Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 240

Fecha del Boletín 
08-10-2021

Sección 3.10.30: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20211008-71

Páginas: 7


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

MANCOMUNIDAD DEL ESTE

OFERTAS DE EMPLEO

71
Mancomunidad del Este. Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo

Por Resolución de la Presidencia número 24/2021, de 24 de septiembre de 2021, se aprueban las bases y convocatoria para cubrir una plaza en el Cuerpo de Técnicos de Gestión, de Administración General, Grupo A, Subgrupo A2, de la Mancomunidad del Este por el sistema de concurso-oposición, promoción interna, incluida en la oferta de empleo público de la Mancomunidad del Este para el año 2021, BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 218, de 13 de septiembre de 2021, y se abre el plazo de presentación de solicitudes, que será de veinte días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de este anuncio en el “Boletín Oficial del Estado”.

Se adjuntan las bases reguladoras que regirán la convocatoria que son del tenor literal siguiente:

BASES PARA LA PROVISIÓN DEL PUESTO DE TÉCNICO, ÁREA JURÍDICA, POR CONCURSO-OPOSICIÓN, PROMOCIÓN INTERNA, EN LA RELACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO DE LA MANCOMUNIDAD DEL ESTE

Primera. Objeto de la convocatoria.—Es objeto de provisión, por concurso oposición, promoción interna, del siguiente puesto en esta Mancomunidad, incluido en la relación de puestos de trabajo aprobada por la Asamblea General de la Mancomunidad, en sesión celebrada el día 26 de julio de 2021:

— Denominación: Técnico Servicios Jurídicos y Contratación.

— Grupo y Subgrupo: A, A2.

— Administración General.

— N. C. D. 24.

— Retribuciones: Las determinadas en la Ley de Presupuestos Generales del Estado vigente para el Grupo A, Subgrupo A2 y en la Relación de Puestos de Trabajo de la Mancomunidad.

Segunda. Funciones.—El nombramiento será destinado a cubrir las necesidades del área jurídica y contratación de la Mancomunidad del Este que puedan surgir, indicadas en la Relación de Puestos de Trabajo aprobada por la Asamblea General del día 26 de julio de 2021.

Se contemplan tareas de colaboración en las actividades administrativas del nivel superior y tareas propias de gestión administrativa de nivel medio, siempre en función de las directrices que marque la Secretaría-Intervención.

Tercera. Condiciones de admisión de aspirantes.—Para formar parte en las pruebas de selección, será necesario:

a) Pertenecer a la plantilla de funcionarios de la Mancomunidad del Este y tener una antigüedad de, al menos, dos años de servicio activo en el inferior Subgrupo (C1).

b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias del Cuerpo al que se pretende acceder.

c) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial.

d) Estar en posesión o en condiciones de obtener a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, el título de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o el título de Grado. Se considerará equivalente al título de Diplomado Universitario:

— El haber superado los tres primeros cursos completos de los estudios conducentes a la obtención de cualquier título oficial de Licenciado, Arquitecto o Ingeniero, o

— El haber superado el primer ciclo correspondiente a dichos estudios, siempre que este primer ciclo contenga una carga lectiva mínima de 180 créditos.

Cuarta. Forma y plazo de presentación de solicitudes.—Las solicitudes para participar en estas pruebas selectivas estarán disponibles a través de la página web de la Mancomunidad del Este, http://www.mancomunidadeste.com/informacion-publica/, se dirigirán al Sr. Presidente de la Mancomunidad y se presentarán en el Registro Electrónico General o en alguno de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”.

Quinta. Admisión de aspirantes.—5.1. Expirado el plazo de presentación de instancias, la Presidencia dictará resolución en el plazo de diez días hábiles, declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos. En dicha resolución, que se publicará en la sede electrónica de esta Mancomunidad (www.mancomunidadeste.com) se señalará un plazo de diez días hábiles para subsanación.

5.2. Transcurrido el plazo de subsanación, por la Presidencia se aprobará la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, que se publicará en la sede electrónica de esta Mancomunidad.

En la misma resolución, se hará constar la designación nominal del Tribunal.

