Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 222

Fecha del Boletín 
17-09-2021

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210917-51

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

O. A. Madrid Salud

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Madrid. Régimen económico. O. A. Madrid Salud. Concesión de subvenciones

El Gerente de Madrid Salud, en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 15 de los Estatutos del Organismo Autónomo Madrid Salud, aprobados por Acuerdo Plenario de 19 de noviembre de 2004 y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 16 de la Convocatoria de subvenciones del Organismo Autónomo Madrid Salud para el apoyo al mantenimiento de proyectos dedicados a la atención integral de las adicciones, realizados por entidades sin ánimo de lucro, en el ejercicio 2021, previa reunión de la Comisión de valoración de las solicitudes, de fecha 15 de julio de 2021, y propuesta de resolución definitiva, realizada por la Subdirectora General de Adicciones de la misma fecha, vino a adoptar con fecha 26 de agosto de 2020, la siguiente resolución:

RESUELVO

1. Conceder, a las Entidades incluidas en la relación adjunta, las siguientes cuantías, con cargo a los créditos destinados a la Convocatoria de subvenciones del Organismo Autónomo “Madrid Salud” para el apoyo al mantenimiento de proyectos dedicados a la atención integral de las adicciones, realizados por entidades sin ánimo de lucro, en el ejercicio 2021, hasta un total de 22.000 euros.

2. Dichas cuantías se imputarán a la aplicación 508/120/311.02/489.01 “Otras transferencias a instituciones sin fines de lucro” del Programa “Adicciones” del presupuesto de 2021 del Organismo Autónomo Madrid Salud.

3. Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá, en caso de disconformidad, interponer, en aplicación de lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Pública, y el artículo 52.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada por la Ley 57/2003 de 16 de diciembre de Medidas para la modernización del Gobierno Local, Recurso potestativo de reposición ante el propio órgano que la ha dictado en el plazo de un mes o directamente Recurso Contencioso Administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Madrid en el plazo de dos meses, todo ello sin perjuicio de cuantos otros recursos se estime oportuno. Ambos plazos se computarán desde el día siguiente a la publicación de la resolución de concesión en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 15 de septiembre de 2021.—El gerente de Madrid Salud, Antonio Prieto Fernández.

(01/27.374/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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