Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 240

Fecha del Boletín 
08-10-2021

Sección 1.3.29.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20211008-19

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO

19
ORDEN de 4 de octubre de 2021, del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se declara el importe de la ampliación, en 18.000.000,00 euros, del crédito disponible destinado a financiar la concesión directa de subvenciones del programa de incentivos a la contratación indefinida para el año 2021.

La Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid establece en el artículo 4.5.c), que podrán concederse de forma directa y con carácter excepcional, aquellas subvenciones en que se acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública.

Al amparo de esta norma, mediante Acuerdo de 10 de julio de 2018, modificado por Acuerdo de 29 de julio del 2020, del Consejo de Gobierno, se aprobaron las normas reguladoras y se estableció el procedimiento de concesión directa de subvenciones del Programa de incentivos a la contratación indefinida.

Mediante Orden de 30 de diciembre de 2020, del Consejero de Economía, Empleo y Competitividad, se declaró el importe de los créditos presupuestarios disponibles para la concesión directa, durante el año 2021, de incentivos a la contratación por cuenta ajena de trabajadores desempleados, siendo el referido importe de 19.300.000 euros de los cuales 8.100.000 euros se han destinado a financiar subvenciones por contrataciones indefinidas iniciales y 11.200.000 euros se han destinado a financiar las subvenciones por conversiones de contratos formativos y contratos temporales en indefinidos.

Con posterioridad, por Acuerdo de 14 de julio de 2021, del Consejo de Gobierno, se ha procedido a una nueva modificación del Acuerdo de 10 de julio de 2018, con el objeto de dar continuidad, durante el año 2021, a aquellas medidas que han mostrado su efectividad en la lucha contra la destrucción de empleo provocada por la crisis sanitaria causada por el SARS-CoV-2 como son las líneas de reincorporación y restablecimiento de la jornada laboral de trabajadores contratados indefinidamente afectados por expedientes de regulación temporal de empleo para la suspensión de contratos y reducción de jornada, respectivamente y la de mantenimiento del empleo de mayores de mayores años.

Habiéndose constatado que el crédito actual correspondiente al Programa de incentivos a la contratación indefinida destinado a las líneas de contratación indefinida inicial y de conversión de contratos temporales y formativos en indefinidos, es insuficiente teniendo en cuenta el número de solicitudes presentadas y existiendo disponibilidad presupuestaria que permite aumentar el crédito disponible, se ha aprobado una ampliación de crédito por importe de 18.000.000 de euros, de conformidad con lo previsto en el artículo 11.2 del Acuerdo de 10 de julio de 2018, del Consejo de Gobierno.

A fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 4.5.c) de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, en lo que se refiere a la declaración de los créditos presupuestarios para atender las obligaciones de contenido económico que se deriven de la concesión de los incentivos a la contratación previstos en el Acuerdo de 10 de julio de 2018, del Consejo de Gobierno, modificado por Acuerdo de 29 de julio de 2020 y por Acuerdo de 14 de julio de 2021, como órgano concedente de las referidas ayudas, de acuerdo con el artículo 7 de la citada Ley 2/1995,

RESUELVO

Primero

Ampliar, en 18.000.000,00 de euros, el crédito disponible destinado a financiar la concesión directa de subvenciones del Programa de incentivos a la contratación indefinida, para el año 2021.

El total del crédito señalado en el apartado anterior se distribuirá de la siguiente manera:

a) Un importe máximo de 6.000.000 de euros se destinará a financiar la concesión directa de subvenciones por contrataciones indefinidas iniciales

b) Un importe máximo de 12.000.000 de euros se destinará a financiar por conversiones de contratos formativos o contratos temporales en indefinidos.

Segundo

Las referidas obligaciones se imputarán al subconcepto 47202-Políticas Activas de Empleo, del Programa presupuestario 241M de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2021.

El crédito presupuestario de 18.000.000,00 euros procede íntegramente del Estado y la subvención se convoca en cumplimiento de la distribución de fondos en materia laboral de los Presupuestos Generales del Estado para su gestión por las Comunidades Autónomas en el año 2021, aprobada en la LXXIX reunión de la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales, celebrada el día 28 de abril de 2021.

Madrid, a 4 de octubre de 2021.

El Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, JAVIER FERNÁNDEZ-LASQUETTY Y BLANC

(03/29.142/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.29.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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