Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 222

Fecha del Boletín 
17-09-2021

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210917-50

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

O. A. Agencia para el Empleo de Madrid

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Madrid. Régimen económico. O. A. Agencia para el Empleo de Madrid. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto de la Resolución de 6 de septiembre de 2021, de la Agencia para el Empleo, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para el fomento de la contratación de personas desempleadas o demandantes de empleo de la Ciudad de Madrid dirigidas a autónomos y empresas de menos de 50 trabajadores. Año 2021.

BDNS: 582981

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:

Primero. Beneficiarios.—Serán beneficiarias los autónomos y empresas de menos de 50 trabajadores cualquiera que sea su forma jurídica y cuyo domicilio social o centro de trabajo esté ubicado en la ciudad de Madrid.

Segundo. Objeto.—El objeto general de la convocatoria es el fomento de la contratación laboral por parte de las entidades beneficiarias cuyo domicilio social o centro de trabajo esté ubicado en la ciudad de Madrid.

Se subvencionará a las nuevas contrataciones realizadas, la modificación contractual con incremento de jornada laboral o renovación de contrato laboral, incluido el mantenimiento del empleo de las personas afectadas por un ERTE, con una duración mínima de seis meses, las cuantías serán las siguientes:

a) 3.000 euros, si la modalidad de la contratación es a jornada completa.

b) 1.450 euros, si la modalidad de la contratación es a jornada parcial, siempre que la misma sea igual o superior a 20 horas semanales.

La duración mínima de la contratación, renovación o modificación con incremento de jornada laboral, incluido el mantenimiento del empleo de las personas afectadas por un ERTE, será de seis meses, quedando excluidas de la subvención las contrataciones en las que se establezca una jornada laboral a tiempo parcial inferior a 20 horas semanales.

Tercero. Bases reguladoras.—Las bases reguladoras de estas subvenciones se establecen mediante la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos aprobada por Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de fecha 30 de octubre de 2013, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 278, de 22 de noviembre de 2013 modificada por el Acuerdo del Pleno de 31 de mayo de 2017.

Cuarto. Cuantía.—Para la financiación de esta convocatoria se destina un gasto de 1.450.000 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 503/140/241.09/470.00 “Subvenciones a empresas privadas para el fomento del empleo” del Presupuesto de la Agencia para el Empleo de Madrid del ejercicio 2021.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y permanecerá abierto hasta agotar el crédito existente y, en todo caso, hasta el 31 de octubre de 2021.

Sexto. Otros datos.—Se tendrá en cuenta como criterio de valoración la fecha y hora de entrada en el Registro.

Madrid, a 6 de septiembre de 2021.—La gerente, Belén García Díaz.

(03/27.065/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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