Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 237

Fecha del Boletín 
05-10-2021

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20211005-70

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 11

70
Madrid número 11. Procedimiento 138/2021

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. JOSE ANTONIO RINCON MORA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 11 de Madrid.

HAGO SABER: Que en el procedimiento 138/2021 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. ANA MARIA VERDU CANO frente a OFICINA TECNICA DE RESINAS SA sobre Despidos/Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución :

SENTENCIA 178/2021

En la Villa de Madrid, a veinticinco de mayo de dos mil veintiuno.

Vistos por Dña. María del Pilar García de Zúñiga Marrero, Magistrada-Juez adscrita en funciones de Refuerzo del Juzgado de lo Social nº 11 de esta capital, los presentes autos Nº 138/2020, sobre procedimiento por Despido, seguidos entre Dña. ANA MARIA VERDU CANO, como demandante, asistida en el procedimiento por el Letrado Sr. Herruzo Capilla, y, como demandada, la Empresa OFICINA TECNICA DE RESINAS, S.A., que dejó voluntariamente de comparecer en los autos.

FALLO

ESTIMANDO la demanda formulada por Dña. Dña. ANA MARIA VERDU CANO, frente a la OFICINA TECNICA DE RESINAS, S.A, sobre Despido, debo declarar y declaro la improcedencia del despido articulado sobre dicha trabajadora, así como la definitiva extinción de la relación laboral constituida en su día por los litigantes con efectos a partir de la fecha de la presente resolución condenando a la parte demandada a pagar a la trabajadora una indemnización por importe de 60.283,29 euros, además de la cantidad de 12.057,12 euros en concepto de salarios de tramitación devengados desde la fecha de la efectividad del despido hasta la fecha de la extinción de la relación laboral en virtud de lo establecido en esta sentencia, sin perjuicio de la obligación de descontar de esta última cantidad lo que hubiera podido percibir el actor en concepto de prestaciones por desempleo o en concepto de salarios derivados de la realización de un nuevo trabajo durante el periodo concurrente.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Se advierte a la partes que contra esta Sentencia puede interponerse Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación y designando Letrado o graduado social colegiado para su tramitación. Se advierte al recurrente que no fuese trabajador o beneficiario del Régimen Público de Seguridad Social, ni gozase del derecho de asistencia jurídica gratuita que deberá acreditar al tiempo de interponerlo haber ingresado el importe de 300 euros en la cuenta IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 con nº 2509-0000-61-0138-21 del BANCO DE SANTANDER aportando el resguardo acreditativo. Si el recurrente fuese Entidad Gestora y hubiere sido condenada al abono de una prestación de Seguridad Social de pago periódico, al anunciar el recurso deberá acompañar certificación acreditativa de que comienza el abono de la misma y que lo proseguirá puntualmente mientras dure su tramitación. Si el recurrente fuere una empresa o Mutua Patronal que hubiere sido condenada al pago de una pensión de Seguridad Social de carácter periódico deberá ingresar el importe del capital coste en la Tesorería General de la Seguridad Social previa determinación por esta de su importe una vez le sea comunicada por el Juzgado.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

PUBLICACIÓN.- Leída y publicada ha sido la anterior Sentencia, por el Sr. Magistrado-Juez que la firma, estando celebrando audiencia pública en el día de su fecha. Doy fe.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a OFICINA TECNICA DE RESINAS SA, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

En Madrid, a diecisiete de septiembre de dos mil veintiuno.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/27.621/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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