Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 201

Fecha del Boletín 
24-08-2021

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210824-15

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE BECERRIL DE LA SIERRA

OTROS ANUNCIOS

15
Becerril de la Sierra. Otros anuncios. Candidaturas juez de paz

En cumplimiento a lo establecido en los artículos 101 y 102 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, se pone en conocimiento de todos los interesados que, estando vacante el cargo de juez de paz sustituto, se procederá por el Pleno de esta Corporación Municipal a proponer a la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Madrid el nombramiento de dicho cargo.

Los interesados en este nombramiento tendrán que presentar en el Registro de este Ayuntamiento la correspondiente solicitud, por escrito, en el plazo de diez días hábiles, contado a partir del día siguiente a la publicación de este edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, acompañada de los siguientes documentos:

— Fotocopia del DNI.

— Certificado de antecedentes penales (o comprobante de haberlo solicitado si aún no se dispone del mismo).

— Currículo personal haciendo referencia a la ocupación y trabajo actuales.

— Modelo de solicitud de participación como candidato al cargo de juez de paz sustituto debidamente completado y firmado, que incluye la declaración jurada o responsable, en la que se hará constar los siguientes extremos: poseer la nacionalidad española, ser mayor de edad, estar en pleno ejercicio de mis derechos civiles, ser residente en esta localidad (sede del Juzgado de paz, salvo autorización de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia, artículo 15 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz), no estar incurso en alguna de las causas de incapacidad previstas en la Ley Orgánica del Poder Judicial (artículos 389 a 397 de la Ley Orgánica del Poder Judicial), no estar impedido física o psíquicamente para la función judicial, no estar condenado por delito doloso.

Ante las dudas que se susciten, la Alcaldía podrá requerir la presentación de documento idóneo que acredite los extremos anteriores, sin perjuicio de la responsabilidad en que se hubiere podido incurrir.

Quien lo solicite, será informado en el Ayuntamiento de las condiciones precisas para poder ostentar dicho cargo, y de las causas de incapacidad e incompatibilidad que impiden desempeñar el mismo.

Lo que se hace público para general conocimiento y efectos.

En Becerril de la Sierra, a 13 de agosto de 2021.—El alcalde, Antonio Herrero Márquez.

(03/25.693/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210824-15