Sexta. Tribunal Calificador.—6.1. Los órganos de selección serán colegiados y su composición deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, y se tenderá, asimismo, a la paridad entre mujer y hombre.

El personal de elección o de designación política, los funcionarios interinos y el personal eventual no podrán formar parte de los órganos de selección.

6.2. La composición del tribunal calificador será la siguiente:

— Presidente/a: Un/a funcionario/a de carrera designado/a por el Presidente de la Mancomunidad.

— Vocales: Tres funcionarios/as de carrera designados/as por el Presidente de la Mancomunidad.

— Secretario/a: Un/a funcionario/a de carrera designado/a por el Presidente de la Mancomunidad.

La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse esta en representación o por cuenta de nadie.

La designación de los miembros del tribunal incluirá la de los respectivos suplentes, y se hará pública en la en la sede electrónica de la Mancomunidad.

6.3. Los Órganos de Selección deberán ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, y tenderán, en su composición, a la paridad entre hombres y mujeres, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 53 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y en el artículo 60.1 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.

6.4. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la mitad de sus integrantes, titulares o suplentes, indistintamente. Asimismo, están facultados para resolverlas cuestiones que puedan suscitarse durante la realización de las pruebas, para adoptar los acuerdos necesarios que garanticen el debido orden en las mismas en todo lo no previsto en estas Bases, y para la adecuada interpretación de las mismas.

6.5. En cada sesión del Tribunal podrán participar los miembros titulares presentes en el momento de su constitución y, si están ausentes, los suplentes, sin que puedan sustituirse entre sí en la misma sesión.

Si constituido, el Tribunal e iniciada la sesión se ausenta el presidente, este designará, de entre los vocales concurrentes, el que le sustituirá durante su ausencia.

6.6. Al Tribunal le corresponde el desarrollo y calificación de las pruebas selectivas, estando vinculado a su actuación a las presentes Bases y no pudiendo aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número de aspirantes superior al de plazas convocadas.

Las decisiones del Tribunal en caso de discrepancia se adoptarán por mayoría simple de votos.

La abstención y recusación de los miembros del Tribunal será de conformidad con los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Séptima. Selección y desarrollo de los procesos.—7.1. El sistema selectivo será el de concurso-oposición.

7.2. La oposición estará integrada por los ejercicios que a continuación se indican, todos y cada uno de ellos eliminatorios:

7.2.1. Primer ejercicio: consistirá en contestar por escrito un cuestionario tipo test propuesto por el Tribunal, compuesto por ochenta preguntas basadas en el contenido del programa y podrán preverse cinco preguntas adicionales de reserva que serán valoradas en el caso de que se anule alguna de las anteriores.

El cuestionario estará compuesto por preguntas con respuestas alternativas, de las cuales sólo una de ellas es la correcta.

La respuesta correcta está valorada en 0,50 puntos y la incorrecta penalizará 0,25 puntos. La puntuación de este ejercicio será de 0 a 40 puntos, precisándose un mínimo de 20 puntos para superar el mismo. Las respuestas en blanco no penalizan.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de noventa minutos.

7.2.2. Segundo ejercicio: Consistirá en resolver, por escrito, un supuesto teórico práctico desglosado en cinco preguntas, a elegir entre dos propuestos por el Tribunal que estarán relacionados con las materias del bloque II del programa incluido.

La puntuación de este ejercicio será de 0 a 20 puntos, precisándose un mínimo de 10 puntos para superar el mismo.

En este ejercicio se valorará la capacidad para aplicar los conocimientos a las situaciones prácticas que se planteen, la sistemática, la capacidad de análisis y la capacidad de expresión escrita y oral del aspirante.

El ejercicio deberá escribirse de tal modo que permita su lectura por cualquier miembro del Tribunal Calificador, evitando la utilización de abreviaturas o signos no usuales en el lenguaje escrito.

El tiempo para la realización de este ejercicio será de hasta un máximo de ciento veinte minutos.

7.2.3. El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por el primer aspirante cuyo primer apellido comience por la letra “E”, de conformidad con la Resolución de 9 de marzo de 2021, de la Dirección General de Función Pública (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 21 de marzo).

