Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 240

Fecha del Boletín 
08-10-2021

Sección 1.3.34.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20211008-20

Páginas: 4


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE

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ORDEN 1003/2021, de 30 de septiembre, de la Consejera de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se conceden ayudas a municipios de la Comunidad de Madrid o sus entes deportivos municipales por la organización o participación en actividades del deporte infantil en la temporada 2019-2020.

Mediante la Orden 1660/2017, de 11 de mayo, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, se establecen las bases reguladoras de ayudas a los municipios de la Comunidad de Madrid o sus entes deportivos municipales por la organización o participación en actividades del deporte infantil (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 121, de 23 de mayo), modificada mediante Orden 770/2019, de 28 de mayo, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes, por la que se modifica la Orden 1660/2017, de 11 de mayo, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se establecen las bases reguladoras de ayudas a los municipios de la Comunidad de Madrid o sus entes deportivos municipales, por la organización o participación en actividades del deporte infantil (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 134, de 7 de junio), y la Orden 162/2021, de 18 de marzo, de la Consejería de Deportes, Transparencia y Portavocía del Gobierno, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas a los municipios de la Comunidad de Madrid o sus entes deportivos municipales por la organización o participación en actividades del deporte infantil en la temporada 2019-2020 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 75, de 30 de marzo de 2021).

Vista la propuesta de Resolución elevada por la Directora General de Deportes, de acuerdo con la propuesta formulada por la Comisión de Evaluación encargada del estudio de las solicitudes presentadas, reunida el día 30 de agosto de 2021, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas por la legislación vigente,

DISPONGO

Primero

Resolución de la convocatoria y concesión

Resolver la convocatoria de ayudas a los municipios de la Comunidad de Madrid o sus entes deportivos municipales por la organización o participación en actividades del deporte infantil en la temporada 2019-2020 y conceder a los entes locales que se relacionan en el Anexo a esta Orden, una ayuda por el importe que se indica en el mismo. Dichas ayudas irán con cargo al subconcepto 46309 del Programa 336A del Presupuesto de Gastos de la Comunidad de Madrid para el año 2021.

Previo al abono de la ayuda, los beneficiarios de la misma deberán justificar dentro de los quince días hábiles siguientes a la notificación de la resolución, que se hará mediante publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, la documentación requerida en el artículo octavo de la Orden 162/2021, de 18 de marzo, de la Consejería de Deportes, Transparencia y Portavocía del Gobierno.

La Consejería de Cultura, Turismo y Deporte y la Intervención de la Comunidad de Madrid podrán realizar mediante los procedimientos pertinentes las comprobaciones necesarias respecto al destino y aplicación de los fondos concedidos, quedando los beneficiarios sometidos al régimen de control establecido en la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid.

Segundo

Recursos

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el propio órgano que lo ha dictado en el plazo de un mes desde el día siguiente al de la publicación de esta Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de acuerdo con lo previsto en el artículo 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid, en el plazo de dos meses sin perjuicio de cuantos otros recursos estime oportuno deducir.

En Madrid, a 30 de septiembre de 2021.—La Consejera de Cultura, Turismo y Deporte, P. D. C. (Orden 41/2019, de 20 de noviembre; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 3 de diciembre de 2019), el Viceconsejero de Deportes, Alberto Tomé González.



(03/28.700/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.34.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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