Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 228

Fecha del Boletín 
24-09-2021

Sección 1.3.28.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210924-16

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA

16
EXTRACTO de la Orden 870/2021, de 14 de septiembre, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que se procede a la apertura y convocatoria de participación en los programas destinados a la adopción y al mantenimiento de prácticas y métodos de agricultura o ganadería ecológica para el período 2021-2023, así como a la convocatoria de la primera anualidad de ambos programas correspondiente al año 2021, cofinanciados por FEADER y por la Administración General del Estado.

BDNS (583837)

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en BDNS (http://www.infosubvenciones.es/ bdnstrans/GE/es/index).

Primero

Beneficiarios

Podrán ser beneficiarios de estos programas los agricultores activos que sean titulares de explotaciones agrarias situadas en la Comunidad de Madrid, y que se comprometan por un período de tres años, salvo causa de fuerza mayor, a adoptar o a mantener prácticas y métodos de agricultura o ganadería ecológica; y a cumplir con los requisitos y compromisos agroambientales exigidos en la operación de adopción o de mantenimiento, según corresponda, de prácticas y métodos de agricultura o ganadería ecológica, indicados en la orden de convocatoria.

2. Deberán comprometer una superficie mínima, cuya cuantía varía según el tipo de cultivo. En concreto:

— 5 ha para cultivos herbáceos;

— 2 ha para los cultivos de olivar, viñedo y frutales de secano;

— 1 ha para frutales de hueso o de pepita;

— 0,3 ha para cultivos hortícolas;

— 10 ha de pastos para ganadería ecológica;

Serán solicitantes del pago de la primera anualidad los beneficiarios seleccionados en estos programas de ayudas, para el período 2021-2023, para la adopción o el mantenimiento de prácticas y métodos de agricultura o ganadería ecológica, que no hayan sido expulsados del mismo, y que hayan presentado en plazo la “aceptación voluntaria de compromisos”, a la que se refiere la disposición 14.8 de la orden de convocatoria.

Segundo

Objeto

El objeto de esta Orden es proceder, para el año 2021, en la Comunidad de Madrid, a:

— La apertura para participar en el Programa de adopción de prácticas y métodos de agricultura o ganadería ecológica, para el período 2021-2023.

— La apertura para participar en el Programa de mantenimiento de prácticas y métodos de agricultura o ganadería ecológica, para el período 2021-2023.

— La convocatoria de solicitud de pago de la primera anualidad, correspondiente al año 2021, de los beneficiarios admitidos tanto en el Programa para la adopción de prácticas y métodos de agricultura o ganadería ecológica como en el Programa para el mantenimiento de prácticas y métodos de agricultura o ganadería ecológica, ambos para el período 2021-2023.

— La regulación del resto de las anualidades de estos programas de adopción y mantenimiento de prácticas y métodos de agricultura o ganadería ecológica para el período 2021-2023 de la Comunidad de Madrid, conforme a lo que se establece en la disposición 27 y 34 de la Orden de convocatoria.

Tercero

Bases reguladoras

Orden 985/2018, de 27 de abril, de la Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio, por la que se establecen en la Comunidad de Madrid las bases reguladoras de la concesión de ayudas a la adopción y mantenimiento de prácticas y métodos de agricultura o ganadería ecológica, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), según el Programa de Desarrollo Rural de la Comunidad de Madrid para el período 2014-2020 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 130, de 1 de junio de 2018).

Cuarto

Cuantía de las ayudas

Estas ayudas se convocan con un presupuesto total de carácter plurianual de 900.000 euros, distribuido en tres anualidades (2021/2023) de 300.000 euros cada una, correspondiendo al programa de adopción 150.000 euros en cada anualidad y al de mantenimiento 150.000 euros en cada anualidad y estando cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) en un 75 por 100, por la Administración General del Estado en un 7,5 por 100 y por la Comunidad de Madrid, en un 17,5 por 100 restante.

Su financiación se efectuará con cargo al subconcepto 77306 “Actuaciones Agrícolas” del Programa Presupuestario 411A de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid.

El cálculo de la anualidad de la ayuda de cada programa para la adopción y mantenimiento de prácticas y métodos de agricultura o ganadería ecológica, para cada beneficiario se obtendrá mediante el producto de las primas básicas unitarias fijadas y la superficie objeto de la ayuda. Dichas primas se especifican, para cada caso y grupo de cultivos, en las disposiciones cuarta y sexta de la Orden de convocatoria.

Quinto

Plazo de presentación de solicitudes

Quince días contados a partir del día siguiente a la fecha de publicación del presente extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 14 de septiembre de 2021.

La Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, PALOMA MARTÍN MARTÍN

(03/27.484/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.28.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210924-16