7.3. Fase de Concurso:

7.3.1. Méritos computables:

a) Formación (máximo 3 puntos):

— Cursos de 20 o más horas: 0,25 puntos.

— Cursos de 50 o más horas: 0,50 puntos.

— Cursos de 100 o más horas: 1,00 puntos.

b) Antigüedad y Experiencia:

— Antigüedad. Máximo 3 puntos. Se valorará los servicios prestados en las Administraciones Públicas con 0,20 puntos por año completo trabajado.

— Experiencia. Máximo 5 puntos. Por funciones de colaboración en funciones administrativas de nivel superior y tareas propias de gestión administrativa, relacionadas con la plaza convocada 0,75 puntos por año completo trabajado.

7.3.2. Otros méritos:

— Por poseer título superior al exigido en la convocatoria: 1 punto.

Se aplicará la citada puntuación por una sola titulación y solo por la más alta alcanzada.

La justificación de los méritos relativos a la experiencia profesional se acreditará mediante certificado de servicios prestados en el que conste el tiempo de permanencia, acreditado por el órgano correspondiente.

En ningún caso serán valorados méritos no acreditados documentalmente.

7.4. La calificación final será la suma de los puntos obtenidos en la fase de oposición y la obtenida en la fase de concurso.

En caso de empate el orden se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:

— Mayor calificación obtenida en la fase de oposición, en el segundo y primer ejercicio, por este orden.

— Mayor calificación obtenida en la fase de concurso.

— De persistir el empate se acudirá a la fecha de ingreso como funcionario de carrera en el Cuerpo o Escala desde el que se concursa.

— De continuar el empate, se deshará mediante la celebración por parte del Tribunal de un sorteo público, que se anunciará con la suficiente antelación.

7.5. La fecha y lugar exacto de celebración del primer ejercicio se determinarán en la Resolución por la que se aprueben las relaciones definitivas de aspirantes admitidos y excluidos del proceso selectivo.

La publicación del anuncio de celebración del segundo ejercicio, así como la de las listas de aprobados de los mismos, se efectuará en los tablones de anuncios de las oficinas de la Mancomunidad del Este, en la página web y en cualquier otro lugar que el tribunal considere conveniente para su mejor difusión entre los interesados.

Octava. Relación de aprobados y nombramiento.—Una vez terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal hará pública la relación de aprobados por orden de puntuación en la sede electrónica de la Mancomunidad y, en su caso, en el Tablón de Anuncios, precisándose que el número de aprobados no podrá rebasar el número de plazas vacantes convocadas.

El Presidente de la Mancomunidad nombrará funcionario al aspirante propuesto, en el plazo de diez días.

El nombramiento mencionado se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Una vez publicado el nombramiento de funcionario, éste deberá tomar posesión en el plazo de un mes.

Novena. Incompatibilidades.—Los aspirantes propuestos quedarán sujetos, en su caso, al cumplimiento de las prescripciones contenidas en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, sobre Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, y demás normativa aplicable.

Décima. Incidencias.—Las presentes bases y convocatoria podrán ser impugnadas de conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer con carácter potestativo recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante la Presidencia de la Mancomunidad, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ambos plazos contados a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, significándose que en caso de interponer recurso de reposición no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

ANEXO I

Bloque I. Derecho Constitucional y Organización Administrativa

1. La Constitución Española de 1978: Características y estructura. Principios constitucionales y valores superiores. La Reforma Constitucional.

2. Los derechos fundamentales y las libertades públicas. Su garantía y suspensión.

3. Los derechos económicos y sociales en la Constitución Española. Principios informadores del modelo económico. Los deberes constitucionales.

4. La Jefatura del Estado: La Corona. Significado y atribuciones constitucionales. Sucesión y Regencia. El refrendo.

5. La Cortes Generales. Congreso de los Diputados y Senado: Composición y funciones. El funcionamiento de las Cámaras: Procedimiento de elaboración, debate y aprobación de las leyes.

