Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 231

Fecha del Boletín 
28-09-2021

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210928-69

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VILLA DEL PRADO

RÉGIMEN ECONÓMICO

69
Villa del Prado. Régimen económico. Ordenanza ocupación terrenos uso público mesas

Transcurrido el plazo establecido en el artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, texto refundido de la Ley de Haciendas Locales, sin que se hayan presentado reclamaciones al expediente de modificación de ordenanzas, se eleva a definitivo el acuerdo provisional adoptado por el Pleno del Ayuntamiento en sesión celebrada el día 2 de julio de 2021, haciéndose público el texto de las mismas conforme al siguiente contenido:

ANEXO

MODIFICACIÓN PARCIAL DEL ARTÍCULO 6 DE LA ORDENANZA FISCAL QUE REGULA LA TASA POR OCUPACIÓN DE TERRENOS DE USO PÚBLICO CON MESAS, SILLAS, TRIBUNAS, TABLADOS Y OTROS ELEMENTOS ANÁLOGOS CON FINALIDAD LUCRATIVA PARA EL EJERCICIO 2021

Cuota tributaria

Art. 6. Las tarifas aplicables serán las recogidas en el siguiente cuadro:

De forma excepcional y con vigencia exclusiva para el ejercicio 2021, se modifican las tarifas resultantes por aplicación del cuadro anterior, que se reducirán a 0,00 euros/m2 en cualquier zona del municipio.

Contra este acuerdo definitivo, que agota la vía administrativa, podrán interponerse los interesados recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación del mismo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Todo ello sin que pueda interponerse cualquier otro recurso que se estime conveniente.

Villa del Prado, a 16 de septiembre de 2021.—El alcalde-presidente, Héctor Ortega Otero.

(03/27.455/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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