Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 240

Fecha del Boletín 
08-10-2021

Sección 3.10.20E: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20211008-54

Páginas: 3


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE EL ESCORIAL

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

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El Escorial. Organización y funcionamiento. Delegación de competencias

Tras la toma de posesión del cargo de alcalde-presidente en el Pleno extraordinario de 16 de septiembre de 2021, por resolución de Alcaldía-Presidencia números 259 y 269, de 17 y 23 de septiembre, respectivamente, se adoptó el siguiente acuerdo:

Primero.—La organización del Ayuntamiento estará integrada por las siguientes áreas:

— Área de Interior: Hacienda, Personal y Recursos Humanos, Seguridad y Protección Civil, Régimen Interior y Protocolo, Contratación y Portavocía de Gobierno.

— Área de Desarrollo Local: Planificación Municipal, Obras y Servicios, Comercio, Industria, Turismo y Consumo, Transporte y Movilidad, Servicios Funerarios, Núcleos Territoriales, Empleo, Formación y Emprendimiento.

— Área Verde: Urbanismo y Vivienda, Medio Ambiente y Gestión de Residuos, Eficiencia Energética, Patrimonio, Salud Pública y Sanidad.

— Área Social y Servicios a la Ciudadanía: Cultura, Educación y Biblioteca, Servicios Sociales, Voluntariado e Inmigración, Tercera Edad, Deportes y Festejos.

— Área de Nuevas Políticas: Participación Ciudadana y Transparencia, Igualdad y Diversidad, Bienestar Animal, Comunicación y Gestión del Conocimiento, Atención al Vecino, Peñas y Asociaciones, Juventud e Infancia.

Segundo.—Delegar en los concejales que se señalan a continuación las competencias que corresponden a esta Alcaldía. Las delegaciones comprenderán con carácter general las siguientes funciones:

— La competencia para gestionar los servicios propios comprendiendo el impulso, la supervisión y vigilancia del cumplimiento y ejecución de las actuaciones y políticas propias en las materias de su competencia.

— Dictar instrucciones en las materias propias de las competencias.

— La dirección funcional del personal que preste servicios en los centros propios o en las dependencias adscritas directa o funcionalmente a cada Concejalía, sin perjuicio de la superior dirección del alcalde y de la dependencia orgánica del titular de la Concejalía en materia de recursos humanos.

— Autorización de matrimonios civiles.

— Firma de la remisión de publicación de anuncios a los distintos boletines oficiales en materia de su competencia.

Tercero.—Delegar las áreas y materias de Régimen Interior y Protocolo, Archivo, Educación y Biblioteca, Igualdad y Diversidad, Bienestar Animal, Comunicación y Gestión del Conocimiento a la concejala doña Tamara Ontoria Pastor. Esta delegación integra las siguientes materias y facultades:

— Organización interna.

— Seguros municipales.

— Estadística.

— Relaciones con los juzgados.

— Ocupaciones de vía pública sin finalidad lucrativa.

— Archivo.

— Relaciones protocolarias e institucionales con entidades públicas y privadas.

— Participación en la programación de la enseñanza.

— Cooperación y coordinación con la Administración educativa.

— Vigilancia de la escolaridad obligatoria.

— Educación infantil (escuelas infantiles).

— Actividades extraescolares.

— Biblioteca.

— Bienestar animal.

— Impulso de políticas de igualdad de género.

— Impulso y dirección de los proyectos relacionados con la aplicación de las nuevas tecnologías e impulso de administración electrónica.

— Relaciones con los medios de comunicación.

Cuarto.—Delegar las áreas y materias de Cultura, Servicios Sociales, Voluntariado e Inmigración, Tercera Edad, Comercio, Industria, Turismo y Consumo a la concejala doña Paloma Menéndez García. Esta delegación integra las siguientes facultades y materias:

— Centros culturales, cívicos y salas municipales de exposiciones.

— La dirección y gestión de la Escuela Municipal de Música y de las actividades musicales del municipio en general.

— Voluntariado.

— Atención a los mayores.

— Dirección del centro de mayores.

— Inmigración.

— Relaciones y coordinación con la Mancomunidad de Servicios Sociales Sierra Oeste.

— Ventanilla Única Empresarial.

— Formación empresarial y fomento de la economía local.

— Mercadillos y venta ambulante, ferias y muestras.

— Promoción turística del municipio.

— Servicios de protección al consumidor y OMIC.