6. El Gobierno: composición, funciones y potestades en el sistema constitucional español. Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales. Designación y remoción del Presidente y de los demás miembros del Gobierno.

7. La Administración Pública: Principios constitucionales. La Administración General del Estado: Organización administrativa. Órganos superiores. Órganos directivos. La Administración periférica del Estado. El sector público institucional. Otros órganos administrativos.

8. La organización territorial del Estado (I): Las Comunidades Autónomas: Constitución y distribución de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas. Organización política y administrativa. Los Estatutos de Autonomía.

9. La organización territorial del Estado (II): La Administración Local. Entidades que la integran. La provincia. El municipio. La isla. Otras entidades locales.

10. Órganos constitucionales de control de la Administración. El Defensor del Pueblo y el Tribunal de Cuentas: Composición, organización y funciones. La Administración consultiva: El Consejo de Estado y otros órganos con funciones consultivas.

11. El Poder Judicial. El Consejo General del Poder Judicial. El Tribunal Supremo. El Ministerio Fiscal. La organización judicial española.

12. El Tribunal Constitucional. Composición, organización y atribuciones. Recurso de inconstitucionalidad y cuestión de inconstitucionalidad. El recurso de amparo.

13. La distribución de competencias entre las Administraciones Públicas. Competencias exclusivas, compartidas, concurrentes, de desarrollo y ejecución. Principio constitucional de autonomía local.

14. Relaciones entre las Administraciones Públicas: Mecanismos de cooperación, coordinación y control. Relaciones electrónicas entre las Administraciones Públicas.

15. La Comunidad de Madrid (I): El Estatuto de Autonomía: estructura y contenido. Las competencias de la Comunidad de Madrid: Potestad legislativa, potestad reglamentaria y función ejecutiva. La Asamblea Legislativa: composición, funciones y potestades.

16. La Comunidad de Madrid (II): El Presidente de la Comunidad y el Gobierno: Funciones y potestades. Composición, designación y remoción. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

17. La Comunidad de Madrid (III): La Administración Autonómica: organización y estructura básica de las Consejerías. La Administración Institucional de la Comunidad de Madrid: Tipología y regulación.

18. La Mancomunidad del Este: Estatutos. Estructura, organización, administración y funcionamiento.

Bloque II. Derecho Administrativo

1. El Derecho Administrativo: Concepto, contenido y límites. Las fuentes del Derecho Administrativo: Concepto. Clases de fuentes. La jerarquía de las fuentes.

2. La Ley: Teoría general y tipos de leyes. Reserva de ley. Disposiciones del Gobierno con fuerza de Ley: Decretos-Leyes y Decretos Legislativos.

3. El Reglamento: Concepto, naturaleza y clases. Límites de la potestad reglamentaria. Órganos con potestad reglamentaria. Procedimiento de elaboración de disposiciones de carácter general. El control de los reglamentos.

4. Las relaciones entre el ordenamiento estatal y los ordenamientos autonómicos. Los Estatutos de Autonomía. Especial referencia a la Comunidad de Madrid.

5. La relación jurídico administrativa. La personalidad jurídica de las Administraciones Públicas. Teoría general sobre el administrado y el ciudadano. Derechos y obligaciones de las personas en sus relaciones con las Administraciones Públicas.

6. Los órganos de las Administraciones Públicas: Concepto y clases. Los órganos colegiados. Los principios de la organización administrativa: La competencia y sus técnicas de traslación. La jerarquía. Centralización y descentralización. Concentración y desconcentración. Instrucciones, circulares y órdenes de servicio.

7. El acto administrativo: Concepto, clases y elementos. Motivación, notificación y publicación de los actos. La obligación de resolver: El acto presunto.

8. La eficacia del acto administrativo. Ejecutividad y ejecutoriedad. Procedimientos de ejecución de resoluciones y actos. Nulidad, anulabilidad e irregularidad de los actos administrativos. Conversión, conservación y convalidación de los actos.

9. El procedimiento administrativo: Concepto, naturaleza y características. El Procedimiento Administrativo Común: Iniciación, ordenación, instrucción y finalización. La tramitación simplificada. Términos y plazos.

