Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 237

Fecha del Boletín 
05-10-2021

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20211005-64

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SAN SEBASTIÁN DE LOS REYES

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

64
San Sebastián de los Reyes. Organización y funcionamiento. Delegación funciones

La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes, en sesión celebrada el 14 de septiembre de 2021, ha adoptado el siguiente acuerdo en relación con la delegación de competencias en materia de contratación:

Las competencias atribuidas a esta Junta de Gobierno Local, de acuerdo con la disposición adicional segunda, de la LCSP, apartados 4.o y 11.o (contratos de obras, de suministro, de servicios, los contratos de concesión de obras, los contratos de concesión de servicios y los contratos administrativos especiales y los contratos privados, concesiones sobre los bienes de las mismas y la adquisición de bienes inmuebles y derechos sujetos a la legislación patrimonial, así como la enajenación del patrimonio), quedan delegadas en el señor concejal-delegado de Hacienda, Contratación y Compras, siempre que en los respectivos procedimientos no sea preceptiva la intervención de la Mesa de Contratación conforme a lo dispuesto en el artículo 326 de la LCSP.

Asimismo, quedan delegadas todas las atribuciones en materia de contratación menor.

Y esta Junta de Gobierno Local será el órgano de contratación en todos aquellos expedientes en los que deba intervenir la Mesa de Contratación. No obstante, se delegan en la Concejalía-Delegada de Hacienda, Contratación y Compras las atribuciones necesarias para dictar los actos de trámite no cualificados que precise el desarrollo de tales contratos.

San Sebastián de los Reyes, a 22 de septiembre de 2021.—El alcalde, Narciso Romero Morro.

(03/27.984/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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