Quinto.—Delegar las áreas y materias de Núcleos Territoriales, Empleo, Formación y Emprendimiento, Participación Ciudadana y Transparencia, Juventud e Infancia a la concejala doña María del Mar Hernández Sánchez. Esta delegación integra las siguientes facultades:

— Coordinación con los distintos núcleos territoriales del municipio.

— Impulso de la participación ciudadana en el municipio y garantizar la transparencia en la gestión municipal.

— Desarrollo de políticas de empleo y emprendimiento.

— Iniciativa e impulso en las políticas de Juventud e Infancia.

Sexto.—Delegar las áreas y materias de Urbanismo y Vivienda, Medio Ambiente y Gestión de Residuos, Salud Pública, Sanidad y Planificación Municipal al concejal don Mauricio Martínez Boto. Esta delegación integra las siguientes facultades:

— Preparación de los expedientes para el otorgamiento de licencias por uso el suelo, construcción y edificación, órdenes de ejecución y calificación ambiental de actividades, sin perjuicio de su aprobación por el órgano competente.

— La elaboración de los instrumentos de planificación y gestión urbanística de todo tipo, antes de su paso a los órganos competentes para su aprobación.

— Control de actividades ilegales.

— Relaciones y coordinación con la Empresa Municipal del Suelo, Patrimonio e Infraestructuras de El Escorial.

— Sostenibilidad, protección del medio ambiente y correcta gestión y tratamiento de residuos.

— Estudio estratégico de la planificación municipal.

— Aguas residuales y control de vertidos.

— Protección y promoción de la salud pública.

— Ejercicio competencias municipales en materia de sanidad pública.

— Aprobación de solicitudes de subvenciones de las diferentes Concejalías a otras entidades, siempre y cuando no impliquen la asunción de nuevas competencias por delegación o encomienda de gestión por otras administraciones públicas, así como la aprobación de la justificación y su rendición ante la entidad correspondiente.

Séptimo.—Delegar las áreas y materias de Hacienda, Eficiencia Energética, Patrimonio a la concejala doña Soraya Pascual Díez. Esta delegación integra las siguientes facultades:

— Presupuestos municipales (propuesta y seguimiento de la ejecución).

— Desarrollo y correcta implantación de los presupuestos participativos.

— Ordenanzas fiscales.

— Oficina tributaria.

— Política financiera.

— Aprobación de las propuestas de gasto (contratos menores) a solicitud de las diferentes concejalías.

— Servicio de inventario y patrimonio municipal.

— Incoación y resolución de expedientes de responsabilidad patrimonial y de reclamación de daños patrimoniales.

— Programa de Inversión Regional de la Comunidad de Madrid (PIR).

— Control inversiones municipales.

Octavo.—Delegar las áreas y materias de Personal y Recursos Humanos, Contratación, Atención al Vecino, Peñas y Asociaciones al concejal don Óscar Muro Alonso. Esta delegación integra las siguientes facultades:

— Gestión de Recursos Humanos: selección, provisión, situaciones, incompatibilidades, instrumentos de ordenación, negociación colectiva, jornadas y horarios.

— Acción social.

— Seguridad, salud y prevención de riesgos.

— Contratación y compras centralizadas.

— Relaciones con las peñas y asociaciones del municipio.

— Seguimiento, impulso y atención directa al vecino.

— El seguimiento e impulso en su resolución de las reclamaciones, quejas y sugerencias de los vecinos.

— La resolución de los expedientes de acceso a la información regulados en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.

Noveno.—Delegar las áreas y materias de Obras y Servicios, Transporte y Movilidad y Festejos al concejal don Demetrio Garrido Manzano. Esta delegación integra las siguientes facultades:

— Mantenimiento de zonas verdes y arbolado urbano.

— Mantenimiento de parques y jardines.

— Mobiliario urbano en parques.

— Limpieza viaria.

— Obras en la vía pública, alumbrado público, alcantarillado, pavimentación y acabados generales en la vía pública.

— Obras de los edificios municipales.

— Proyectos y realización de las obras municipales.

— Relaciones con el Canal de Isabel II.

— Organización de fiestas y eventos.

— Movilidad y transportes.

— Servicios funerarios.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer, con carácter potestativo y en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la notificación de la presente resolución, recurso de reposición ante el mismo órgano que la dictó, de acuerdo con lo que dispone el artículo 116, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común; o bien, recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la notificación de la presente resolución, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa.

En El Escorial, a 21 de septiembre de 2021.—La concejal-delegada de Régimen Interior, Tamara Ontoria Pastor.

(03/28.356/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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