Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 237

Fecha del Boletín 
05-10-2021

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20211005-80

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24

80
Madrid número 24. Ejecución 93/2021

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

DOÑA MARTA MENÁRGUEZ SALOMÓN, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social n.º 24 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento 93/2021 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de DON MARIO ESCRIBANO FERNÁNDEZ frente a BACKINTIME S. L., LIFE MARKETS GESTIÓN INMOBILIARIA XXI, S. L., LIVEMARKETS EAFI, S. A., ADDICIONA MULTICOMERCIAL, DON DANIEL PUERTA ARRANZ, PRIME SELECT, S. L., MULTIACUERDO, S. L., y LIVEMARKETS REALTY FINANCIAL PLANNING, S. L., sobre ejecución de títulos judiciales se han dictado las siguientes resoluciones:

“PARTE DISPOSITIVA

Declaro la extinción de la relación laboral que unía a don Mario Escribano Fernández con Multiacuerdos, S. L., Backintime, S. L., Life Markets Gestión inmobiliaria XXI, S. L., Prime Select, S. L., Livemarkets Realty Financial Planning, S. L., a fecha de esta resolución, cesando por tanto los efectos de la relación laboral para cada una de las partes.

Condeno a Multiacuerdos, S. L., Backintime, S. L., Life Markets Gestión inmobiliaria XXI, S. L., Prime Select, S. L., Livemarkets Realty Financial Planning, S. L., a abonar a don Mario Escribano Fernández en concepto de indemnización la cantidad de 2.373,29 euros, así como la cantidad de 2.830,64 euros, en concepto de salarios de tramitación”.

Y

“PARTE DISPOSITIVA

Aclaro el Auto dictado en este procedimiento de fecha 10 de junio de 2021 en los siguientes términos:

En el fundamento de derecho segundo, en lugar de “…lo que supone un salario diario de 34,52 euros”, debe decir lo siguiente: “…lo que supone un salario diario de 44,03 euros”.

Y, por ello, en el fallo —y en el fundamento de derecho segundo—, en lugar de, “…en concepto de indemnización la cantidad de 2.373,29 euros, así como la cantidad de 2.830,64 euros, en concepto de salarios de tramitación”, debe constar: “…en concepto de indemnización la cantidad de 3.027,06 euros, así como la cantidad de 3.610,46 euros, en concepto de salarios de tramitación”.

Y para que sirva de notificación en legal forma a BACKINTIME, S. L., PRIME SELECT, S. L., LIFE MARKETS GESTIÓN INMOBILIARIA XXI, S. L., y DON DANIEL PUERTA ARRANZ, DON MARIO ESCRIBANO FERNÁNDEZ, LIVEMARKETS REALTY FINANCIAL PLANNING, S. L., ADDICIONA MULTICOMERCIAL, MULTIACUERDO, S. L., y LIVEMARKETS EAFI, S. A., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a 13 de septiembre de 2021.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/27.442/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20211005-80