las siguientes aplicaciones presupuestarias:

— Consorcio Regional de Transportes de Madrid: subconcepto 703.00 del Programa 453N de su presupuesto.

— Ayuntamiento de Madrid: subconcepto 720.00 del Programa 134.02 del Presupuesto municipal.

El Consorcio Regional de Transportes de Madrid y el Ayuntamiento de Madrid han trasferido al Tesoro Público, el 50 por 100 de la cantidad prevista (1.625.000 cada uno), con carácter de “anticipo a cuenta”, de acuerdo al Convenio.

Por otra parte, en la cláusula cuarta del Convenio se establece que en el caso de que la ejecución del contrato se demorara, se podrá modificar la distribución de la anualidad por acuerdo de las partes a través de la suscripción de una Adenda al presente Convenio.

Habiéndose producido la citada demora, la Comisión de Seguimiento del Convenio en su reunión del 31 de julio de 2020 ha propuesto que las anualidades fijadas sean redistribuidas de acuerdo con las previsiones reales de ejecución de las actuaciones programadas.

Por lo anterior, es necesario suscribir una adenda al Convenio para establecer la nueva distribución de anualidades.

De conformidad con lo expuesto, las partes intervinientes suscriben esta Adenda al Convenio firmado el 21 de octubre de 2019 de acuerdo con las siguientes

CLÁUSULAS

Primera

Objeto de la adenda

Esta Adenda tiene por objeto modificar el “Convenio entre la Administración General del Estado, el Consorcio Regional de Transportes de Madrid y el Ayuntamiento de Madrid para la adaptación del carril izquierdo de la autovía A-2 como carril Bus-VAO, en ambos sentidos”, suscrito el 21 de octubre de 2019, en adelante denominado “Convenio”.

La modificación se realiza para reajustar las anualidades del Convenio.

Segunda

Modificación de la cláusula cuarta del Convenio

Se modifica la distribución de anualidades de ejecución de las actuaciones, previstas en la cláusula cuarta, que queda establecida de la forma siguiente:

La aportación de las partes a la financiación será como se refleja a continuación:

Tercera

Eficacia de la adenda

La modificación del Convenio por esta adenda adquirirá eficacia a partir de su inscripción en el Registro Electrónico estatal de órganos e instrumentos de cooperación del sector público estatal y de su publicación en el “Boletín Oficial del Estado”, de conformidad con el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Y en prueba de conformidad, firman este documento en el lugar y fecha indicados.

Madrid, a 22 de septiembre de 2021.—Por el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, la Secretaria de Estado de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, P. D. (Orden FOM/1644/2012, de 23 de julio, ratificada por Real Decreto 645/2020, de 7 de julio), Isabel Pardo de Vera Posada.—Por el Consorcio Regional de Transportes de Madrid, el Presidente del Consejo, David Pérez García.—Por el Organismo Autónomo Jefatura Central de Tráfico, el Presidente, Pere Navarro Olivella.—Por el Ayuntamiento de Madrid, el Delegado de Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad, Francisco de Borja Carabante Muntada.

(03/28.286/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.33.20: I. COMUNIDAD DE MADRID

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