Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 194

Fecha del Boletín 
16-08-2021

Sección 3.10.30: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210816-41

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

MANCOMUNIDAD DEL NOROESTE PARA LA GESTIÓN Y EL TRATAMIENTO DE LOS RESIDUOS URBANOS

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Mancomunidad del Noroeste para la Gestión y el Tratamiento de los Residuos Urbanos. Régimen económico. Rectificación saldos derechos reconocidos

Por acuerdo de la asamblea general de la Mancomunidad, en sesión de 9 de julio de 2021, se acuerda someter el expediente de depuración de derechos reconocidos con la anulación de contabilidad del concepto de tasas o de transferencias corrientes de la Comunidad de Madrid por los motivos expuestos de forma individualizada, así como proceder al estudio de otros derechos pendientes de pago de ejercicios cerrados para en acto posterior si así procediera realizar su depuración.

Este acuerdo y el expediente se someten a audiencia e información pública durante un plazo de quince días hábiles, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 82 y 83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con el fin de que aquellas personas que se puedan tener por interesadas en dicho expediente puedan en plazo común comparecer y formular cuantas alegaciones tengan por conveniente en defensa de sus derechos.

En el supuesto de que no se pueda efectuar la notificación personal del otorgamiento del trámite de audiencia a los interesados, el presente anuncio producirá los efectos de una notificación en el Boletín en los términos de los artículos 44 y 45 de la Ley 39/2015, que se completa con la publicación de anuncio en la sede electrónica de la Mancomunidad.

Los saldos de los derechos que van a ser objeto de anulación de ejercicios cerrados suponen el importe de 53.845,91 euros, que corresponde a los siguientes deudores, en cuya relación (anexo) se relaciona el importe y el motivo de la rectificación.

Son de aplicación el artículo 191.1 del TRLHL, los artículos 89 a 105 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril; la Orden EHA/1037/2010, de 13 de abril; los estatutos de la Mancomunidad; los artículos 4, 44 y 82 de la Ley 39/2015 de la LPACAP, la Ley 58/2003, General Tributaria; artículos 66 y 68 y el Reglamento General de Recaudación, aprobado por Real Decreto 939/2005, de 29 de julio.

El anexo junto con la publicación se expondrá en el tablón de anuncios de la sede electrónica de la Mancomunidad del Noroeste: http://www.mancomunidaddelnoroeste.org/.

El acuerdo de 9 de julio de 2021, de no haber alegaciones en el plazo concedido de forma individual o general, se convertirá en definitivo.

Alcobendas, a 4 de agosto de 2021.—El presidente, Rafael Sánchez Acera.

(03/25.346/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.30: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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