Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 192

Fecha del Boletín 
13-08-2021

Sección 1.4.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210813-33

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL

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ADENDA de 20 de julio de 2021, de prórroga del convenio entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Familia, Juventud y Política Social) y la Fundación Sanders para desarrollar el Programa de Intervención Socioeducativa Tic y Tac con menores en riesgo de exclusión social (implantación de tecnologías de la información y comunicación y tecnologías para el aprendizaje y la comunicación), durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2022.

Madrid, a 20 de julio de 2021.

REUNIDOS

De una parte, doña María Concepción Dancausa Treviño, Consejera de Familia, Juventud y Política Social de la Comunidad de Madrid, nombrada mediante Decreto 47/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, actuando en virtud de las competencias que le otorga el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.

De otra, don Robert Lee Sanders, en nombre y representación de Fundación Sanders, con domicilio social en calle Gobernador, número 26, 28014 Madrid, con CIF G-86084332, con plenas facultades delegadas de gestión y administración en virtud de los acuerdos adoptados por el Patronato de la Fundación Sanders, en su reunión celebrada el día 18 de mayo de 2012, según así resulta de la certificación expedida, el 21 de mayo de 2012, por la Secretaria del Patronato, elevada a público mediante documento notarial de 1 de junio de 2012, ante el Notario del Ilustre Colegio de Madrid don Ignacio Martínez-Gil Vich, con número de protocolo 1.401.

Ambos intervienen en nombre y representación de las instituciones señaladas, reconociéndose capacidad jurídica suficiente para suscribir la tercera adenda de prórroga y

EXPONEN

Primero

El día 31 de mayo de 2019 se firmó el convenio entre la Comunidad de Madrid y la Fundación Sanders para desarrollar un Programa de Intervención Socioeducativa Tic y Tac con menores en riesgo de exclusión social (implantación de tecnologías de la información y comunicación y tecnologías para el aprendizaje y la comunicación), con vigencia desde el 1 de junio hasta el 31 de diciembre de 2019.

Segundo

La cláusula decimosegunda de dicho convenio contempla que las partes firmantes podrán acordar unánimemente su prórroga de conformidad con lo establecido en el artículo 49.h) 2.o de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. En virtud de esta cláusula, ha sido objeto de dos prórrogas, suscritas por la Comunidad de Madrid y la Fundación Sanders mediante adendas formalizadas el 20 de diciembre de 2019, por la que fue prorrogado desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2020 y el 8 de septiembre de 2020, por la que fue prorrogado desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2021.

Tercero

Que todas las partes desean continuar colaborando en el desarrollo de un Programa de Intervención Socioeducativa Tic y Tac con menores en riesgo de exclusión social (implantación de tecnologías de la información y comunicación y tecnologías para el aprendizaje y la comunicación).

Cuarto

Que, en virtud del informe emitido por la Intervención General de la Comunidad de Madrid de fecha de 30 de octubre de 2019, por el que se establecen los criterios de actuación en los expedientes plurianuales, cuya tramitación se inicie a partir del 1 enero de 2020, la cuantía aportada por la Comunidad de Madrid, se deberá imputar el importe correspondiente al mes de diciembre con cargo a los créditos del ejercicio siguiente.

Por ello, y en virtud de todo lo expuesto, las partes acuerdan la formalización de la tercera adenda de prórroga del convenio mencionado, conforme a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera

Prórroga

De conformidad con lo dispuesto en la cláusula decimosegunda del convenio suscrito el día 31 de mayo de 2019, y dado que no se ha producido por ninguna de las partes denuncia expresa, se prorroga el mencionado convenio durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2022.

Segunda

Financiación

1. El coste total del Programa Tic y Tac para mejorar la atención socioeducativa de los menores en riesgo de exclusión social facilitándoles el acceso a la tecnología y la competencia digital, favoreciendo el desarrollo de sus habilidades sociales y personales y disminuyendo la “Brecha Digital” en la Comunidad de Madrid es de 100.000,00 euros, IVA exento.

2. La financiación a cargo de la Comunidad de Madrid ascenderá a la cantidad de 80.000,00 euros, IVA exento, lo que supone participar en un 80 por 100 en el coste total del programa anual, con cargo al subconcepto 25401 del programa 232F de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el ejercicio presupuestario 2022, salvo la imputación presupuestaria de la ejecución del mes de diciembre que se hará con cargo al presupuesto del ejercicio 2023.

Se procede a tramitar el gasto con el siguiente desglose:

3. La Fundación Sanders aportará al programa la cantidad de 20.000,00 euros, IVA exento, lo que supone participar en un 20 por 100 del coste total del programa anual para 2022.

Y para que así conste y en prueba de conformidad de las partes, se firma la tercera adenda de prórroga del convenio de colaboración, siendo la fecha de formalización de la misma la correspondiente a la de la firma de la Comunidad de Madrid, o en ausencia de la fecha de la firma, a la que figure en el encabezamiento.

Madrid, a 20 de julio de 2021.—La Consejera de Familia, Juventud y Política Social, María Concepción Dancausa Treviño.—La Fundación Sanders, Roberto Lee Sanders.

(03/25.248/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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