Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 240

Fecha del Boletín 
08-10-2021

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20211008-76

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 13

76
Madrid número 13. Procedimiento 1488/2021

EDICTO

D./DÑA. DANIEL ALEJANDRO IGNACIO CAMPOS LETRADO/A DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN Nº 13 DE MADRID.

DOY FE Y TESTIMONIO:

Que en el juicio sobre delitos leves nº 1488/2021 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y fallo dice:

SENTENCIA Nº 285/2021

JUEZ/MAGISTRADO- JUEZ: DON ENRIQUE DE LA HOZ GARCIA.

Lugar: Madrid.

Fecha: diecisiete de agosto de dos mil veintiuno.

D.. ENRIQUE DE LA HOZ GARCIA, Magistrado-Juez de este Juzgado de Instrucción nº 13 de Madrid, los presentes autos de Juicio sobre Delito Leve Inmediato 1488/21, seguidos por hurto contra ROBERT RYSZARD BAKULA en el que ha sido parte el Ministerio Fiscal y como perjudicado LIDL representada por Doña Ana María Callejas Rodríguez en virtud de las facultades que me han sido dadas por la Constitución y en nombre del Rey, dicto la siguiente Sentencia:

FALLO

QUE DEBO CONDENAR y CONDENO a ROBERT RYSZARD BAKULA como autor de un delito leve de Hurto, en grado de tentativa, A LA PENA DE CUARENTA Y CINCO DIAS DE MULTA CON UNA CUOTA DIARIA DE SEIS EUROS, con la responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, así como a que abone las costas del juicio.

Contra esta resolución cabe RECURSO DE APELACIÓN en el plazo de CINCO DÍAS que se interpondrá por escrito ante este Juzgado y autorizado con firma de Letrado.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a D./Dña. ROBERT RYSZARD BAKULA, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de Madrid, expido la presente.

En Madrid, a 21 de septiembre de 2021.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

(03/27.875/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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