10. Los interesados en el procedimiento: Concepto. Capacidad de obrar, representación, identificación y firma de los interesados. Las garantías del procedimiento.

11. La revisión de actos en vía administrativa. La revisión de oficio. La revocación. La rectificación de errores. Los recursos administrativos. Las reclamaciones económico-administrativas: Especial referencia a la Comunidad de Madrid.

12. Formas de la actividad administrativa: La actividad de intervención, arbitral, de servicio público y de fomento. La actividad discrecional de la Administración. Formas de gestión de los servicios públicos. Ayudas y subvenciones públicas: Especial referencia a la Comunidad de Madrid.

13. Los contratos del Sector Público: Delimitación de los tipos contractuales y contratos sujetos a regulación armonizada. Las partes en el contrato. Objeto, cuantía y precio del contrato. Garantías exigibles en la contratación del sector público.

14. Preparación y adjudicación de los contratos. Perfección, formalización, cumplimiento y extinción de los contratos. Incumplimiento de los contratos. La revisión de precios y otras modificaciones contractuales.

15. Racionalización de la contratación del sector público. Régimen de invalidez de los contratos. El recurso especial en materia de contratación. El Tribunal Administrativo de contratación Pública de la Comunidad de Madrid.

16. Tipos de contratos: El contrato de obras. El contrato de concesión de obras. El contrato de concesión de servicios. El contrato de suministro. El contrato de servicios.

17. La expropiación forzosa: Concepto, naturaleza y elementos. El procedimiento general de expropiación. El procedimiento de urgencia. Garantías jurisdiccionales. La reversión. Los procedimientos expropiatorios especiales.

18. La potestad sancionadora de la Administración. Principios de la potestad sancionadora. El ejercicio de la potestad sancionadora en la Comunidad de Madrid.

19. El régimen patrimonial de la Administración Pública. El dominio público: Concepto, naturaleza, elementos y régimen jurídico. Los bienes comunales. Los bienes patrimoniales. Especial referencia al régimen patrimonial de la Comunidad de Madrid.

20. La responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas. Procedimiento de responsabilidad patrimonial. La acción de responsabilidad.

21. La jurisdicción contencioso-administrativa (I): Concepto, naturaleza y extensión. Organización jurisdiccional. Las partes: capacidad procesal, legitimación, representación y defensa. Objeto del recurso.

22. La jurisdicción contencioso-administrativa (II): El procedimiento contencioso-administrativo: El procedimiento en primera o única instancia: Trámites previos a la interposición del recurso contencioso-administrativo y fases del procedimiento. El procedimiento abreviado. Recursos contra las resoluciones procesales. Ejecución de sentencias. Referencia a los procedimientos especiales. Medidas cautelares.

Bloque III. Relaciones Internacionales y Unión Europea

1. La Constitución y la acción del Estado en el exterior: Los Tratados Internacionales. Los órganos de la acción exterior. La participación española en las Organizaciones Internacionales.

2. La Unión Europea: Antecedentes, nacimiento, evolución y situación actual. Los tratados originarios y modificativos. El proceso de ampliación. La integración de España.

3. La organización de la Unión Europea. El Consejo Europeo, el Consejo, el Parlamento Europeo, la Comisión Europea, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, el Tribunal de Cuentas y el Banco Central Europeo. Otros órganos.

4. El Derecho Comunitario: Derecho originario y derecho derivado. Las relaciones entre el Derecho Comunitario y el ordenamiento jurídico de los Estados miembros. Procedimientos decisorios: El procedimiento legislativo ordinario. Los procedimientos legislativos especiales. Los procedimientos decisorios no legislativos. La participación de los Estados miembros.

5. Las libertades básicas de la Unión Europea: La libre circulación de personas, mercancías, servicios y capitales.

6. Las políticas comunes, con especial referencia a la política regional comunitaria y los fondos estructurales. El Comité de las Regiones. La cohesión económica y social.

7. El presupuesto de la Unión Europea y sus fuentes de financiación. El Pacto de estabilidad y crecimiento. El sistema monetario europeo: El euro.

Bloque IV. Gestión Pública y Recursos Humanos

1. La Ley de Transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno: Objeto y ámbito de aplicación. Publicidad activa. Derecho de acceso a la información pública. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno. La transparencia y el acceso a la información en las Comunidades Autónomas y Entidades Locales. Buen Gobierno: Ámbito de aplicación y principios de buen gobierno.

2. El funcionamiento electrónico del sector público: El punto de Acceso General de la Administración, la sede electrónica y el portal de internet. Sistemas de identificación y firma de las Administraciones Públicas y del personal a su servicio. Actuación administrativa automatizada. Archivo electrónico de documentos.

3. La protección de datos de carácter personal. El Reglamento 2016/679, de 27 de abril de 2016, del Parlamento Europeo y el Consejo relativo al tratamiento y libre circulación de datos personales y la adaptación del ordenamiento jurídico español al mismo. La Agencia de Protección de Datos: competencias y funciones.

4. El principio de igualdad entre mujeres y hombres. La tutela contra la discriminación. El marco normativo para la promoción de la igualdad de género y para la protección integral contra la violencia de género, la LGTBI-fobia y la discriminación por razón de orientación e identidad sexual. Especial referencia a la Comunidad de Madrid.

5. Los modelos de función pública. Evolución histórica de la Función Pública española. La Función Pública en la Constitución de 1978: Normas constitucionales y distribución de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas.

6. Régimen jurídico de la función pública: El Estatuto Básico del Empleado Público. La regulación de la Función Pública en la Comunidad de Madrid: Organización y competencias.

7. Personal al servicio de las Administraciones Públicas: Clasificación, características y régimen jurídico aplicable. Personal directivo. Los regímenes especiales de función pública. Estructuración del empleo público.

8. La planificación de recursos humanos en la Administración Pública. Los Planes de ordenación de los recursos humanos. La Oferta de Empleo Público. Las Relaciones de Puestos de trabajo. Especial referencia a la Comunidad de Madrid.

9. Acceso a la Función Pública: aspectos principales. Medidas para promover el acceso de las personas con discapacidad al empleo público. Procesos selectivos. La formación de los recursos humanos.

10. La carrera administrativa: La promoción profesional y la provisión de puestos de trabajo. Situaciones administrativas. Extinción de la relación de servicio. La rehabilitación.

11. Derechos y deberes. Código de conducta de los empleados públicos. Régimen de incompatibilidades. Responsabilidad de los empleados públicos. Régimen disciplinario. Delitos de los funcionarios en ejercicio del cargo.

12. Contratación laboral en la Administración Pública. Regulación legal. Modalidades de contratación. Nacimiento, modificación y extinción de la relación laboral. Suspensión del contrato.

13. Condiciones de trabajo: Jornada y descansos. El sistema retributivo del personal laboral de la Comunidad de Madrid. Clasificación profesional.

14. Evaluación del desempeño y retribución del personal. Sistema retributivo de los funcionarios públicos. Especial referencia a la Comunidad de Madrid.

15. Relaciones laborales en la Administración Pública. Participación y representación de los empleados públicos. La negociación colectiva, con especial referencia a la Comunidad de Madrid. Los derechos de sindicación y huelga en el ámbito del sector público.

16. La prevención de riesgos laborales: Conceptos básicos y disciplinas que la integran. Derechos y obligaciones. Prevención de Riesgos Laborales en las Administraciones Públicas. Especial referencia a la Comunidad de Madrid.

17. La Seguridad Social de los funcionarios públicos: Régimen General. Régimen Especial de Clases Pasivas. El Mutualismo Administrativo. La Seguridad Social de los funcionarios de la Comunidad de Madrid.

18. El sistema español de Seguridad Social: Campo de aplicación y estructura. La gestión de la Seguridad Social y la colaboración en la gestión. Los actos de encuadramiento. La cotización: bases y tipos. La recaudación de cuotas. La acción protectora. Tipos y características de las prestaciones.

En Alcalá de Henares, a 29 de septiembre de 2021.—El Presidente, Javier Rodríguez Palacios.

(03/28.394/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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